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Seguimiento de Dia (DIA)

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Seguimiento de Dia (DIA)
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#15073

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Fue la opa de exclusión de telepizza donde no había un porcentaje mínimo para lanzar la opa de exclusión ....lo que motivó que se estableciera un m>nimo del 75%. Fin de la historia Andrés.
#15074

Re: Seguimiento de Dia (DIA)



Y no sé si esta aprobado eso del mínimo de aceptación del 75% en una OPA voluntaria por parte de la empresa no por parte de Letterone, que no hay que confundir con otro tipo de OPA, ya que esta no tiene como objeto la venta forzosa, ya que nadie te obliga a vender aparentemente, pero sino vendes el ruso te aniquilará igualmente con el mercado cerrado podrá seguir haciendo jugadas de todo tipo y pueden ser incluso mas dañinas que cotizando.

De todas formas pronto lo veremos a finales de enero moverá las fichas no creo que permita dar resultados oficiales antes de mover sus fichas, ojala no sea así pero me temo que esto ya esta escrito, que el final esta próximo.

Se iba a proponer pero repito que no se si esta aprobado eso del 75%, pero es que da igual el ruso pasa de ese % de sobra tiene el 77%, por eso amplio su participación en la última ak, para terminar de atar eso y no dejar cabo suelto alguno en su jugada lo mires por donde lo mires todo apunta a que va a cometer esa jugada a dado todos los pasos necesarios para ello, lo tiene todo estudiado al 100% no deja cabos sueltos por algo es un mafioso, ojala repito me equivoque pero las pistas las huellas que va dejando claramente te llevan a pensar mal y a pensar que lanzara la empresa OPA voluntaria para retirar las acciones de cotizar.

Saludos.


No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

#15075

Notición...!!! El juez decidirá si las supuestas maniobras contables son la única causa de su desplome...



Ostras notición esto puede dar un vuelco A TODO por fin un juez que ve lo que todos vemos!!




 Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha revocado el procesamiento de la antigua cúpula de DIA al considerar que las supuestas maniobras contables que se investigan no habrían sido la única causa del perjuicio económico que supuso el desplome de las acciones de la empresa de distribución, por lo que ha devuelto el caso al juez instructor para que decida el camino a seguir.


En un auto del 16 de diciembre, al que ha tenido acceso 'Europa Press', la Sala de lo Penal estima parcialmente un recurso de apelación presentado por el ex CEO Ricardo Currás, acordando dejar sin efecto al auto dictado el pasado 26 de febrero por el Juzgado Central de Instrucción Número 6 donde el magistrado Alejandro Abascal propuso juzgar por un delito continuado de falsedad contable a cinco de los imputados.

En concreto, procesó a Currás; al que fuera su 'número dos', Armando Sánchez Falcón; a los ex directores comerciales de DIA Luis Martínez Gallardo y Juan Cubillo; y al ex director financiero Antonio Arranz Martín; así como a DIA España como responsable civil subsidiario, archivando la causa para el resto de personas investigadas.

La Sala ha anulado este procesamiento devolviendo la causa al juez instructor "para que provea la continuación del procedimiento de la manera que estime pertinente", esto es, archivando el asunto para todos los implicados o retomando la investigación penal en busca de indicios más sólidos que le permitan volver a su decisión inicial.

Abascal señaló a estas cinco personas por, presuntamente, haber engordado las cuentas de la compañía en 2016 y 2017 mediante prácticas irregulares que habrían supuesto un incremento ficticio de casi 52 millones de euros y que, una vez destapadas con la regularización contable de 2018, habrían provocado el desplome de las acciones de DIA y la entrada de la empresa en causa de disolución.

Sin embargo, la Sala cree que "no puede considerarse hasta este momento suficientemente acreditado, ni siquiera a título meramente indiciario, que las operaciones contables supuestamente irregulares efectuadas bajo control y supuesta indicación del señor Currás, en el contexto económico financiero en que se producen, fueran idóneas por sí mismas para crear un perjuicio económico en los accionistas".

En este sentido, la Sala entiende que en la depreciación de las acciones de la mercantil podría haber influido un "conjunto de circunstancias", entre las que menciona "un ambiente sumamente especulativo sobre sus acciones sociales", "el anuncio de una previsión muy negativa de ganancias futuras" y "la objetiva existencia de operaciones financieras de gran calado para hacerse con el control de DIA por parte de potentes grupos inversores".


Asimismo, considera "muy relevante" el hecho de que en los hechos relevantes comunicados a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) "no solo se hacía mención a la cuestión contable", sino también a la dimisión de Ana María Llopis como su presidenta y la consecuente renovación de la cúpula de DIA en ese momento.

"Todo ello hace que resulte imposible determinar con cierta seguridad la influencia que la información contable tuvo en la bolsa", concluyen los magistrados Fernando Andreu, José Antonio Mora Alarcón y José Ricardo de Prada, este último como ponente.

Para ellos, la "hipótesis más verosímil" con el resultado actual de las pesquisas dirigidas por Abascal es "la falta de incidencia real de las manipulaciones contables que se afirma que hubo, tanto en la caída de las cotizaciones bursátiles como en el perjuicio que se afirma haber sufrido por parte de los accionistas".

RECHAZA LA TEORÍA DE LA DEFENSA

No obstante, el tribunal rechaza el planteamiento de la defensa de Currás, que "niega radicalmente la existencia de cualquier falsedad" contable porque la instrucción no habría logrado establecer una "verdad de referencia" para comprobar la desviación respecto a la misma.

A esto, los magistrados responden que el delito de falsedad contable recogido en el artículo 290 del Código Penal no se refiere a "la mera mutación de la verdad de datos contables exactos y perfectamente establecidos de una entidad mercantil", sino a que se prive a los destinatarios de esos datos contables --ya sean la propia sociedad, sus socios o terceros-- de una información veraz que refleje la auténtica situación económica y financiera de la empresa.

Así, señalan que Abascal parece anudar el delito a "la utilización de criterios contables irregulares, no admisibles, más que estrictamente falsos, como contrarios a la verdad, (...) aunque con el resultado de no reflejar fielmente la auténtica y objetiva situación económica y financiera de la entidad, en los estados contables correspondientes a los años 2016 y 2017".

En concreto, apuntan que estas maniobras serían "previsiones de ingresos no justificadas o la irregular periodificación de ciertas partidas a través de la utilización oportunista de varios ejercicios contables y su incorrecta imputación en ellos".

UN DELITO DIFÍCIL

En este contexto, la Sala ha querido poner de manifiesto "la dificultad interpretativa del tipo penal", por sus "dificultades técnicas" y, sobre todo, porque "adolece de una gran inconcreción", lo que obliga a acudir para su interpretación a "los principios generales del Derecho Penal, entre ellos el de lesividad, intervención mínima y proporcionalidad".

A este respecto, los magistrados subrayan que para apreciar el delito tipificado en el artículo 290 no basta con "una mera transgresión formal de normas administrativas contables que pudieran producir un peligro en abstracto, sino que ésta tendría que ser de cierta entidad o capacidad de impacto, idónea, para producir un perjuicio económico, lo que conlleva una cierta necesidad de concreción del peligro".







No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

#15076

Re: Notición...!!! El juez decidirá si las supuestas maniobras contables son la única causa de su desplome ....



Esta noticia lo puede cambiar todo, el juez ve indicios de que el hundimiento de la cotización ha podido producirse no solo por la falsedad contable de Currás sino por la presión de ciertos grupos para hacerse con el control de la empresa!!! toma ya!!

Menudo regalo de Santa Claus le han dejado al mafioso debajo de su arból de navidad chupate esa mafioso!!!!!!!!!!

Puede que se reabra la causa contra el por el hundimiento de DIA!!!

Tenemos otro caso ZED LETRA POR LETRA esta pasando lo mismo!!! son casos totalmente idénticos!!! el ruso al final se come el roscón en un "calabozo" ...!!

Es la misma historia letra por letra el caso ZED y el caso DIA son idénticos no cabe duda de ello:

En este sentido, la Sala entiende que en la depreciación de las acciones de la mercantil podría haber influido un "conjunto de circunstancias", entre las que menciona "un ambiente sumamente especulativo sobre sus acciones sociales", "el anuncio de una previsión muy negativa de ganancias futuras" y "la objetiva existencia de operaciones financieras de gran calado para hacerse con el control de DIA por parte de potentes grupos inversores".





Saludos.

No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

#15077

Re: Notición...!!! El juez decidirá si las supuestas maniobras contables son la única causa de su desplome ....

Yo lo veo al revés. Estan exculpando a Curras con mentiras como que "falsificar la contabilidad no afecta a la cotización de las acciones", en ningún momento estan diciendo que vayan a inculpar al ruso. Al final todos seran inocentes y todos se quedarán con lo trincado.
#15078

Re: Notición...!!! El juez decidirá si las supuestas maniobras contables son la única causa de su desplome ....



Exactamente devuelve al juez instructor para que enfoque por donde tiran las pesquisas, ya que el hundimiento de las acciones es por causa de varios motivos y reconoce que uno de esos motivos es debido a la presión sometida a DIA por parte de los grupos que querían hacerse con el control de la empresa eso lo deja claro el juez en el texto.

Es muy parecido al caso ZED, buscaron en el caso ZED a un cabeza de turco al que acusaron de ser el con su gestión quien hundió ZED, pero esto no fue así, primero quitaron al ruso liberándole de culpa pero luego ha sido acusado y esta enjuiciado por el caso ZED Fridman...

Igualito que DIA es que lo mismo!, si te fijas el ruso acusaba a Currás del desplome de la cotización, pero quien hundió DIA fue el ruso con sus actividades de bloqueo liquidez y todo lo que ha venido después, el juez lo ha visto claro y a si lo recoge en el texto citado.


Este juez devuelve al instructor para que determine que camino tomar, el camino a tomar puede ser imputar a Fridman, ya que esta claro que la acción se desplomo y causo grave daño a los accionistas ahora hay que determinar quien fue el culpable de esa caída de la acción y que la empresa entrara en bancarrota por que por amañar unas cuentas el juez no ve que haya sido el motivo para que la empresa entre en quiebra!!.. esa es la clave ve indicios que los motivos del hundimiento han sido otros.

Esta archivada la causa contra Fridman por el hundimiento de DIA y esto puede ser el detonante para abrirla como imputado el también...

Saludos.

No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

#15079

Re: Notición...!!! El juez decidirá si las supuestas maniobras contables son la única causa de su desplome ....



Es que son dos casos IDENTICOS:

El pasado 25 de febrero el juez acordó el sobreseimiento provisional de la investigación a Mikhail Fridman por la quiebra de Zed, ratificando la decisión adoptada en diciembre al no encontrar pruebas de su supuesta "asfixia" a la compañía.

Pero en un auto fechado ayer, la sección cuarta de la sala de lo penal concluye que "no resulta descartable" que en la posible despatrimonialización e insolvencia de Zed haya participado Fridman, "en su indiciaria condición de persona, situada formalmente en un segundo plano, pero con evidentes poderes de decisión".

La Sala ve plausible que Fridman, mediante una "ilícita operativa contraria a las reglas del libre mercado", y con "opacidad defraudatoria", interviniera en "la ruina económica" de Zed, ya que la fase de instrucción "no está agotada".

No puede por tanto "precipitadamente descartarse la relevante intervención de Mikhail Fridman" en la insolvencia de Zed, pues "determinada documentación y varias declaraciones" le sitúan en la toma de decisiones estratégicas empresariales adoptadas en aras de aquella insolvencia".

La Sala entiende que de la conducta de Fridman puede desprenderse conductas que se corresponden con los delitos de pertenencia a organización criminal, administración desleal, apropiación indebida, insolvencia punible y corrupción en los negocios.

Lo que sí rechaza la Sala es la pretensión de Isabel Pérez Dolset, hermana del fundador de Zed, Javier Pérez Dolset, de vincular esta operación con el caso Tándem, abierto en la Audiencia Nacional y que investiga al excomisario José Manuel Villarejo por presuntos delitos de blanqueo y organización criminal.

El caso se remonta a 2016, cuando Javier Pérez Dolset presentó ante la Fiscalía una denuncia por una serie de actuaciones personales y societarias de sus socios, entre los que figuraban empresas vinculadas y controladas por Fridman, que podrían constituir una absorción ilegal de empresas.

Apenas un año más tarde, en 2017, la Audiencia Nacional abría una causa contra el propio Pérez Dolset y otras diecinueve personas, por un presunto delito de fraude de subvenciones en la compañía, que habría ocasionado un perjuicio de más de 100 millones de euros.

No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

#15080

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Es que este pollo de Fridman tiene toda la pinta de que se aprovechó del falseamiento de las cuentas para tirar la acción, echarle la culpa a unos cuantos y poderse quedar con toda la empresa por mucho menos de lo que debería de haberlo hecho por lo legal. Sacando tajada de la caída, de la reestructuración y beneficiándose de la aportación del resto de accionista en dos AK para luego presumiblemente hacer una OPA de exclusión y conseguir su objetivo de hacerse con un empresón saneado a precio de saldo y con un potencial brutal a X años vista con unos buenos gestores que ya tiene. 
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