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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#2657

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La DT34-2 ya está suspendida.
La DT34-3 no es para jubilaciones involuntarias.
Habrá Criterio de Gestión y no será similar al 4/2024.
Si no lees, pues...

Feliz Navidad a todos
#2658

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Redacto la Ley con un galimatías que nadie entiende. A las oo.ss. le vendo la burra con la interpretación más favorable. Luego la aplico según la más desfavorable, cuando ya las oo.ss. están a lo suyo, después de haberle vendido también la burra a su clientela. Nadie se queja, son pensiones altas las afectadas. Y todos tan contentos. También nos suben la pensión con el IPC, pero no deflactan la tarifa del IRPF y así todas confiadas en que mantienen su poder adquisitivo. Y todos tan contentos con nuestro gobierno más social de la historia. Nadie echa cuentas, ya saldremos a la calle cuando gobiernen los otros.
#2659

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Creo que no tienes una valoración de lo que significa la suspensión del punto 2 de la DT34 el punto 3 esta muy condicionado a lis despidos anteriores a 2022 y no a todos, y me gustaría que le digas a los que se acosan a una JAV con 63 años incluso viven de ERES anteriores a 2022 pero fue vía baja voluntaria que les indemnización la empresa para hacer CE hasta los 63 pero no pueden acogerse a JAI porque son bajs volu
#2660

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Veo en todos los comentarios una valoración de aceptación como si fuese mejor y tengo la sensación que o se desconoce o no se profundiza en lo que significa, porque no nos engañemos el punto 3 es restrictivo solo para despidos anteriores a 2022 y no en todos los casos y hay incluso mucha gente que salió mediante ERES si pero con bajas involuntaria e indemnización que cubría aparte de salarios el importe para hacer CE personal hasta los 63 y que solo pueden pedir JAV y se estaba aplicando el punto 2 de la DT34 porque no nos confundamos incluso muchos JAI no se podían aplicar el punto 3 y yo os pregunto, os habeis leído el art  210.3 de la LGSS que es sobre la pensión máxima la penalización no sobre la base reguladora y esa gente harán otra chapuza mas que ya lo es la DT34 y el criterio 4/2024 y no penséis que ahora mismo esta hecha la solución por mucho que diga el simulador y llegará marzo como en 2024 y estan cumpliendo plazo  de resolución sin solución y veremos si no hay una marcha atrás y sigue, y veo os preocupa mas la aplicación del 0,115 que el sumar cada año es incorrecta porque seria que el importe que género ese % en 2025 no se revaloriza en 2026 que eso es lo que no es acumulativo, bueno hallado ayer y participó demasiado 
#2661

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No tengo interés en polemizar. Felices Fiestas.
#2662

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ni yo. Me jubilé en 2024 voluntariamente con una anticipación de 15 meses y un descuento del 2,9 % sobre la máxima, por DT 34.2. Además he accedido al complemento de brecha de género gracias al TJUE. En mi tierra dicen "El que venga detrás que arree".
#2663

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Los PGE no cambiaría nada tan solo lo ratificar, ya qur se ha aplicado la normativa de subir igual qur las pensiones como lo refleja la ley 21/2021, 
#2664

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo tampoco es mi intención pero creo que expresar otras interpretaciones enriquece el saber tod@s mas sobre las medidas que toman sobre la complicada ÿ enrevesada DT34 y si mi interpretación que expreso te ha molestado, porque en mi opinion no falto al respet, tan solo hago dar otra opinión, te pido mis disculpas, 
#2665

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34


En relación al calculo que realiza el simulador estas fechas ;

Me jubilo en Abril 2027. Hasta hace un par semanas, antes de aplicar la revalorización, mi pensión estimada (máxima) era de 3.418,80 €. Accedo hoy de nuevo al simulador y me indica que ahora son 3,407,28 €.

La pensión máxima para 2026, una vez aplicada la revalorización del 2,7% + 0,115% ha quedado en 3.359,60 €.

En la misma progresión para el año 2027, aplicando el calculo del simulador con un "estimativo" del 2% + 0,115%, tendria que dar un importe de 3.430,65 €. 

Se observa una diferencia de 23,37 € en mi contra.

Algo falla   ......
#2667

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo que falla es que en el simulador todavía no han aplicado la subida por IPC a la Pmax. Siguen con el 2% estimado...

Parten de 3336,71 X 1,02115 = 3407,281 
#2669

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenos días y Feliz Navidad a todos, hace tiempo que no escribo pero los últimos mensajes me inquietan, ¿Creéis que la DT 34.3 podría dejar de aplicarse también?, porque la puñeta es de garabatillo, gracias
Nota: Desviculación voluntaria de la empresa por acuerdo de diciembre 2020, cobrando de la empresa desde Julio 2021, jubilación definitiva Octubre 2026
#2670

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola Javier, por el momento no está confirmado, ni en un sentido ni en otro, pero desde luego no hay nada negro sobre blanco que invite a pensar en la desaparición de la DT34-3. En mi opinión puedes estar tranquilo…