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Participaciones del usuario W. Petersen - Hipotecas

W. Petersen 29/05/26 10:05
Ha respondido al tema Compra piso entre 3, mitad contado - Compraventa de vivienda
Te he constestado aquí, por si te sirve mi respuesta.https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/7347920-compra-vivienda-dos-50-contado-hipotecado?page=1
W. Petersen 29/05/26 10:05
Ha respondido al tema Compra piso entre 3, mitad contado - Compraventa de vivienda
Te he constestado aquí, por si te sirve mi respuesta.https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/7347920-compra-vivienda-dos-50-contado-hipotecado?page=1
W. Petersen 29/05/26 10:01
Ha respondido al tema Cancelación registral con CAIXABANK -Tracto Sucesivo ¿quién paga?
Tienes que solicitar que te hagan dos facturas separadas, la tuya y la del banco que incluya los honorarios de registro de fusión, te la harán pagar igualmente a ti como presentador del documento a registrar, incluso el Colegio de Registradores les da la razón en esto, lo digo por experiencia propia, lo impugné y me la tuve que comer, aunque en la impugnación "desapareció" un concepto que pretendia cobrar y no era correcto, era muy poco dinero, unos 12 €. Una vez pagadas las dos facturas, escribí al Servicio de Atención al cliente de mi banco, por aquí encontrarás los datos https://app.bde.es/ecm_www/ecm_wwwias/xml/Arranque.html?initOperation=beecm_www_InicioSesion  pidiendo que me reembolsasen el dinero que yo había anticipado al registro, lo abonaron en cuenta y listos, y he visto cosas similares de compañeros/as de trabajo en otros bancos y también sin problema, aparte de la burocracia de tener que reclamar. Les mandé las dos facturas, para que lo pudieran verificar, copia de la escritura de cancelación, copia del certificado de deuda cero y también de mi DNI.
W. Petersen 28/05/26 19:33
Ha respondido al tema Compra de vivienda entre dos: 50% al contado y 50% hipotecado.
Luego hay otra opción...... se trata de que le hagas un préstamo del 50% del dinero que vas a pagar como contado, lo formaliceis ante notario, con interés o sin él ...entre familiares no es obligatorio poner interés y luego la otra mitad del pago con hipoteca de los dos.Si ocurre algo con vuestra relación, podrás reclamar el préstamo, ante notario es difícilmente discutible.Puedes poner el plazo que acordéis, pago mensuales, trimestrales, semestrales .... Al final él tendrá que pagar la mitad del préstamo, tu la otra mitad, pero al mismo tiempo él tendra que devolverte a ti lo que no paga al banco porque solo tiene la mitad de la deuda, y pagas tu parte con el dinero que te devuelve.
W. Petersen 28/05/26 18:00
Ha respondido al tema Compra de vivienda entre dos: 50% al contado y 50% hipotecado.
Primero lo que es perfectamente legal:Es perfectamente posible que un banco otorgue un préstamo a una sola persona, y en la parte de la garantía como la misma es de dos personas, la tendrán que hipotecar ambos, lo cual significa que ante impagos futuros, irían contra la casa, toda la casa, no la mitad, se pondría a subasta y ya se vería el precio, pero el 100% de la casa.Con lo cual la deuda sería solo de tu pareja, pero con el apoyo de una garantía de ambos (no lo olvides), sobre una propiedad compartida, quien no fuera prestatario/a no respondería con más bienes (ningún otro) que su parte en esta finca.Para ello quien va a ser el único titular del préstamo será el, pero a la hora de analizar la concesión, sus ingresos y demás temas económicos, tendrán que estar dentro de sus parámetros, obviamente no los tuyos porque tu no serás ni prestataria ni avalista, solo (y no es poco) garantizarás la deuda también con tu mitad de la vivienda. Pero una cosa es lo que es legal y otra lo que quieran hacer varios bancos, uno solo o todos, vamos a ver ..... aquí lo predominante es "el café para todos", nada de cortados ni historias, la estandarización ahorra costes, salirse de ahí los incrementa. Lo habitual es que quien compre la vivienda sea a la vez titular de la deuda, del préstamo, si es uno, pues uno, si dos, pues dos ... etc., lo que tu pides no es estándar, es un cortado con leche fria de avena y sacarina, no es un un café solo :-) Paraa empezar me iría olvidando de banca on line, estos no se salen del estándar ni a punta de pistola, y te diré mas, pero es solo opinion personal, creo que mejor empieces por Cajas Rurales, Laboral Kutxa, Bankinter, incluso si es una zona donde Ibercaja, Kutxa o Unicaja están poco implantados, pues ahí también. No es ninguna norma pero los grandes reciben muchas operaciones y les es mas difícil salirse de lo habitual, pero insisto es una opinión muy personal.  
W. Petersen 27/05/26 18:54
Ha respondido al tema Burbuja inmobiliaria de la A a la Z
Parece que este analista de Rankia no acaba de coincidir con varios foreros que si tienen claro que estó se acabó !!!!https://www.rankia.com/blog/mejores-hipotecas/7343453-bajaran-precios-pisos-2026?utm_campaign=mandrill__hipotecas__20260527&utm_medium=email&utm_source=newsletter-tematica
W. Petersen 26/05/26 18:09
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Ya me han dado las explicaciones, a ver ... la comprobación de autenticidad pago se refier a verificar el CSV del modelo 600 presertnado apra comprobar su realidad.El problema es que el BOE sobre el arancel 4.1.E indica: Número 4. Publicidad formal.- 1. Por los distintos instrumentos de publicidad formal se devengarán las cantidades siguientes: e) Por otras certificaciones no comprendidas en los apartados anteriores: 6,010121 euros. Para empezar no es ninguna certificación, y aunque ciertamente en el año 89 cuando se publicaron los aranceles no existía el CSV, probablemetne no pueda aplicarse por "similitud".En cuanto al otro concepto de Art 9E de la Ley Hipotecaria y bajo rúbrica de arancel 3.2, éste dice: Número 3. Notas marginales. 2. Por las notas de constancia de la expedición de la certificación para expedientes de expropiación forzosa, reparcelación o compensación urbanística, las de entrega de capital en los préstamos hipotecarios, y las de afectación o adscripción de bienes de las Administraciones Públicas a determinados Organismos, y las de expedición de certificaciones de cargas para procedimientos ejecutivos se percibirán: 9,015182 euros Pero me indican que es por la obligación identificativa que establece tal 9 E de la Ley Hipotecaria. e) La persona natural o jurídica a cuyo favor se haga la inscripción o, cuando sea el caso, el patrimonio separado a cuyo favor deba practicarse aquélla, cuando éste sea susceptible legalmente de ser titular de derechos u obligaciones. Los bienes inmuebles y derechos reales de las uniones temporales de empresas serán inscribibles en el Registro de la Propiedad siempre que se acredite, conforme al artículo 3, la composición de las mismas y el régimen de administración y disposición sobre tales bienes, practicándose la inscripción a favor de los socios o miembros que las integran con sujeción al régimen de administración y disposición antes referido. También podrán practicarse anotaciones preventivas de demanda y embargo a favor de las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal. Con lo que sigo sin ver cuál es la relación con el arancel 3.2, entiendo lo de la obligación, pero el 3.2 habla de certificación ¿Qué se ha certificado, qui´ne ha solicitado tal certificación? La verdad es que tener que luchar por estas pequeñas cantidades, se hace tedioso y entiendo que mucha gente desista, es más cara la herramienta que el agujero. Sin embargo, para mi ya no es cuestión de dinero, es de la sensación de que te están tomando el pelo !!!!  que a lo mejor es todom correcto .......... Pero en esto de los aranceles generalizando y saliendo ya de este caso concreto,  ciertamente vienen de 1989, es decir 37 años .... Tienen razón debería actualizarse, no sé si por importe o por conceptos incluyendo los telemáticos, pues nada ...... que organicen un manifestación ante el Congreso de los Diputados, de la Calle Ferraz, de la Génova o las tres y pidan una actualización de aranceles, mientras tanto que los respeten. 
W. Petersen 25/05/26 17:44
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
A traves de la IA observo eso:Si la media es real y al 50% se le "añaden" conceptos por 40 o 50 €, estamos hablando de 56.000 € al año.¿Porque el 50%? No tengo ni la mas remota idea, pero es evidente que de una escritura de poderes o testamentos cuyos honorarios son normalmente de 60 a 80 €, dificilmente se puede meter nada ahí !!!!Y luego desde hace unos pocos años, los honorarios de hipotecas los pagan los bancos, aunque luego lo recuperen vía intereres en hecho del pago no cambia, y me imagino que ahí cualquier concepto no ajustado a aranceles no sería aceptado, tienen personal para verificar estas cosas. 
W. Petersen 25/05/26 11:06
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
 Ok ... pero es que además este concepto de 9E de la LH, salvo error por mi parte se refiere a la modiciación de linderos, cabida o georeferenciación, y en una cancelación de hipoteca no le veo que suponga esta gestión. O tal vez han aprovechado que se presenta un documento a registro y hubieran actulizado algo de tales conceptos, cosa que no se pidió en ningún momento.
W. Petersen 25/05/26 10:56
Ha respondido al tema Burbuja inmobiliaria de la A a la Z
Claro ... es que "este hombre" sabe no mucho, muchísimo .....  es evidente que algún día esto tiene que frenar o probablemente caer, pero como dices hace ya 4 años que lo indicaba.