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Mutualistas: devolución del IRPF

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Mutualistas: devolución del IRPF
Mutualistas: devolución del IRPF
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Re: Mutualistas: devolución del IRPF

Según el sitio web de la Agencia Tributaria: la cuenta bancaria que indiques en tu declaración de la renta (IRPF), tanto si es individual como conjunta, debe cumplir ciertos requisitos básicos. Te los detallo a continuación: 

  1. Titularidad de la cuenta:

    • En declaraciones individuales, la cuenta debe estar a nombre del propio contribuyente.
    • En declaraciones conjuntas, la cuenta puede estar a nombre de cualquiera de los miembros de la unidad familiar (normalmente, de los cónyuges o progenitor con hijos).
  2. Entidad bancaria:
    La cuenta debe estar abierta en una entidad financiera domiciliada en territorio español.
  3. Número IBAN correcto:
    Hay que consignar el código IBAN completo (24 caracteres), ya que un error en este dato puede impedir o retrasar la devolución.
  4. Autorización implícita:
    Al presentar la declaración, el contribuyente autoriza a la Agencia Tributaria a realizar el ingreso (devolución) o cargo (en caso de domiciliación de pago) en la cuenta indicada.
  5. Cambio de cuenta:
    Si cambias de cuenta respecto a años anteriores, no es necesario comunicarlo previamente. Basta con que indiques la nueva cuenta en la declaración de este ejercicio.

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Re: Mutualistas: devolución del IRPF

Mivisa, muchas gracias por tu aportación, 
Así lo hare.  El abono, en el caso de que alguna vez nos abonen  los atrasos a Mutualistas, ira a la cuenta común con los dos como titulares y que referencie en el formulario.
Las declaraciones de IRPF  2024 y sucesivas las hacemos individual, cada uno en su cuenta
Muy agradecido