La verdad que tal y como están redactadas las BBLL se entiende que 🙄:
1. Apertura de cuenta en mes 1.
2. Domiciliación nómina desde mes 2.
3. Abono 💸 desde mes 3.
Pero es que no se cumple nada con los casos que estamos viendo, sobre todo la casuística de apertura, nómina e 💸 el mismo mes 😵😵😵
BBLL👇
Domiciliar una nómina/pensión (abono de haberes) por un importe igual o mayor a
850,00€ durante alguno de los 13 meses siguientes a su apertura con una bonificación máxima de 12 mensualidades. A estos efectos, si en cualquiera de esos 13 meses no se recibiera dicha domiciliación de la nómina/pensión en la Cuenta Digital, no se abonará la parte correspondiente a ese mes (50,00€ brutos / 40,50€ netos).