#6272
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
El código Procedimiento G229 de la Agencia Tributaria corresponde a la gestión del Modelo 100 (Declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas - IRPF).
Cuando en este procedimiento aparece el concepto Asunto: dt2_H100, hace referencia a una gestión específica vinculada a la Disposición Transitoria Segunda (DT 2ª) de la Ley del IRPF aplicada a herederos.
Si estás revisando el estado de un expediente con este asunto, significa que Hacienda está tramitando la devolución por mutualidades de una persona fallecida y se encuentra en la fase de verificar la declaración del IRPF (G229 / Modelo 100) presentada en su nombre o la rectificación correspondiente para aplicar el ajuste de la DT 2ª
Qué documentación suele requerir Hacienda en este punto?
Si estás revisando el estado de un expediente con este asunto, significa que Hacienda está tramitando la devolución por mutualidades de una persona fallecida y se encuentra en la fase de verificar la declaración del IRPF (G229 / Modelo 100) presentada en su nombre o la rectificación correspondiente para aplicar el ajuste de la DT 2ª
Qué documentación suele requerir Hacienda en este punto?
Para liberar el pago a los herederos a través del Modelo H-100, la Agencia Tributaria suele exigir que se aporte la siguiente documentación complementaria a través de la plataforma:
Para importes menores o iguales a 2.000 €:
- Certificado de defunción.
- Libro de familia completo.
- Certificado de Últimas Voluntades y Testamento (o Acta de Declaración de Herederos si no había testamento).
- Certificado bancario del IBAN donde se solicita el abono, firmado por todos los herederos, o una autorización formal con copia del DNI de cada uno.
Para importes superiores a 2.000 €:
- Toda la documentación anterior.
- Justificante de haber incluido este derecho de cobro (el dinero a devolver) en la declaración del Impuesto de Sucesiones