Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100. Deducción por movilidad geográfica AEAT
¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?
La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
Artículo 19.2
En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?
Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.
Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.
¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?
La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.
Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica
Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.
👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.
Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.
¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?
Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:
📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.
La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.
Cuantía de la reducción por movilidad geográfica
El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.
Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.
Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica
Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.
Consejos para aplicar la deducción correctamente
✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.
Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
Entiendo que en este caso, tu anterior empresa te dio de baja en la Seguridad Social por el despido pero tu no te inscribiste como demandante de empleo en la oficina del INEM. Por tanto, no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta.
Respecto a las peculiaridades que mencionas, no entiendo si pueden ayudarte en este caso, de todos modos acude a un asesor fiscal a consultarlo. Un saludo.
en respuesta a
Amparo Sisternes
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#99
08/05/13 12:08
Hola:
Segun la vida laboral no aparezco desempleado esos dias, pero la empresa que me contrato me hizo firma un documento llamado "IDC Informe de Datos para la cotizacion" en el que figura mi nombre como trabajador y los datos de la empresa y en la cual existen añadidas una serie de peculiaridades de cotizacion como:
--> tipo de peculiaridad - 04 incremento de tipos : fraccion de cuota - 05 Desempleo clase obrera (01-04)
--> tipo de peculiaridad - 04 incremento de tipos : fraccion de cuota - 02 F.C.E. Por desempleo (01-04)
Este documento se lo tuve que firmar a la empresa y mandarselo, aunque como te digo en mi vida laboral pone baja de la empresa el dia 31.03 y alta en la nueva el 04.04 (a pesar de que mi contrato esta firmado a fecha dia 01.04).
Deberás de acudir a la oficina de empleo y solicitar un histórico para ver si estuviste desempleada durante esos días. Un saludo.
#96
08/05/13 10:22
Hola:
Mi caso es el siguiente: Yo en enero del 2011 estaba cobrando una prestacion por desempleo. En febrero empece a trabajar en otra empresa dentro del mismo municipio y al poco me salio una oferta para cambiar de empleo, esta vez desplazandome (de la comunidad valenciana a Madrid). Yo presente a la empresa en la comunidad valencia la baja voluntaria (y en la vida laboral viene la baja a fecha 31.03) y me desentendi (la otra empresa me mando contrato y se encargo del alta y demas). En mi vida laboral la nueva empresa esta reflejada el alta a fecha 04.03. Entiendo que estuve 3 dias desempleado.
Tengo contrato de trabajo y un contrato de alquiler que refleja el cambio de domicilio, pero no se yo si esos dias estaba desempleado o no y por tanto si tengo derecho o no a poder marcar la casilla 19 de la movilidad geografica.
Personalmente, puedes seguir aplicando la reducción por movilidad geográfica en 2012, haciendo referencia al primer cambio de domicilio ya que es el que cumple los 3 requisitos que son necesarios y porque esta reducción se puede aplicar durante el el año en el que se produzca la aceptación del puesto de trabajo con el traslado de nuestro domicilio habitual y el siguiente independientemente de la duración del contrato de trabajo.
En el próximo año 2013, ya no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica. Un saludo.
Nuevo
#93
06/05/13 23:20
Hola Amaparo,
Mi caso no lo he visto reflejado en ningún otro comentario, con lo que te lo planteo a continuación:
2011: Apuntado al oficina de empleo de valencia. Me mudo a Madrid ya que encuentro un contrato laboral en una empresa de Madrid
2012: Realizo la declaración de la renta y me aplico la deducción por movilidad geográfica que es aceptada
2012: Cambio de empresa a otra ubicada también en Madrid, y sigo con el mismo domicilio fiscal también en Madrid
2013: Me puedo seguir aplicando la reducción por movilidad geográfica?
En la legislación del IRPF no indica que si no se está trabajando durante el segundo ejercicio no se pueda aplicar, como comento en el artículo:
Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que este situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero si, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.
La normativa tampoco limita la aplicación de la reducción por movilidad geográfica a la duración del contrato de trabajo.
Por lo que yo si que lo aplicaría en esta Declaración de la Renta de 2012. Un saludo.
en respuesta a
Amparo Sisternes
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Nuevo
#90
06/05/13 11:56
Muchas gracias Amparo
y aparece reflejado en algún sitio que da igual que sigas trabajando o que no???
porque he llamado a hacienda, y unos me dicen que este año ya no puedo practicar esa reducción porque en el segundo empleo ya no he cumplido los requisitos de haber estado en el paro,etc,.... otros dicen que sí...no se que hacer.
En tal caso no podréis aplicar la reducción por movilidad geográfica ya que no cumple el requisito de Haber estado inscrito en la oficina de empleo. Un saludo.
Si, la reducción por movilidad geográfica se puede aplicar durante el el año en el que se produzca la aceptación del puesto de trabajo con el traslado de nuestro domicilio habitual y el siguiente; independientemente de que sigas trabajando en este puesto o no.
Un saludo.
Nuevo
#87
06/05/13 04:56
Hola,
en septiembre del año pasado en la empresa donde trabajo fuimos trasladados varios trabajadores de Barcelona a Madrid ya que el cliente al cual damos servicio se fusionó con otra empresa más grande y se decidió por motivos técnicos, de producción y económicos que desempeñáramos nuestras funciones desde la capital. Nuestra duda es si podemos pedir la reducción por movilidad geográfica, ya que tenemos la carta con los motivos del traslado y dependiendo del caso también contamos con contrato de alquiler, empadronamiento o cambio de domicilio fiscal; pero no estuvimos inscritos en la oficina de empleo porqué nuestro contrato sigue siendo el mismo, sólo que un día nos dieron de baja y el siguiente nos dieron de alta en la Seguridad Social, en la misma empresa pero esta vez con el CIF de Madrid.
Muchas gracias de antemano.
Nuevo
#86
03/05/13 14:48
hola amaparo
Si en la renta del año 2011 cumplias con los requisitos de movilidad, y a finales del año 2012 cambias de empleo, sigues pudiendo practicar esa reduccion???
en respuesta a
Amparo Sisternes
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Nuevo
#85
02/05/13 18:04
Muchas gracias, me ha encantado la rapidez con la que has reapondido.
Es requisito imprescindible haber estado inscrito en la oficina de empleo en los días anteriores a la aceptación del puesto de trabajo, y por lo que comentas este no es tu caso ya que dejaste de informar sobre tu situación de desempleo. En tal caso, no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica. Un saludo.
Nuevo
#83
02/05/13 15:23
Hola,
Mi caso es algo complicado pero voy a intentar explicarlo con claridad.
Siempre he vivido en Córdoba con mis padres y estuve inscrito en el paro de esa ciudad un tiempo, pero seguí estudiando y deje de sellarlo. En julio de 2010 me desplazo a Madrid sin trabajo para buscarlo in situ, con lo que tuve suerte y en septiembre de 2010 empecé a trabajar en una pequeña empresa. En enero de 2011 cambie de empresa y es en la que me encuentro trabajando en la actualidad. Me empadrone por primera vez en Madrid en noviembre de 2010.
Este año me he enterado hablando con mis compañeros de esta deducción por traslado. Mi pregunta es: ¿Con mis condiciones podría haber optado a esta ayuda? y es así, ¿Puedo reclamarla ahora? ¿Como podría hacerlo?
Es requisito imprescindible haber estado inscrito en la oficina de empleo, aunque solo haya sido un día. Si no cumples con este requisito no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu próxima Declaración de la Renta de 2012. Un saludo.
Nuevo
#81
02/05/13 10:47
Buenas, tengo una duda sobre dicha deduccion. Mi caso es que estuve desempleado durante un dia y no m di de alta en inem puesto que no tenia todavia la documentacion para aportar y en lo que acepte un trabajo en otra comunidad por que no me dio tiempo para seguir con el tramite en la oficina de desempleo.
Estaria apto para la reduccion por movilidad geografica. Muchas gracias