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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#2716

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenas tardes a todos y a pesar del bajón que me acaba de dar al enterarme de que no se va a aplicar el la DT 34.2, mis mejores deseos para todos en el próximo año.
Yo tenía pensado jubilarme en febrero o marzo de 2026 con 63 o 63 y un mes, porque andaba muy poquito por encima de la pensión máxima en febrero (0,50€ aproximadamente).
Así que también me uno a Ap Mm en que nos mantengas informados si decides recurrir.
Muchas Gracias Cfe960.
#2717

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenas tardes de nuevo,
Por otro lado acabo de sacar una simulación y efectivamente, sale la nota que no se aplicará la DT 34.2 en 2026.

Por otro lado, me aplica la penalización del 19% (Como si no aplicará la DT 34.2)



Pero no se si esto es correcto porque una líneas mas abajo, pone que la pensión máxima para 2026 es de 3430,66 y mi base reguladora entonces estaría por debajo de la pensión máxima.


Vamos que uno se puede planificar la decisión de jubilarse o no a poco más de un mes.

Esperemos que arreglen el simulador y aunque creo me acaban de condenar a 6 meses más de trabajos "forzados" para finalmente irme perdiendo lo mismo que en febrero.

Feliz 2026 para todos! (menos para los que redactaron la farragosa  e injusta DT 34)


#2718

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Y si intento sacar la simulación para jubilarme en agosto de 2026, no me la simula y me da el siguiente error
¡INCREIBLE!

#2719

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Para que se vea la opacidad del INSS. Ni medios de comunicación especializados conocen ni cuentan con este recorte. Publicado ayer 29 de diciembre en el diario Expansión (referencia absoluta de la prensa económica en España) bajo el título  "Guía para la jubilación en 2026: principales novedades". En lo que afecta a este tema:

"Lo que sí experimenta modificaciones es la jubilación anticipada para quienes hayan generado derecho a prestaciones por encima de la pensión máxima, de 3.359,6 euros mensuales (47.034,4 euros anuales). Para ellos, el próximo será el tercer año de despliegue de los coeficientes reductores. En 2026, en caso de que el periodo cotizado sea inferior a 38 años y 6 meses la penalización será de entre el 1,33% y el 9,10%; si el período cotizado es igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses la reducción será de entre el 1,28% y 8,5%; si se acreditan 41 años y 6 meses o más y menos de 44 años y 6 meses la penalización se sitúa entre el 1,24% y 7,9%; mientras que con más de 44 años y 6 meses cotizados el castigo es de el 1,19% y el 6,7%.

En todos los casos, la reducción se aplica sobre la cuantía de la pensión ya calculada y no sobre la base reguladora."