El mínimo son 8000, en cualquier caso si fueron 9500 lo sobrepasa, sí que es verdad que no se hace prorrateo, pero se pasa de los 8000, desconozco ese límite de 10000€ del que hablas.
Ahora depende de la pensión, si la mujer cobraba viudedad, la pensión no es exenta y cuenta como renta en el IRPF, ahora sí como comentas tiene un 65% de discapacidad y la pensión que cobraba es una IPA, la renta está exenta del impuesto. También hay que comprar que otros ingresos puede tener afectos al impuesto a parte de la pensión ( rendimientos mobiliarios e inmobiliarios por ejemplo)
Eso es lo que dice la AEAT.
Requisitos que deben cumplir los ascendientes:
- Que tengan una edad igual o superior a 65 años.
- Que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%, cualquiera que sea su edad.
- Que convivan contigo al menos la mitad del ejercicio.
- Que no tengan rentas, excluidas las exentas, superiores a 8.000 € anuales.
- Que no presenten declaración con rentas superiores a 1.800 € anuales.