#3226
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Mirate esta pagina....
https://www.misitiosocial.com/2025/12/que-ha-ocurrido-con-la-disposicion.html?m=1
""D. Ramón Moreno presenta una vida laboral de 42 años cotizados y tiene 64 años de edad. Su edad ordinaria de jubilación es a los 65 años pero está pensando en jubilarse de manera anticipada. La base reguladora de su pensión, calculada según las normas generales, asciende a 3600 euros.
Si D. Ramón solicitara una jubilación anticipada voluntaria (Art. 208 del TRLGSS) aplicaríamos lo dispuesto en el artículo 210.3. Según los porcentajes marcados por el artículo 208 TRLGSS, tendría una penalización del 5%. Si efectuamos el cálculo sobre la base reguladora (3600-5% = 3420 euros) supera el tope máximo de pensiones para 2026 (3.359,60 euros), por lo que, siguiendo lo que dice el art. 210.3, aplicaríamos el 5% de reducción directamente sobre el mismo tope máximo de pensiones = 3.191,62 € y esa será la cuantía a percibir. ""
https://www.misitiosocial.com/2025/12/que-ha-ocurrido-con-la-disposicion.html?m=1
""D. Ramón Moreno presenta una vida laboral de 42 años cotizados y tiene 64 años de edad. Su edad ordinaria de jubilación es a los 65 años pero está pensando en jubilarse de manera anticipada. La base reguladora de su pensión, calculada según las normas generales, asciende a 3600 euros.
Si D. Ramón solicitara una jubilación anticipada voluntaria (Art. 208 del TRLGSS) aplicaríamos lo dispuesto en el artículo 210.3. Según los porcentajes marcados por el artículo 208 TRLGSS, tendría una penalización del 5%. Si efectuamos el cálculo sobre la base reguladora (3600-5% = 3420 euros) supera el tope máximo de pensiones para 2026 (3.359,60 euros), por lo que, siguiendo lo que dice el art. 210.3, aplicaríamos el 5% de reducción directamente sobre el mismo tope máximo de pensiones = 3.191,62 € y esa será la cuantía a percibir. ""