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Corregir borrador de la Renta, adjuntar documentación
Con esto de encontrar errores en los datos enviados por TR a Hacienda, si encontramos errores, toca borrar y corregir.
Hay veces que son errores incuestionables (números) aunque hay otras (categorización) que no lo tengo muy claro.@sparrow-in-jail comentaba que en realidad no tenemos acciones sino una especie de CFD interno, con derecho a dividendos. Por otro lado, en el informe TR indica "acciones OTC". No lo tengo claro aún.
Hay veces que son errores incuestionables (números) aunque hay otras (categorización) que no lo tengo muy claro.
CORREGIR AÑADIENDO DOCUMENTACIÓN
> ¿Se pueden adjuntar documentos a la presentación de la declaración de la renta?
Sí, es posible adjuntar documentos, pero el procedimiento de la Agencia Tributaria tiene un matiz importante: no se hace directamente "dentro" del formulario del modelo 100 mientras lo rellenas, sino a través de un trámite complementario.
1. El procedimiento correcto (Aportación de documentación)
Una vez que hayas presentado (enviado) tu declaración y tengas el número de justificante, debes seguir estos pasos en la Sede Electrónica de la AEAT:
- Accede al apartado "Todas las gestiones" > "Impuestos, tasas y prestaciones".
- Selecciona "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas".
- Busca la opción: "Aportar documentación complementaria".
- Introduce el Código Seguro de Verificación (CSV) de tu declaración presentada o el número de registro de entrada.
- Adjunta los archivos (preferiblemente en formato PDF).
2. ¿Cuándo es recomendable adjuntar documentos?
No es obligatorio adjuntar facturas o certificados de forma preventiva (Hacienda ya tiene la mayoría de tus datos), pero es muy útil en casos específicos para evitar una comprobación posterior:
3. Plazos
Puedes aportar documentación en cualquier momento, pero lo ideal es hacerlo inmediatamente después de presentar la declaración para que el técnico que la revise vea los justificantes desde el primer momento.
