Acceder

Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

5,18K respuestas
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Página
350 / 364
#5236

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pues parece que no somos los unicos que "no cobramos" lo que nos deben 
segun EXPANSION:
 

Madrid: el Estado debe a la región 10.500 millones por servicios públicos "que no paga"

 
#5237

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Espero que podais dar respuesta a las cuestiones que se plantean con los siguientes antecedentes:

-Contribuyente fallecido sin testamento antes del inicio de la campaña de la renta.

-Se presenta su declaración pues ya disponía de número de referencia.

-En septiembre presentan autoliquidaciones del Impuesto sobre Sucesiones cada uno de los sujetos pasivos del impuesto.

-Se hace constar que el causante tiene derechos de crédito a su favor ante Hacienda aú  no firmes porque aún no habían tramitado su declaración. Se indica un importe estimado, pero no se incluye para el cálculo de la masa hereditaria.

-A principios de octubre presentan autoliquidaciones complementarias para corregir unas referencias catastrales y sus valores, y el recálculo correspondiente.

-Ayer u hoy han tramitado su declaración estimándose conforme, y ahora les figura que la devolución está retenida ya que el titular consta como fallecido.

- El importe es superior a 2000 euros.
- Las han presentado en modelo físico 650 en oficina liquidadora.

¿Deben presentar cada sujeto pasivo una nueva autoliquidación complementaria que solo incluya el importe de la devolución ya firme con la cuota que les corresponda? o ¿deben hacerlas ncluyendo todo lo anterior más este importe de la devolución? 
Yo entiendo que para cada derecho de crédito que pase a ser firme si el importe es superior a 2000 euros deben presentar nuevas autoliquidaciones complementarias por cada resolución firme, ya que es una exigencia que se señala en el modelo H 100; pero no estoy muy familiarizado con estos temas.

Sugerencias, correcciones, ...
Gracias 
#5238

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo igual ,en Septiembre cada semana un año  19-20-21 se paró y me falta 2022
#5239

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Conclusión mía ante el parón en seco de las devoluciones de mutualistas, hasta que no se engrase la maquinaria el próximo 5 de noviembre con la entrada masiva de dinero procedente del segundo plazo de la renta, no volverá a andar la máquina de las devoluciones, veremos hasta cuando da de si dicho engrase.
#5240

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

¿Se pararon todas las devoluciones o sólo aquellas que tenían algún tipo de modificación?
¿Alguien cobró alguna perteneciente a este último grupo?
#5241

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo las veo todas todas paradas, unas y otras y controlo unas cuentas
.
#5242

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Tengo la sensación que se ha parado el empuje de las mutualidades. En el caso de unos amigos ha ido rapidísimo 2019, 2020 y 2021 pero el 2022 se ha frenado.

¿Estáis en esa situación o seguís avanzando?
#5243

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo, en Sevilla exactamente igual. Cobrados, 2019, 2020, 2021 y del 2022 no se sabe nada. 
#5244

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Buenas, a nosotros nos sigue faltando el año 2022 que ni nos aparece. No sé hasta cuándo vamos a seguir así...
#5245

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

En el caso de estos amigos, quizás sea coincidencia, la renta del 2022 no la presentaron conjunta sino individual (porque una parte no estaba obligada y la otra salió devolución). 

¿Cómo actuarían en esos casos? Por entiendo que deberían realizar la rectificación conjunta e individuales y la que sea más favorable, realizar la rectificación.
#5246

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Según tengo entendido tenían hasta el 31 de Diciembre de este año para realizar todos los abonos 🤷🏻‍♂️
#5247

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Otra duda, si la renta del 2022 no la presentaron conjunta sino individual (porque una parte no estaba obligada y la otra salió devolución). 

¿Cómo actuarían en esos casos para su rectificación?
#5248

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Realizaran las rectificaciones a las dos individuales presentadas ya que el modo de tributación, individual o conjunta, no se puede cambiar pasado el plazo de presentación en campaña normal 30 de junio de 2023.
#5249

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Así es pero a todos nos ha quedado claro desde el año pasado que esta gente se lo pasan todo por el arco del triunfo y les importa poco los retrasos y la generación de intereses de demora que se han convertido en un gran despilfarro de dinero, doble despilfarro diría yo, por un lado emiten deuda pública, bonos o letras al 3% o 2%, con ese dinero pagan las devoluciones y los intereses de demora al 4,0625%, por tanto, la broma le está saliendo al erario público con un sobrecoste del 6% o 7% que se podía haber evitado fácilmente habiendo hecho las devoluciones on time o sea el año pasado, pero como el dinero público no es de nadie y el Tribunal de Cuentas parece que aquí no dice nada pues "ancha es castilla" y "aquí paz y después gloria".
#5250

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

A mi padre le falta 2020,sigue en su declaracion ha sido presentada.las otras tres cobradas ya hace dos semanas