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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.

Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.

  • 👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
  • 📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
  • 🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?

Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:

  • 📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • 📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • 💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • 📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.

La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.

Consejos para aplicar la deducción correctamente

  • ✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
  • ✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
  • ✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
  • ✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
  • ✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.

Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
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  1. Nuevo
    #60
    20/04/13 15:05

    Buenas tardes. Soy nueva en hacer declaracion de la renta y tengo una duda con respecto a la movilidad geografica. Yo soy de albacete, y por tanto alli estaba empadronada. Estuve trabajando en madrid, se acabo mi contrato y me apunte al paro en madrid ( no en mi comunidad), me salio un trabajo en madrid por el q ya he cambiado aqui mi residencia ( he cambiado mi empadronamiento de albacete a madrid) y tengo contrato de alquiler, etc. Puedo beneficiarme de la reduccion por movilidad geografica?? Tengo mis dudas pues yo me apunte al psro en madrid y no en mi comunidad autonoma y no se si esto ya invalida la aplicacion de la reduccion. Muchas gracias.

  2. en respuesta a iratxe.perales
    -
    Top 100
    #59
    17/04/13 16:28

    La puedes aplicar sobre todo el año 2012, es decir sobre la Declaración de la Renta de 2012 y sobre la de 2013. Como te digo, no hay ninguna limitación sobre el tiempo que tengas que estar fuera de tu municipio trabajando.

    Un saludo.

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #58
    iratxe.perales
    17/04/13 16:15

    Gracias Amparo. Aun asi, no entiendo si la reduccion se me aplicará sobre el 100% del ejercicio, o solo sobre el 50% de os rendimientos del trabajo totales (pues solo estuve 6 meses fuera).

    Una cosa más, puesto que he vuelto a Barcelona, en 2013 ya no podré solitar esta reducción, no? He visto que te dejan hacerlo durante el mismo ejercicio y el siguiente.

    gracias!

  4. en respuesta a iratxe.perales
    -
    Top 100
    #57
    17/04/13 16:05

    Bienvenida a Rankia,

    Puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica ya que no existe ningún limite sobre los meses que tienes que estar trabajando para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica.

    Un saludo.

  5. #56
    iratxe.perales
    17/04/13 13:23

    Hola Amparo,

    Tengo una duda con este tema porque mi caso es bastante complicado.
    De enero a marzo de 2012 trabajaba en Catalunya, hasta que finalizómi contrato y me apunte a solicitante de empleo en el INEM como desempleada.
    Me contrataron en una empresa en Madrid, por lo que cambie mi residencia y me fui a Madrid a trabajar con un contrato de 6 meses. Modifiqué mi padrón al llegar a la comunidad de madrid.

    En octubre de 2012 finalizó mi contrato en Madrid, y la empresa de Barcelona donde trabajaba me volvió a contratar, por lo que he vuelto de nuevo a Barcelona, y me acabo de empadronar de nuevo aqui (sin haberme apuntado antes a desempleo).

    Mi pregunta es, mi reducción por movilidad geografica, solo se aplica a esos meses que estuve fuera, o la puedo aplicar a todo el ejercicio y también al siguiente (2013)?
    El porcentage de IRPF que solicité a la empresa de madrid fue de 2 puntos menos de lo que debería ser, pero ahora en barcelona ya lo estoy haciendo normal. Es correcto?

    Muchas gracias!! estoy hecha un lio :(

  6. en respuesta a Gianpaolo
    -
    Top 100
    #55
    15/04/13 16:31

    Buenas tardes,

    En el primer caso, no cumplías con el requisito "Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio" ya que aunque te hubieras trasladado, no tenias como probarlo. Pero en el segundo caso si. Puedes aplicarlo en la Declaración de la Renta del 2011 y en la del 2012.

    Yo si que pondría directamente esta deducción para este año 2012. Un saludo.

  7. Nuevo
    #54
    15/04/13 15:56

    Hola, tengo una duda respecto a la movilidad geográfica, ya he hablado con cinco personas de hacienda y he recibido cinco respuesta diferentes e incompatibles... así que lo intento también aquí, que me parece se conozca bien el tema.
    Mi situación es la siguiente:
    En el 2010, de mayo a mitad de noviembre, estuve en paro en Mallorca.
    A mitad de noviembre acepté un trabajo en Granada, pero el contrato era para un mes y no hice ni traslado ni nada, estuve alojado en casa de un conocido y seguí estando empadronado en Mallorca, donde seguía teniendo contrato de alquiler.
    El año siguiente, en enero 2011, me hicieron un contrato nuevo y hice el traslado, con nuevo empadronamiento, cambio de residencia fiscal, etc.
    Ahora, creo de cumplir con todos los requerimientos para la movilidad geográfica (haber estado dado de alta en al INEM, haberme cambiado de municipio, etc), pero mi duda es sobre los años en que pueda aplicar la deducción. Sería 2010-2011 o 2011-2012?
    En la norma encuentro escrito "Esta reducción se aplica en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente". En mi caso tengo el certificado de empadronamiento en el nuevo municipio con fecha de junio 2011 (bueno, tardé un poco, eso es cierto), entonces mi interpretación es que pueda aplicar la deducción para el periodo 2011-2012. En hacienda algunos dicen que sí, otros dicen que no. Lo que me parece claro es que en ningún sitio se pida que el cambio de residencia tiene que ser contextual a la firma del nuevo contrato.
    Me han incluso aconsejado de no poner nada en esta declaración y, una vez cobrada la devolución, pedir que la revisen para ponerme la deducción.
    Muchas gracias por cualquier aclaración me podáis dar, un saludo.

  8. en respuesta a anateacher
    -
    Top 100
    #53
    10/04/13 17:14

    Bienvenida a Rankia,

    Con tener el contrato de alquiler es suficiente para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica en la próxima Declaración de la Renta. En el borrador de la Declaración de la Renta no se en que punto se añade esta reducción.

    Si haces la Declaración de la Renta con el programa PADRE tendrás que ir al menú superior -- Ver -- Datos personales -- Datos adicionales -- Movilidad Geográfica

    Al hacer esto, el programa PADRE duplica la reducción por movilidad geográfica en las casillas 417 y 419. Un saludo.

  9. Nuevo
    #52
    10/04/13 16:53

    Hola,
    Este año creo que cumplo los requisitos para solicitar la reducción por la movilidad geográfica. Durante este verano he estado inscrita al paro y mi domicilio habitual lo tengo en Albacete. En septiembre me incorporé a trabajar en Guadalajara, por lo que he cambiado mi domicilio, no estoy empadronada en este nuevo domicilio, pero sí tengo contrato de alquiler. ¿Es necesario que me empadrone?

    Por otra parte, lo que no se es como puedo solicitarla al hacer la modificación del borrador, que casilla corresponde?

    Muchas gracias

  10. en respuesta a tony111
    -
    Top 100
    #51
    09/04/13 17:14

    Bienvenido a Rankia,

    Por lo que me comentas, cumples con los 3 requisitos necesarios para aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta:

  11. Haber estado inscrito en la oficina de empleo.

  12. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.

  13. Trasladar tu residencia habitual a un nuevo municipio.
  14. No existe ninguna cantidad máxima, ni requisito adicional para poder aplicar tal reducción. En el borrador, deberás indica cuál es tu actual residencia habitual, la del nuevo municipio.

    Un saludo.

  15. Nuevo
    #50
    07/04/13 16:18

    Muy buenas, soy nuevo en esto de la renta y quisiera saber datos sobre la desgravación por movilidad geográfica.
    -Tengo un sueldo bruto de 28650 euros aproximado, me he cambiado de provincia a causa del trabajo, me encontraba desempleado en ese mismo momento aunque solo tenía la mejora de empleo en el INEM. Tengo también contrato de arrendamiento de la vivienda donde resido y un cetificado del ayuntamiento del lugar de trabajo.

    -Quisiera saber si puedo poner la movilidad en mi declaración de la renta.
    -Si debo de cambiar los datos de la vivienda fiscal antes de confirmar el borrador en la página de la agencia tributaria.
    -Y por último y más importante si hay una cantidad máxima por los rendimientos del trabajo que no me permitan realizar tal desgravación.
    Muchas gracias y un saludo.

  16. en respuesta a Romanrdgz
    -
    Top 100
    #49
    05/04/13 10:49

    Buenos días,

    Entiendo que si la Agencia Tributaria no te acepta la reducción por movilidad geográfica, te llegará un aviso a casa avisandote que tienes que hacer una Declaración complementaria. Y si presentas la complementaria en el plazo establecido, no creo que tengas ninguna multa adicional.

    A tu segunda pregunta, si tienes algún justificante (recibo alquiler de piso, recibos de la luz...) que justifiquen que te has trasladado a Madrid desde que cambiaste de trabajo, no tiene el porque de haber ningún problema.

    Un saludo.

  17. #48
    05/04/13 09:39

    ¿Qué ocurriría si marcas la casilla de reducción por movilidad geográfica y luego no te la aceptan? (Por ejemplo, según la duda que pregunté aquí mismo hace un par de meses, si no estás inscrito en el paro)

    ¿Te impondrían una multa o simplemente te corregirían la declaración y te comunicarían el nuevo importe a pagar o a devolver?

    ¿Habría algún problema teniendo en cuenta que no he cambiado el domicilio fiscal hasta esta semana que lo vi en el borrador, llevando ya un año en Madrid?

  18. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #47
    04/04/13 16:40

    Aclarado entonces aunque...no estaría mal que fuese la primera opción! :)

    Muchas gracias y un saludo!
    Jose Carlos

  19. en respuesta a Jose_karlos
    -
    Top 100
    #46
    04/04/13 16:23

    Bienvenido a Rankia,

    La reducción que se aplica por movilidad geográfica es del 100% sobre la reducción general por rendimiento del trabajo, es la segunda opción que dices y el programa te lo ha calculado bien.
    En tu borrador no aparecía porque el borrador de la Declaración de la Renta es una ayuda gratuita que pone a nuestra disposición la Agencia Tributaria, y se hace en base a la información actualizada que tiene la Administración en ese momento a partir de empresas y bancos.

    Un saludo.

  20. #45
    04/04/13 16:03

    Muy buenas,

    Primero de todo gracias por la ayuda que ofrecéis!

    Mis dudas son:
    - ¿Cómo se interpreta que "Se incrementará en un 100% el importe de la reducción prevista en el apartado 1 de este artículo" que aparece en el art.20.2 de la ley 35/2006?
    - ¿Significa que se reduce el Rendimiento Neto del Trabajo en un 100%? o ¿que se aplica una reducción igual al 100% de la del art.20.1 de dicha ley (apartado c, en mi caso)?

    Cumplo todos los requisitos para obtener la Reducción por Movilidad Geográfica, pero en el borrador de este año no la aplican, así que he intentado modificarlo online y, al recalcular el resultado (antes de finalizar todo el proceso de modificación), veo que el importe de la reducción aplicada es igual a la que me corresponde por el apartado 20.1 c) de la ley 35/2006, es decir, se me aplica la reducción general por rendimiento del trabajo (2.652€) más una reducción del Rendimiento neto por Movilidad Geográfica de otros 2.652€.

    Dentro de mi ignorancia y de que es la primera vez que accedo a este tipo de reducción, yo había interpretado una reducción total del 100% del rendimiento neto (rendimiento neto reducido = 0) pero no ha sido el caso y por eso surge mi duda.

    Muchas gracias de antemano y un saludo,
    Jose Carlos

  21. en respuesta a roberogo
    -
    Top 100
    #44
    04/04/13 09:22

    Bienvenido a Rankia,

    Entiendo que cumples los 3 requisitos necesarios para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica,

  22. Haber estado inscrito en la oficina de empleo.

  23. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.

  24. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.



  25. Para probar que el nuevo trabajo ha supuesto un cambio en tu domicilio habitual deberás estar censado en el nuevo municipio y / o tener un contrato de alquiler.

    Un saludo.

  26. Nuevo
    #43
    03/04/13 15:29

    Buenas tardes te comento:
    En abril vengo a una entrevista de trabajo a una Isla, en el cual me indican que empezaria a mediados o a finales de mayo, estoy apuntado en el inem de mi localidad y me traslado a esta nueva localidad... por motivos ajenos a mi me cambian la fecha de contratación para Julio del 2012, pero en mayo aprovecho para censarme en la isla asi como apuntarme al inem de aquí..tendría derecho a la reducción por movilidad geografica... en mi tierra de procedencia hacia más de un año que estaba sin trabajar... me corresponderia reduccion por movilidad geografica

  27. en respuesta a Anónimo 686804
    -
    Top 100
    #42
    03/04/13 12:01

    No se puede saber la cantidad a devolver por la omisión de la reducción por movilidad geográfica, depende de muchos factores.

    Un saludo.

  28. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #41
    Anónimo 686804
    03/04/13 11:32

    Buenas Amparo, gracias por responder tan rapido. La deducción del alquiler la tengo hecha en todos los años.

    Sobre la reducción de la movilidad geografica, ¿cuanto puede ser lo que me devuelva hacienda? Puedes poner un ejemplo, para un trabajador que gane 15.000euros, 20.000 euros por ejemplo, otro 30.000 . Para hacerme mas o menos una idea, claro que si es poco la dejo tal como esta.

    He visto que se peude modificar la declaración de Hacienda hasta 4 años atras, este sería mi ultimo año para modificarla.

    Muchas gracias, ¡VIVA RANKIA! ten un buen dia.