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Interpretación Disposición Transitoria 34

5,16K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#4216

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Perdona que no termine decía que si era indemnización y posterior a 2022 no encaja dentro del punto 3 pero si es como consecuencia de un acuerdo colectivo autorizado cuya duración y aplicación era para antes de 2022 y posterior y tu baja esta en base a ese acuerdo si encaja en el punto 3.c
#4219

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

A las 12:01 estoy entrando

Aunque, esperanza poca…..
 

#4220

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pero, como dice @rucko la DT34, no se creo con el objetivo de reducir las Jubilaciones anticipadas, se creo como "salvaguarda" de las personas que tuvieran en mente jubilarse en la época en la que entraba en vigor la Ley y estuvieran en ese proceso, no les perjudicara el cambio de los coeficientes. En cambio la Ley 2021, se creo con la idea de hacer que las personas que tuvieran en mente jubilarse de forma anticipada, pensaran en "retrasarla" haciendo que los que se quisieran jubilar con 23 o 24 lo hicieran con 21 o 22, y así beneficiarse de unos coeficientes mas "suaves" que los de la Ley 2011, al igual que los que se encontraban a pocos meses de jubilarse por la Ordinaria, lo hiciesen a su edad legal, o la demoraran. Esa es la conclusión que se saca de los gráficos que te mostré con las penalizaciones de ambas leyes.
La reforma del 2021, buscaba el aumento de la edad de Jubilación, que como te he mostrado en una de las tablas ha llegado a reducirse a 63,7 años, desde 62,2 en 2017 para la Anticipadas (Todas la modalidades), y reduciéndose la "brecha" desde los 3,2 años en 2017 a 1,8 a Enero 2026 entre la Anticipadas y la Ordinaria.
A esto han influido, TODAS las modalidades de jubilación, las anticipadas (todas ellas, en mayor o menor medida), las demoradas.... como dice el refrán "grano a grano se hace granero".


#4221

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34


 

#4222

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Por lo menos no te deja entrar, aunque me parece que es demasiado general para que sea la implantación de la DT34.2 otra vez, esto afectaría solo al simulador

#4223

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Parece problema de Internet
#4224

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si tú entras en la vida laboral de la carpeta ciudadana, te dice que se 
 
nueva
 
cosas
 
para
 
pedir
#4225

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Tiene toda la pinta de un mantenimiento muy general….

#4226

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Un medio de prensa, hace unos días, ya anunció que la SS, hoy 8 de marzo, de 8 am a 12 am, no estaría operativa por "tareas de mantenimiemto".
#4227

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Vamos a ver que pasa cuando vuelva a funcionar. Yo me agarro a la esperanza, más que por las "noticias", por la interpretación del BBVA que siempre ha sido información sería, si alguien aún no la ha visto https://www.bbvamijubilacion.es/blog/la-seguridad-social-rectifica-la-derogacion-de-los-coeficientes-reductores-en-jubilacion-anticipada-voluntaria-para-pensiones-maximas/
#4228

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Me pone esto   Pondría algo de lo de simulador de jubilación o algo?
#4229

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Aporto más detalles, si simulo mi JAV en el portal y saco el informe, en uno de los puntos me dice:

"Con los datos que ha introducido en el simulador le mostramos el cálculo de su jubilación anticipada de acuerdo con lo previsto en el apartado tercero de la disposición transitoria trigésimo-cuarta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, por ser, en su caso, más favorable que la legislación actualmente vigente."

Es decir, si la última situación de alta es anterior a 2.022 sigue aplicando 34.3 aunque uno haya cotizado por CESS. Por si aún quedaban dudas
#4230

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Aquí se está dando por hecho que el único objetivo de la reforma de las pensiones y de la DT34 era aumentar la edad de jubilación. Pero la reforma tiene dos objetivos más: fomentar la jubilación demorada y reducir la jubilación anticipada (especialmente la VOLUNTARIA).

¿Y que ha ocurrido?
1) Aumento de la edad de jubilación:
Aquí el gobierno lo ha bordado. Basta con ver las gráficas que has aportado para observar que la edad media de jubilación ha pasado de 64,7 años (2021) a ≈65,3 años (2025).  Y tampoco hay que ser muy listos para saber que en 2026 todo el mundo está retrasando la edad de jubilación por la inaplicación de la DT34.2.
2) Aumento de la jubilación demorada: Las jubilaciones retrasadas han pasado del 4,8% del total en 2021 a ≈10,8% en 2025. El gobierno ha conseguido aumentar las jubilaciones demoradas, pero muy lejos de lo que tenían previsto: 75%.
3) Y ahora viene lo más difícil: REDUCIR las JAV. En 2021 se produjeron 62927 JAV y en 2025 bajó a 59247. En estos cuatro años solo ha disminuido en 3680 personas, menos de un 6%. Luego aquí ha pinchado el gobierno, con independencia de que el total de jubilaciones anticipadas haya disminuido bastante por la importante bajada de las JAI (más de un 30%). Y ahora me dirás que  las JAV también han disminuido...claro, pero mientras las JAI se han reducido en más de 20000 personas, las JAV apenas se han movido. Es como si me dices que le han reducido la pensión tanto al que ha perdido 400€ por la DT34 como al que ha perdido 30€. Es cierto que ambos van a cobrar menos, pero mientras al primero le has jodido la vida, el segundo ni se ha enterado.

¿Y porqué no bajan las JAV? (Respuesta de ChatGpt, no tengo ganas de seguir discutiendo), me dá 5 motivos, el primero coincide conmigo:
1) Impacto limitado en rentas altas: Antes de la reforma, los trabajadores con bases de cotización muy altas (que daban derecho a una pensión superior a la máxima) apenas sufrían penalización al jubilarse dos años antes. El nuevo sistema aplica los recortes sobre la cuantía de la pensión y no sobre la base, pero lo hace de forma progresiva durante 10 años (desde 2024), lo que suaviza el efecto inmediato para este colectivo...

Lo que viene siendo la DT34.2. Luego la DT34 habrá aumentado la edad de jubilación, pero con respecto a la disminución de las JAV ha conseguido el efecto contrario. Y me importa muy poco que ese no fuera su objetivo principal: Evitar penalizaciones excesivas en la jubilación anticipada voluntaria de trabajadores con carreras muy largas de cotización tras la introducción de los nuevos coeficientes reductores mensuales. Pero si pones un periodo transitorio en el que la gente se puede ir con una pensión superior que antes de aplicar la DT34, es más que probable que las JAV apenas van a bajar.
2) Mejor trato para adelantos cortos
3) Mejor pensión para las carreras de cotización largas.
4) Efecto de la inflación y revalorización.
5) Preferencias personales y salud

Por tanto, llevas razón en que la DT34 ha conseguido aumentar la edad de jubilación (aunque ese no fuese su objetivo principal) pero, al mismo tiempo ha contribuido a que el total de JAV apenas se reduzca (que es lo que te he intentado explicar desde el principio). Y no descarto que el fin del periodo transitorio busque mejorar este objetivo ya que, en la medida en que retrasamos aún más nuestra jubilación habrá quien se tenga que jubilar en 2027 con lo que finalmente las JAV bajarán mucho más.

Y para terminar te pongo una noticia que ha aparecido hace unos días...
https://www.elindependiente.com/economia/2026/02/09/jubilacion-anticipada-voluntaria-apenas-retrocede-solo-3600-menos-reforma-pensiones-escriva/