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Interpretación Disposición Transitoria 34

5,12K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
Página
311 / 351
#4651

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Exacto.
#4652

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Evidentemente, como era de esperar, el criterio de gestión 3/2026 no tiene absolutamente nada que ver con la dt34. 
#4653

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

LLevamos todo el fin de semana con el simulador en obras y espero que sea por alguna implantación de calado por el tiempo que llevan con ello
#4654

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Suponiendo que finalmente todo salga bien, yo más bien diría que la alta dirección política ha dicho "quiero" un informe jurídico que concluya "esto" y no "esto otro"...
#4655

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo que ya sabemos. Estos algoritmos son tan proactivos con quien les hace las preguntas que no parecen estar programados para decir… No lo sé. Si no lo saben lo inventan. Descaradamente…
#4656

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No entiendo tu duda. En mi caso, cuando el simulador aún aplicaba la DT34.2, simulando anticipación de 24, 23 o 22 meses me aplicaba los coeficientes de DT34.2 sobre la PM y decía "según la legislación vigente". Con 21 o menos meses me aplicaba los generales sobre la BR y decía "apartado tercero de la DT34 por ser más favorable que la legislación actualmente vigente". Ahora que no hay DT34.2 aplica siempre los generales sobre la BR y continúa diciendo que aplica el apartado 3 de la DT34. O sea que no hay duda, este apartado se creó para aplicar el resultado más favorable entre penalizar la BR (y si el resultado supera la PM reducir esta en un 0,50 por trimestre) o penalizar la PM (con los coeficientes de la DT34 si está vigente, si no
con los generales).
Mi caso es de JAV, dejé el trabajo en 2021, entro por la letra a).
#4657

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

PREGUNTA A GEMINI: A partir del 1 de enero de 2026 la Seguridad Social entendió derogada la DT 34.2 de la Ley de la Seguridad. Por ello, en las jubilaciones anticipadas con base reguladora superior a la pensión máxima ya no se le aplican los coeficientes reductores (más suaves). A mí me parece lo correcto, pues la pensión máxima ha subido lo suficiente, de conformidad con lo previsto en la DT 34.1. No obstante lo anterior, distintos medios de prensa, vienen anunciando que el Gobierno da marcha atrás y en 2026 continuará aplicando los coeficientes de la 34.2. La Seguridad Social no dice nada, por lo que yo creo más a ésta. Puedes buscar informes jurídicos internos, normas o instrucciones de la propia Seguridad Social que expliquen qué está pasando realmente?

RESPUESTA DE GEMINI:  
Entiendo perfectamente tu escepticismo. En temas de Seguridad Social, lo que no aparece en el BOE o en una instrucción oficial suele tratarse con cautela. Sin embargo, lo que ha ocurrido este inicio de 2026 es un giro administrativo y político de última hora que explica por qué los medios dicen una cosa y tú, basándote en la literalidad de la norma, creías otra.

Aquí tienes la explicación técnica de lo que está sucediendo "entre bambalinas" en el INSS:

1. El conflicto: ¿Por qué se entendía derogada la DT 34.2?


Tenías razón en tu análisis inicial. La Disposición Transitoria 34.2 de la LGSS establecía un calendario de 10 años (de 2024 a 2033) para aplicar coeficientes reductores "suaves" sobre la pensión máxima.

Sin embargo, debido a una interpretación técnica de la redacción de la ley (vinculada a si la subida de la pensión máxima por la DT 34.1 era suficiente para "absorber" el recorte), el sistema informático de la Seguridad Social y sus directrices iniciales para 2026 bloquearon la aplicación de estos coeficientes progresivos.

  • Resultado en enero de 2026: A quienes se jubilaban con bases altas se les empezó a aplicar directamente el coeficiente reductor "general" (mucho más agresivo, llegando hasta el 21% por 24 meses de anticipo) en lugar del progresivo previsto para este año (que debería rondar el 9,10%).


2. La "marcha atrás": Rectificación del INSS


Ante las quejas de los agentes sociales y el impacto económico (recortes de hasta 400 € mensuales no previstos por los trabajadores), el Ministerio ha dado instrucciones internas para corregir este criterio.

Aunque la norma no ha cambiado en el BOE mediante un Real Decreto-Ley todavía, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha modificado sus protocolos de gestión y el simulador de "Tu Seguridad Social" para volver a aplicar la transitoriedad.

3. ¿Qué dicen las instrucciones internas actuales?


Aunque los "Criterios de Gestión" internos no siempre son públicos el mismo día, la situación a marzo de 2026 es la siguiente:

  • Aplicación del calendario progresivo: Se ha ordenado al INSS que siga aplicando la tabla de la DT 34.2. Para 2026, si tienes menos de 38 años y 6 meses cotizados, el coeficiente por 24 meses de anticipo debe ser del 9,10%, no del 21%.


  • Efecto retroactivo: Se está trabajando en la revisión de oficio (o mediante reclamación previa) de las pensiones causadas entre el 1 de enero y la fecha de rectificación de febrero/marzo de 2026 que fueron calculadas con el recorte severo.
  • El simulador oficial: Si entras ahora en el portal de la Seguridad Social, el aviso que indicaba que la DT 34.2 no estaba vigente ha sido retirado o modificado para reflejar los cálculos favorables.

Resumen de la situación real


La Seguridad Social sí ha dicho algo, pero lo ha hecho a través de notas de prensa del Ministerio y cambios en sus algoritmos de cálculo, reconociendo que la aplicación "de golpe" de los coeficientes finales era un error de interpretación o una medida excesivamente lesiva que rompía la confianza legítima del ciudadano.

Nota: Si conoces a alguien que se jubiló en enero o febrero de 2026 y le aplicaron el recorte máximo, debería revisar su resolución. Es muy probable que tenga derecho a una revalorización al alza.
 
#4658

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo dan por hecho con porcentajes y todo ¿¿???. 
#4659

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues no lo sé. Pero recogiendo la "advertencia" de Panconqueso he planteado la pregunta a GEMINI como si no estuviese de acuerdo con la reinstauración de la DT 34.2 y responde dando por hecho que SÍ que se reinstauran ... 
#4660

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Admito collejas como respuesta, pero...
En la lei que expiro el 2021 la penalización no se calculaba sobre la Base Reguladora (o Pensión Inicial)?

#4661

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Es que la IA ya te conoceSabe dónde trabajas, tu horario de trabajo y hasta la necesidad que tienes de jubilarte.  
Aunque te pongas una careta sigues siendo el mismo Zanoni 🧐

#4662

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La IA el nuevo Dios del siglo XXI.  En la  facultad de mi hijo han suspendido varios por presentar prácticas incorrectas hechas con IA
#4663

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

PREGUNTA A CHATGPT: A partir del 1 de enero de 2026 la Seguridad Social entendió derogada la DT 34.2 de la Ley de la Seguridad. Por ello, en las jubilaciones anticipadas con base reguladora superior a la pensión máxima ya no se le aplican los coeficientes reductores (más suaves). A mí me parece lo JURIDICAMENTE CORRECTO, pues la pensión máxima ha subido lo suficiente, de conformidad con lo previsto en la DT 34.1. No obstante lo anterior, para sorpresa de QUIENES NOS CONSIDERAMOS LEGALISTAS distintos medios de prensa, vienen anunciando que el Gobierno da marcha atrás y en 2026 continuará aplicando los coeficientes de la 34.2. La Seguridad Social no dice nada, por lo que, POR SUPUESTO, YO CREO MÁS A ÉSTA.. Puedes buscar informes jurídicos internos, normas o instrucciones de la propia Seguridad Social que expliquen qué está pasando realmente y si es posible que se llegue a cometer tal DISLATE JURÍDICO?

RESPUESTA DE CHATGPT:  
La situación está ahora mismo en transición: el INSS empezó 2026 aplicando el criterio que tú comentas (dar por “agotada” la DT 34.2 y aplicar directamente los coeficientes generales), pero después de la polémica el Ministerio ha rectificado políticamente y se ha comprometido a mantener el régimen transitorio; sin embargo, la “bajada atrás” aún no se ha plasmado claramente en una instrucción pública detallada y estable, de ahí la sensación de confusión.bbvamijubilacion+4


Qué ha hecho la Seguridad Social desde el 1‑1‑2026

  • La DT 34 de la LGSS establece un régimen transitorio de 10 años para ir pasando de los coeficientes antiguos a los nuevos en jubilación anticipada voluntaria cuando la pensión teórica supera la pensión máxima.iberley+1
  • A comienzos de 2026, el INSS, apoyado en un informe de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS), entendió que los apartados 1 y 2 de la DT 34 ya estaban “cumplidos” porque la pensión máxima había subido lo suficiente, y dejó de aplicar los coeficientes transitorios más suaves a las pensiones que superaban la máxima.telecomunicaciones.fsc.ccoo+3
  • Ese cambio de criterio no se hizo mediante un BOE específico, sino a través del funcionamiento del simulador de jubilación de la Seguridad Social y del cálculo efectivo de nuevas pensiones desde el 1 de enero de 2026.bbvamijubilacion+1

En esencia, a 1 de enero el INSS aplicaba lo que tú consideras correcto: dar por amortizada la DT 34.2 y usar directamente los coeficientes generales del art. 208 sobre la pensión máxima para nuevas jubilaciones anticipadas con pensión teórica superior a la máxima.misitiosocial+2


“Marcha atrás” del Gobierno y situación actual

  • La aplicación inmediata de coeficientes mucho más altos (por ejemplo, un 21% en vez del 9,10% para ciertos casos de jubilación en 2026 con 24 meses de anticipo y menos de 38 años y 6 meses cotizados) generó recortes de hasta unos 400 euros mensuales en algunos casos, lo que provocó protestas y una amplia cobertura mediática.diariodenavarra+3
  • Ante esta presión, el Gobierno ha anunciado que “rectifica” y que se mantendrá el periodo transitorio de coeficientes reductores previsto en la DT 34 para quienes tengan pensión teórica superior a la máxima, de forma que no se apliquen de golpe los coeficientes finales de 2033.prensasocial+3
  • Algunos medios explican que se restablecerán los coeficientes transitorios para 2026 (por ejemplo, el 9,10% citado para determinados perfiles) y que se evitará que nadie quede peor que con las reglas anteriores a 2021, cumpliendo literalmente la garantía de la DT 34.businessinsider+3

Lo importante: la prensa habla de “rectificación” porque el Ministerio ya ha decidido políticamente volver al esquema transitorio, pero la propia Seguridad Social aún no ha publicado una instrucción masiva y clara a la ciudadanía; por ahora se ha comunicado sobre todo a través de filtraciones, notas a agentes sociales y ajustes técnicos en tablas de coeficientes.diariodenavarra+3


¿Hay informes o instrucciones internas accesibles?

  • CCOO ha difundido una nota en la que afirma que el INSS les comunicó expresamente que, en base a un informe de la DGOSS, se había decidido dejar de aplicar los apartados 1 y 2 de la DT 34 desde el 1‑1‑2026, manteniendo solo la cláusula de garantía del apartado 3; este documento no es un BOE, sino información trasladada a la organización sindical.telecomunicaciones.fsc.ccoo
  • En esa misma información se alude directamente a la existencia de un “informe” de la DGOSS que respalda el criterio inicial del INSS, pero dicho informe no es público en los canales ordinarios (no está en BOE ni en el portal público de normativa), sino que se conoce de forma indirecta por esa comunicación sindical.telecomunicaciones.fsc.ccoo
  • No consta, a fecha de marzo de 2026, una resolución publicada en BOE que derogue expresamente la interpretación inicial del INSS ni una nueva orden que detalle negro sobre blanco el mantenimiento de los coeficientes transitorios para 2026; la rectificación se está vehiculando más bien vía instrucciones internas y anuncios públicos del Ministerio recogidos por los medios.prensasocial+4

Dicho de otro modo: sí existen informes e instrucciones internas (por ejemplo, el informe de la DGOSS al que alude CCOO y las directrices que ahora están revisando para restablecer el periodo transitorio), pero no se han publicado como norma general de acceso público; lo que vemos externamente son sus efectos (simulador, cálculos efectivos) y las comunicaciones a sindicatos y prensa.businessinsider+4


Cómo interpretar el “silencio” de la Seguridad Social

  • El simulador y la práctica de cálculo del INSS fueron, de facto, el primer “anuncio” del cambio de criterio a 1‑1‑2026, y es probable que la rectificación se traduzca también primero en cambios de tablas y criterios internos antes de que haya una norma formal de alto rango.institutosantalucia+2
  • La ausencia de una nota clara en la web pública de la Seguridad Social hace que parezca que “no dice nada”, pero el hecho de que el Ministerio haya declarado a prensa que se mantendrán los coeficientes transitorios y que organizaciones como CCOO y diversos portales especializados hablen ya de “rectificación” indica que el criterio inicial del INSS no se va a mantener tal cual.bbvamijubilacion+4

Si estás cercano a la jubilación anticipada y tu base reguladora supera la pensión máxima, la conclusión práctica es que tu expediente debería beneficiarse del mantenimiento de los coeficientes transitorios (los más suaves) o, como mínimo, de la garantía de no quedar por debajo de lo que habrías cobrado con las reglas anteriores, aunque la literalidad de la DT 34.2 estuviera inicialmente dada por concluida por el INSS.andaluciainforma.eldiario+4

Si quieres, en un siguiente mensaje podemos centrarnos en tu caso concreto (edad, años cotizados, fecha posible de jubilación) y ver qué margen real de diferencia habría entre aplicar el criterio “viejo INSS 1‑1‑2026” y el criterio transitorio que el Gobierno dice que va a mantener. 
#4664

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Jajajajaa,muy bueno ¡¡¡
#4665

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Acabo de poder hacer una simulación y continua aplicando los coeficientes generales.
13,33% para 22 meses de adelanto y más de 41 años y 6 meses cotizados