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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#3271

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ten en cuenta que el 14 es sobre la BR y el 9'1% es sobre la PM. Para BR muy altas (3700) interesa el 14%, pero para BR próximas a la PM (3400€) ya interesa que te apliquen el 9'1%.
De todas formas sería interesante tener claro si para aquellos ERE's anteriores a 2021 se aplica o no la DT34.2. Porque yo es por lo que entré aquí y cada día estoy más liado....😢
#3272

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo lo tengo en cuenta y la DT 34.3, ese es precisamente el "doble calculo" al que se refiere el punto 3.
Respecto a los ERE's firmados/acordados con anterioridad a 2022 , es una condicion del punto 3 no recuerdo el apartado, y tengo claro que si, por lo que he comentado con Panconqueso. Si este punto es una salvaguarda para los que cesaron antes de 2022, se les debe de aplicar la DT34.2 si le es mas beneficioso, si no fuese asi, que tipo de salvaguarda es?.
Solo se aplicaría para los que cumplan las condiciones de la DT34.3 y no para el resto.
Yo lo veo asi de claro y sin dudas, otra cosa es que este acertado o no.
Tambien es cierto que yo al estar jubilado no me afecta y no tengo la preocupación que podais tener los que esteis en esa situación, que os entiendo perfectamente.
#3273

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Insisto… la salvaguarda es para que te apliquen las condiciones de la DT 34-3
Mientras duró la DT34-2 , te aplicaban, una u otra, la más beneficiosa para ti.

Pero ahora, con el fin de la DT34-2, solo te aplican la DT34-3 (para los que cumplan alguna de sus 2 condiciones o los coeficientes generales a la PM, para los que no las cumplen. Además ya tenemos la prueba irrefutable… El caso del compañero @Pntrpb que ya ha recibido su Resolución en este sentido.

Para las JAIs será igual.

Si ya no hay DT34-2, no la habrá ni para JAVs ni para JAIs. Sin excepciones.
#3274

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Estoy de acuerdo. Si los que le afectaba la JAI ya teníamos claro que nos tocaba coeficientes sobre BR con un Tope del 0'5% sobre la PM por trimestre adelantado, no creo que nos apliquen la DT34.2 para que algunos cobren una mayor pensión. 
#3275

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Dejando aún lado lo inútiles que son, y lo mal redactada que está la DT, tengo una pregunta, " Si en el " cartelito" pone la DT34.2", por qué no indica más claramente la "DT34 deja aplicarse", si como tu dices, también afecta a la DT34.3  en todos los casos que cubria ese punto?
En cualquier caso, sabremos más una vez veamos o tengamos el informe de nuestra mano, lo leamos e interpretemos.
Por cierto @pntrpb, en tu resolución indica algún motivo, o dice algo relacionado con esto?, o no dan un porque?
#3276

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo que queda xlaro es que (teniendo los años corizados al 100%) da igual tener una BR de 3400 a 3700 porque te van a aplicar la reducción sobre la PM 3359.60. 25 años de cotización del trabajador y de la empresa a la basura