Una pregunta. Una vez resuelta felizmente la DT 34-2; cómo veis el tema de la brecha de género en los hombres. Creéis que lo anularán para nosotros o endurecerán las condiciones o qué…
#5539
Re: Gracias
Yo, en tu caso, preguntaría en la Seguridad Social. Yo también creo, tal y como ha escrito algún compañero, que van a revisar de oficio las JAV pero no las JAI. Yo no esperaría a que me lo revisen. Más vale prevenir que curar.
#5540
Re: Gracias
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Graciss !!
#5541
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
No lo van a anular para los hombres. Yo creo que lo que harán será endurecer los requisitos y serán los mismos para hombres y mujeres. El Tribunal de justicia Europeo ya se pronunció sobre este aspecto, el criterio que se aplicaba hasta hace no mucho era discriminatorio para los hombres porque a éstos se les exigían más condiciones; por eso cambiaron de criterio y hoy en día los requisitos son los mismos para hombres y para mujeres. Hay rumores sobre ese endurecimiento de requisitos para acceder a este complemento. Dentro de este mismo foro a varios hilos respecto a este tema. Vete a la lupita de arriba y pon "brecha de género" y te saldran unos cuantos.
#5542
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
La envidia es “mu mala”. De lo que no se acuerdan es de que nosotros somos los que más hemos sustentado el sistema
#5543
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Habrá que esperar un poco más. A ver si viene como regalo de Semana Santa.
#5544
Re: Gracias
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En el caso de JAI con BR>PM, con la DT en vigor, te hacen automáticamente el doble cálculo y te aplican el que sea más beneficioso.