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Interpretación Disposición Transitoria 34

5,1K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#3316

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Vaya susto me has dado !!!
#3317

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues eso , que muchas gente dice que van a meter un recorte en las pensiones..de qué tipo?...pues no lo sé, la verdad... Lo mismo dejan de aplicar las subidas a la pensión máxima o vete a saber...
#3320

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si. Es como dice Paco50.
Lo que se le escapa a la gente es considerar que para acceder a la JAI hay que estar 6 meses como demandante de empleo "después" de la baja involuntaria. 
Esto no es lo que dice la norma.
Dice que para acceder a la JAI hay que estar al menos 6 meses como demandante de empleo. Pero tu puedes darte de alta como demandante de empleo incluso aunque estés trabajando. Por lo que si ves las cosas venir y quieres jubiarte antes (tienes más penalización, pero cobras hasta 6 pagas más y la extra) vete apuntando como demandante cuanto antes.
Si tienes dudas, como es gratis, pues te apuntas. 
#3321

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Al final debemos asumir que si nos jubilamos anticipadamente de forma voluntaria vamos a perder, además del coeficiente reductor sobre la PM, lo cotizado para conseguir una BR por encima de la PM. 
Si sigues cotizando por BM tu BR crecerá anualmente unos 100€ aprox. Sin embargo, suponiendo un crecimiento de las PM entre un 2-2'5% para los próximos años, resulta un aumento de unos 75€ de media anualmente. Luego si sigues cotizando con BM la brecha entre la PM y tu BR será cada vez mayor y perderás mucho más dinero.
Interesa por tanto reducir tu BR para aproximarla todo lo que puedas a la PM del año en que te jubiles, bien reduciendo tus BC o no cotizando más de 35 años para que te reduzcan tu BR un 4'40% a partir de 2027.





#3322

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues si, tienes razón.

Mira, este fue mi primer post en este foro, el 17 de febrero de 2024. En ese momento no se sabía como iban a interpretar la DT34. Algunos compañeros (andan por aquí) ya intuían que los coeficientes de penalización se aplicarían sobre la PMax. 15 días después, con el Criterio de Gestión 4/2024 se demostró que tenían razón...


Lo transcribo integro... y en negrita lo que viene a cuento:


"Muchas gracias a tod@s por vuestros comentarios de los que vamos aprendiendo...

 E
n la  interpretación que barajamos como mas probable:  Pensión máxima-Coeficiente de anticipación transitorio, hay algo que... no lo veo. Para la aplicación de la DT 34ª la base reguladora, siempre que sea superior a la Pensión máxima, carece de importancia. Se le da el mismo tratamiento a una BR de 3176€ que a una BR de pongamos 3600€. Falta progresividad.
Imagino que esto, podría traer la picaresca de reducir las bases de cotización en los últimos de la carrera profesional de un trabajad@ para ajustarlos a que la BR esté "ligeramente" por encima de la Pensión máxima estimada. Para que más... no?


Muy interesante el apartado 4º de la exposición de Jalcper del post 87... 

También me parece totalmente injusto el caso que comenta Jaumesg en el post 88 de que pudiera haber una diferencia de 400€ X 14 Pagas X el número de años que te resten de vida, simplemente por un euro arriba o abajo en tu base reguladora."  
#3323

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esta DT 34 podría estar en el libro Guinnes. No creo que nunca un apartado de una disposición legal haya generado más controversia, debate y comentarios. Y lo que queda aún.....
#3324

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo del euro arriba ya no tiene sentido porque vas a cobrar lo mismo. 
Si BR= 3360€.  P=79%(3359)
Si BR=3359€ P=79%(3359)

Tendría sentido como yo pensaba que se iba a calcular: aplicando el % de reducción sobre BR y si era menor de PM, ésa sería la P (siempre que estuviese por debajo del Tope del 0'5% de reducción por trimestre adelantado).
Y en caso de que el %BR estuviese por encima de la PM se aplica el % a la PM.Esto debería haber sido lo más razonable y solo se diferencia de la 'nueva aplicación" para los que se jubilen entre 19-24 meses antes.
Para un anticipo de 18 meses
*Si BR=3684€.  P=91'2%(3684)=3359'80€ y como está por encima PM le corresponde 
P=91'2%(3359)=3063

*Si BR=3683€. P= 91'2%(3683)= 3358'9
con un Tope de P=97%(3359)=3258€

Pero esto ya sé que NO ES CORRECTO (no sigan preguntando).
#3325

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

"En España, se estima que alrededor de 1,1 a 1,2 millones de trabajadores cotizan actualmente por la base máxima de la Seguridad Social.
​Esta cifra representa aproximadamente al 5-6% del total de afiliados al sistema.
En España, aproximadamente el 5,2% de los declarantes de IRPF superan los 60.000 € anuales."

Luego somos los mismos los que más cotizamos a la SS y los que más impuestos pagamos.
Con un sueldo de 60000€/año cotizando por la BM actual (5100€) pagamos, con el MEI incluido, unos 1500€/mes o 18000€/año de SS.
Y aparte nos quitan de IRPF otros 16000€/año.
En total pagamos 34000€. Luego cada uno está financiando integramente a dos pensionistas con pensiones mínimas (1256€/mes). 

A ver si nos enteramos porqué no quieren que te jubiles anticipadamente........


#3326

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esas cifras no serían suficientes para generar tantísimo comentario sino concurriera con una chapuza de redacción y una torticera interpretación del precepto legal. Mi comentario no es una crítica a los mensajes, sino una valoración de uno de los efectos de la norma, que es el incesante debate, lo cual no es nada negativo.
#3327

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Y ademas las Bases de Cotización suben IPC + 1,2% y la PMax solo un ridículo 0,115%  no acumulativo + IPC anual . El desequilibrio se acrecentará...

#3328

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hombre, hay uun exceso de cotización que no me aporta nada, solo al Estado. Aparte, yo cuento con esas curvas, salvo sorpresa en el desarrollo económico, y que cuando el deficit pase de 2 billones de €, en algún momento dentro de unos años las pensiones altas se congelen, y puede que se recorten como sucedió en Grecia.
#3329

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La verdad que se avecinan tiempos duros. Y me temo que como siempre va a tener que ser el PP el que se coma el marrón. En 2012 con Rajoy ya estuvieron a punto de intervenir España y tuvimos unos recortes muy duros, pero  no se llegaron a tocar las pensiones.  Ahora yo veo más de lo mismo, congelación de las pensiones (máximas y mínimas), así como de la revalorización de las BM en función del IPC+1'2% (no tiene sentido cotizar más si me congelas la PM).
#3330

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Una curiosidad un poco chorras…
El primer Criterio de Gestión sobre la DT 34 fue el 4/2022
El segundo………………….:…………………………………..fue el 4/2024
El tercero…
Ya ha salido el 2/2026 y… la subida de las pensiones pronta a su aprobación.
Sería casualidad ¿No?