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Interpretación Disposición Transitoria 34

6,26K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#6271

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias 
#6272

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No se.  Solo sé que el 23 o 26 nov en la pág de la seguridad social ponía a partir del 1 de enero dejará de aplicarse la disposición transitoria ….


Una pregunta.  Si hubiera elecciones anticipadas y se decidiera derogar de nuevo la disposición transitoria 34.2 sería algo inmediato o amprinero de año.  Es una suposición.  Gracias 
#6273

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Y otra pregunta, yo trabajo para el ser más

El 26 de octubre estaré de baja si me jubilo el 30 de diciembre pierdo X dinero me quitan cuatro y medio por ciento pero posiblemente la baja se alargue hasta el 1 de marzo 
Y el coeficiente reductor, evidentemente sería menor

Mi pregunta. Para la Seguridad Social no hay ningún problema, puesto que yo puedo decir que me jubilo tres meses antes o tres meses después

Pero qué pasa con mi 
 
porque
 
yo
 
habré
 estado 
 
y
 
febrero
 
de
 
mi
 
empresa,
 
con
 
lo cual no puedo hacer una jubilación hacia atrás y 
 
la
 
disposición
 
 
 
ya
#6274

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo siento no soy. Capaz  de editar el mensaje para explicarme mejor 
Quiero decir imaginemos que yo  estoy  de baja hasta el 1 abril.  Fecha jubilación 1 de abril pero que pasa lo del año pasado y el 26 diciembre quitan la disposición transitoria 34.2 de nuevo 

Entonces tendría que volver atrás y jubilarme el 30 de diciembre pero no podría avisar a mi empresa más que con cuatro días (para el 30 diciembre )

Se puede hacer eso ?
#6275

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Respecto al origen de mi pregunta, cuando dije macutazos, me refería a lo que comentas del 23 o 26/11/2025, dices que salió en la web de la SS, y no a lo que se hace referencia de marzo del 25. Entonces si se volviera a aplicar para el 2026 tendríamos el mes de diciembre para comunicar a la empresa JAV para el 30/12/2026 pero si no avisan y saliera en el BOE el 24/12/2026 no tendríamos tiempo. Es así ?.
#6276

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Fue de diciembre.   No de noviembre que me confundí 
#6277

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hay que buscar atras en el Hilo cuando la SS publico una nota informativa donde de manera tna clara como saben hacer venian a decir que la instruccion operativa del 2025 que revocaba el punto 2  de la disposición no se ajustaba a la ley.
Pero mejor leelo tu , hay gustos a colores. Pagina 362 de este foro.
#6279

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La solicitud si puedes hacerla 3 meses antes o 3 despues, pero la retroactividad solo la puedes aplicar si estas en situación de alta en SS mediante un CE, y también por SEPE, no desde una IT que esta cotizando por ti la empresa 
#6280

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Mil gracias 
#6281

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Estimados Paco50 y Shs61. Este foro se supone que es para despejar dudas y ayudar a la gente xon temas de la DT 34, no para ver dónde se equivoca uno unotro. Evidentemente, las cuestiones generales de los EREs,la financiación de los despidos y demás afectan a las jubilaciones, pero no son de este foro, y menos para "acusar" a otro/s de sus ideas políticas. 
El tema que debaten es interesante, como también lo es el % de PIB y el gasto militar o la vivienda, pero no aporta grna cosa aquí Les sugiero que abran un foro donde discutir esos asuntos que ambos discrepan, con un poco de suerte se unirá más gente que a lo mejor les ponga de acuerdo
#6282

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

En ma actualidad se está aplicando la Dt 34. En dic 25 se dejó de aplicar , luego lo argumentaron con textos capciosos y la volvieron a aplicar con una explicación nownos capciosa, cosa logica dada la nefasta redacción de la Dt34. Así que, si la dejaren de aplicar no es de esperar preaviso
#6283

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Y otro detalle importante, si haces previsiones con el 30/12 ten en cuenta que como tengas algún día de vacaciones pendiente, hora extra, turno o lo que sea susceptible de disfrute, la empresa te dará de baja laboralmente el 30/12, pero esos días pendientes se computarán como vacaciones y se cotizarán a la SSocial.
Por lo que, se puede uno encontrar que la baja laboral del 30/12 se convierte en baja efectiva el 1/1 y mi gozo en un pozo.
#6284

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Muchas gracias, un apunte muy a tener en cuenta.
#6285

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No me deja generar el pdf de simulación de JAV