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Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

464 respuestas
Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)
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Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)
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#241

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

Buenas tardes, precisamente esta mañana he realizado la misma pregunta en una asesoría fiscal y me han dicho que lo que dice Hacienda es que si has recibido la devolución este año y deduje por adquisición de vivienda, pertenece a la Declaración del año que viene y que tendré que regularizar 2013 y posteriores.He ido a la asesoría porque mi compañera preguntó a primera hora de esta mañana si al haber recibido la devolución en marzo debía regularizar en esta renta, y la funcionaria le dijo que sí, sin hacer caso al Real Decreto de enero de 2017, que distingue entre deducir por adquisición de vivienda(Renta 2018) o por gastos (a regularizar ahora).La verdad es que estoy indignado con la desinformación que se da desde el teléfono de la AT,me han hecho perder toda mañana y a mi compañera le han dado el disgusto.También me dicen que las cosas hay que declararlas en su debido tiempo, que las cantidades no van a variar porque lo haga ahora, puesto que se hace en función a unas cantidades fijas que por muchos días que pasen son las que son.

#242

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

Hola Nuriapl

Si has recibido la devolución de intereses por cláusula suelo en el actual año 2018 (hasta el 2 de Julio) obligatoriamente tienes que hacer lo siguiente:

- Tendrás que hacer la regularización de los intereses en la renta de 2018 que se realizará a partir de abril de año que viene. 

- No puedes hacer la regularización en la Renta de 2017. Lo que si debes hacer en la renta de este año, es saber los intereses que el banco te dice que te ha devuelto en 2017. Dicho importe habrá que restarlo a la cantidad que este año ibas a desgravar por vivienda y a esta cantidad se le aplica el 15% Hecho esto ya estaría normalizado el año 2017. Pongo un ejemplo:

En el desglose del banco aparece que del año 2017 me devuelven 100 euro en concepto de cláusula suelo. Por otra parte, le he pagado al banco por mi préstamo hipotecario 3.600 euros (amortización + intereses). La cantidad que podrá desgravar por vivienda será: 3.600 - 100 : 3.500 euros y a esta cantidad se le aplica el 15% : 525 euros. 

-Una vez hecho lo del año 2017, en la renta de 2018 sólo habrá que regularizar los años: 2014, 2015 y 2016.

Todo lo que te he indicado, lo he repetido en otros post y estoy totalmente seguro que es la forma correcta de hacer estos trámites.

saludos,

 

#243

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

Hola Cnunez

No tienes que declarar nada.

Hacienda ha dejado muy claro que no hay que pagar nada por los intereses que se devuelvan por Cláusula Suelo.

Saludos

#244

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

Hola Ana 1983

- En relación con las casillas que mencionas, son para casos excepcionales y mi consejo es que sigas las instrucciones que indico en el vídeo que publiqué sobre la cláusula suelo. Por ejemplo, la casilla 544 la tendrán que utilizar las personas que puedan beneficiarse de unas desgravaciones por inversión en vivienda adicionales a las del 15% y que se conceden en algunas Comunidades Autónomas.

En relación al tu segundo párrafo, lo que indicas es lo correcto 

saludos

#245

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

Muchas gracias Miguem!!! suponía que sería mejor realizar la devolución de lo cobrado por la cláusula suelo en la Renta 2018, pero he buscado información relacionada con el pago adelantado a Hacienda por este asunto y no he encontrado nada que resuelva mis dudas. Aunque sigue sin quedarme claro que aunque haga la tributación de las cláusulas el próximo año ( como dice la ley tributaria ), tenga que abonar también las cantidades satisfechas del ejercicio del año 2013, puesto que estaría prescrito.

Muchas gracias por tu respuesta,

Un saludo

#246

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

Muchísimas gracias Díazro!!

Te explico, la cláusula suelo me la quitaron en noviembre del año 2014, pero después de mucho batallar con el banco, de mutuo acuerdo me dieron la razón el 31/12/2017, pero no me llamaron para realizar la liquidación de dichas cantidades hasta enero de 2018.

Me desglosan los años con cláusula suelo en intereses con cláusula, sin cláusula y diferencias entre los dos, que es lo que me abonan ( desde 2009 hasta 2014 )

Así que desde el año 2014 no me han devuelto nada más relacionado con dicha cláusula.

Entiendo que debo esperar al próximo ejercicio tributario para realizar la regularización de los intereses cobrados, sólo del año 2014.

No he visto todos los post, quizás por ello te he repetido la duda, todos me parecían de tributaciones de este año, no para la renta de 2018. Para próximas consultas leeré todos los que tengan relación. Siento haberme repetido.

Muchas gracias por tu atención y tu rápida respuesta.

Un saludo,

#247

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

Hola Nuriapl

Es tal y como dices.

La regularización de los intereses devueltos tendrás que realizarla en la renta del próximo año (2018) y solo tendrás que hacerla del ejercicio 2014.

Así que olvidate de este rollo y nos vemos el año próximo.

Saludos,

#248

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

Es lo que me ha dicho el asesor, que discrepa con lo que dice Diazro, la verdad es que yo me hago más cuenta de lo que me dice Diazro.El asesor me ha argumentado que Hacienda dice que el año que viene se cerraría el plazo de la Renta para declarar el 2018,bien ,pero como ese pago se realizó antes del plazo de la Declaración de 2017,según el asesor el 2013 no prescribe hasta la finalización del plazo de la Declaración del año que viene.....y algo de sentido tiene

#249

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

Hola diazro

El problema es mío por explicarme tan mal, y es que no es fácil

sobre:

- La regularización de los años anterior tienes que hacerla en la renta 2017. Si en alguno de los años mencionados no hubieras hecho deducción por vivienda, o no te hubieras podido deducir toda la cantidad que habías pagado por el préstamo hipotecario porque tenias un tope (9.040 euros), en ese caso, no deberias tener en cuenta lo devuelto (de ese año) para regularizar en 2017.

 

...es sobre lo que hablo.

Lo que no me encaja es que si yo me quedé sin deducir por 1.500€ (en un año, y como ejemplo), me vayan aperdonar todo, y no tener que declararme de lo que me devolvieron

...es decir 1.500€ sin deducir de ese año (es decir pagué hipoteca por 10.540€), y de ese año la Entidad me devuelve 3.600€.

Lo que no me encaja es que me perdonen y digan que no tendré que declarar nada, cuando resulta evidente que debería devolver los intereses del 15% de la resta de lo que me devolvieron y la cantidad sobre la que no me pude deducir (esto es, tener que pagar el 15% de 3.600 - 1.500= 15% de 2.100)...

...es decir, que con lo que me pones (que sé de buena tinta que es lo que dicen las "sagradas escrituras"), o no te hubieras podido deducir toda la cantidad que habías pagado por el préstamo hipotecario porque tenias un tope (9.040 euros), en ese caso, no deberias tener en cuenta lo devuelto (de ese año) para regularizar en 2017, les deja a la AEAT sin ese 15% de los 2.100€...

Por supuesto, me queda ver el vídeo al que me mandas, cosa que agradezco muchísimo, porque ni en la AEAT saben cómo aplicar este supuesto. me han respondido de todos los colores, y realmente ni lo saben, En las gestorías está claro; a pagar por el total, así no tienen problemas con que te vayan a llamar para nada.

Bueno, mil gracias diazro, y si consigo algo más de luz, que ya lo dudo porque si alguien como tú no lo consiguió, yo no voy a ser capaz de mejorarlo, lo paso para que lo aproveche a quien le toque esta sitación que espuse: ejercicios en los que se pagó más hipoteca del tope sobre el que está permitido deducirse, y además le fueron devueltos intereses de la cláusula suelo.

Ya digo, llame a Hacienda, y la misma persona, al hacerle las preguntas, y hacerla dudar de lo que me decía, me dio tres respuestas distintas...

 

repito, mil gracias diazro

#250

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

..por dioxxxx   expuse!!

#251

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

Hola diazro.

 

Acabo de ver tu vídeo.

Lo que te preguntaba está explicado en tu primer ejemplo después de la buena exposición que hiciste sobre el tema.

 

Lo que no acabo de entender, es por qué a la parte neta que quedo fuera de la deducción (1.574€) le restas posteriormente los 768€, cuando esta última no es parte neta, sino el resultado del 15% del total de lo devuelto.

 

Es decir, mi planteamiento sería, me devuelven 5.122€ del 2013, y me dejé de deducir de 1.574€, luego de la resta de estos dos debería pagar el 15% (es decir, de 3.548€ el 15% =532,20).

Lo pongo de otra manera:

2013

#252

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

...

2013 de mis 10.500 aportados me deduzco del tope 9.040 >>>>>> 1.356...si no hubiera tope >> 1.575  dif  -219

de este año me devuelven:

2013 devolución cáusula suelo 5.000>>>>>> a devolver a Hacienda 750

 

en caso no claúsula aplicada hubiese sido>>>>>10.500-5000= 5.500 x15% = 825

 

...que es lo que da si sumas los 1.356 devueltos en 1ª instancia correctamente, restando los 750 a devolver por los interese devueltos, y sumando lo que te deberías haber deducido por la cantidad excedida del tope de deducción, los 219...

 

esto sumado 1.356 + 219 - 750 = 825, que coincide con la cantidad que se podría deducir si los intereses no se hubiesen aplicado incorrectamente.

 

por esto yo pagaría los 750 que me toca pagar, menos los 219 que me pude deducir = 531€

 

Que esto es lo que queremos dejar de pagar a Hacienda (531) porque no pudimos hacer la deducción de una parte de las aportaciones (no tiene sentido), (si seguimos el criterio del que hablamos que recomiendan, claro)...

 

Que las "sagradas escrituras" dicen lo que dices que te dicen; desde luego, y de ahí mi asombro y mi inquietud porque no me cabe en la cabeza que, por un lado no te reclamen lo que es suyo (que es de todos...menos de alguno), y que no te expliquen que de lo que te pagaron puedes reducir para hacer base, de lo que quedó sin derecho a deducción.

Dicho de otro modo, si hiciéramos una parelela con los datos que tenemos ahora, de manera conjunta (lo que pagamos y lo que nos devuelven, ya restado, y dejando un solo importe de aportación (en este caso 5.500)), nos daría un único importe de deducción, que es lo que saco yo por dos lados distintos.

Por qué no lo dejan claro?? Ni idea. Por qué todos se lavan las manos?, (esa la sé) porque no está claro. Gestorías y demás qué hacen; no errar el tiro y declararlo todo a cascoporro...y el pringadillo que pague más.

Resumiendo, el otro día batí los cobres con los de Hacienda, y me dijeron en dos ocasiones que no tenía que declarar porque me quedaron aportaciónes sin deducirme; cuando llegué al tercer nivel (se ve que va así, como en los videojuegos), me salió alguien que me dijo lo contrario, y después de exponerle que cómo iba a dejar de ejercer mi derecho de deducción sobre esa parte cuando me correspondía, y que cómo iban ellos a dejarme sin tener que pagarles por haberme deducido de más, terminaron dándome la razón y diciéndome que la resta de la cantidad devuelta y la cantidad que no tuvo deducción (del mismo ejercicio hablamos, of course), harían la base para calcular el 15% que hay que devolver a la AEAT, tal y como muy bien explicas en tu vídeo.

Creo, que ante Hacienda no hay que jugársela. Bien es cierto que lo que apuntas tú es lo que pone por todas partes, y es lo que aconsejan en primera instancia en la Agencia Tributaria, pero a simple vista se puede ver que les estás pagando de menos...(más claro el agua), y abarrunto que después de esto se acumularán las citaciones para revisar. Cuando llegues a revisar y te digan que has pagado de menos ¿qué argumentos puedes esgrimir?.

Si pagas de más no te llaman seguro (hola gestorías), si pagas de menos te pueden llamar, y el Actuario de Hacienda va a determinar de qué modo has actuado a la hora de pagar de menos, teniendo en cuenta los argumentos y articulado que utilices (pero pagas de menos, seguro), mientras que si pagas lo justo, estás en tierrra media, puedes justificar la reducción sobre lo que te pasa el banco porque puedes justificar que tienes derecho a deducirte de las cantidades de las que no te pudiste deducir en su momento por superara el límite establecido (9.040€).

Esta es mi idea diazro. No sé que opinarás, pero creo que es la que más se ajusta a derecho, y la que menos riesgos tiene sin perder lo que es de uno.

Si nos acogemos a las "sagradas escrituras", que no al articulado explícito sobre el tema, no tendríamos que pagar, ...pero es que esto me hace rechinar los dientes, y más cuando es Hacienda.

 

 

#253

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

...se me pasó demostrar que los 1.356 pagados en su momento, menos los 825 que habría que pagar ahora, dan los 531 que habría que poner en la declaración

#254

Re: Declaración devolución clausula suelo Renta 2017 (Campaña 2018)

Tengo una duda con mis datos fiscales que no entiendo, a ver si me podéis ayudar. El año pasado llegué a un acuerdo extrajudicial con el banco y me devolvieron los intereses de la cláusula suelo; no se por qué motivo se negaron a amortizar dicha cantidad y me la ingresaron en cuenta, se que tengo que devolver los intereses de los años 2013; 2014 , 2015; y 2016; pero mi sorpresa es que en los datos fiscales y por tanto en el borrador aparece correcta la cantidad relativa al capital amortizado pero como intereses aparece una cantidad que se corresponde a la cantidad total que me devolvió el banco incluidos intereses de demora más todos los intereses que pague en 2017; yo creo q es un error pero no estoy segura

#255

Re: Duda renta 2017 clausula suelo

Hola 

Hemos movido tu pregunta a este hilo donde se han ido solucionando todas las preguntas referentes a este tema, te recomiendo que lo leas con detenimiento para que te puedas aclarar sobre el tema.

Saludos