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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#6211

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Por cierto, ¿sabes si el modelo H100 se puede cubrir online o hay que descargarse el modelo, cumplimentarlo, escsnearlo y adjuntar lo online?
#6212

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

a la declaración de herederos añdes justificante de la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones y a mayores si incluís certificado bancario de la cuenta en la que quereis recibir las devolucione, pues lo incluís (es muy práctico si teneis una cuenta en la que todos los titulares sois los herederos
#6213

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

entre esos trámites tributarios está la solicitud de devoluciones de declaraciones 
#6215

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Respecto a las declaraciones con modificaciones pendientes de DT2, ¿es posible que hacienda no diga nada después de tanto tiempo esperando?
¿Se ha realizado ya algún pago?
#6216

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

parece ser que salen las resoluciones a cuenta gotas y que empezaron con ellas en el segundo trimestre 
#6217

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

#6218

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Por favor, si alguien afortunado recibe la devolución de declaraciones modificadas que lo ponga aquí 
#6219

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Me apunto. 1 cobrada no modificada cobrada en vida y 3 pendientes póstumas modificadas para meter discapacidad.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L

#6220

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

En los casos de fallecimiento antes de cobrar, recomiendo que darse de alta en el registro de sucesores del fallecido en la AEAT. Esto no tiene que ver con el H-100 luego cuando finalmente se vaya a cobrar.
https://www3.agenciatributaria.gob.es/Sede/colaborar-agencia-tributaria/registro-sucesiones-representaciones-legales-menores-incapacitados.html

Adjunta:
  - Certificado de defunción.
  - Certificado de últimas voluntades.
  - Testamento.
  - Escritura de herencia. Tuve que comprimirla de 75 a 6 MB porque no deja subirla.
  - Anexo III relleno y opcionalmente con firma digital.
  -X DNI no necesario porque identificas con certificado de usuario.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L

#6221

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Actualización caso que conozco con rectificación de autoliquidación en los ejercicios 2019, 2020 y 2021 y sin rectificación en el ejercicio 2022, retenida devolución del ejercicio 2024 y aún en tramitación declaración de la renta de ejercicio 2025.
Contribuyente fallecido el año pasado.

Mayo 2024, formulario 
Agosto 2024, funcionario habilitado presenta rectificación del ejercicio 2022 (la que no había sido objeto de rectificación de autoliquidación previa).
Mayo 2025, formulario.

Un hijo se da de alta en el registro de sucesores a finales de 2025

Principios de marzo 2026, resolución estimatoria del ejercicio 2022.

Mediados de julio 2026, resolución estimatoria de los ejercicios 2019, 2020 y 2021.

Hoy por la mañana notificaciones a la sucesora, con liquidación de cada ejercicio importe más intereses de demora.
Total a devolver y tras practicar deducciones liquidación de 0 euros. Que como se dijo, al no corresponderle a la viuda esos derechos de crédito del causante ante hacienda.
Por ello incluyen en estas notificaciones Pendiente de abono al que se dio de slta en el registro de sucesores.
Al mismo tiempo, notificaciones al hijo que se dio de alta en el registro de sucesores, con los mismos totales a devolver de las notificaciones a la viuda, ordenadas transferencias en el dia de hoy que también incluye intereses de demora entre cada una de las fechas de cada una de las resoluciones y la fecha de orden de pago, el día 2 de septiembre.
En estas notificaciones a viuda e hijo que figura en el registro de sucesores también está la devolución del ejercicio 2024, importe superior a 2000 euros.
En ningún momento se presentó modelo H-100.
La única documentación presentada fue la que se aportó al darse de alta en el registro de sucesores... quizás facilitó todo y que no requiriesen presentación modelo H-100 a que en esa documentación se incluyó el certificado bancario de una cuenta en la que son titulares el causante, la viuda y los hijos. No se me ocurre otro motivo para que no requieran modelo H-100 en las devoluciones superiores a 2000 euros ni complementaria de la autoliquidación del impuesto de sucesiones incluyendo el importe de esos derechos de crédito del causante ante hacienda una vez que son firmes (o sea, una vez que ya se tienen las resoluciones estimatorias).
Hoy por la noche, en su banco refrescan dstis en varios tramos horarios (uno de ellos a las 23:00) ya figuran todas las transferencias 

Pendiente de revisión/comprobación 
#6222

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Excelente noticia que no se requiera el H-100 ni el impuesto de sucesiones incluso siendo mayores de 2k.

Se me ocurre que quizás en las declaraciones modificadas con DT2 pendientes tengan prioridad si hay fallecimiento.

Yo me di de alta en el registro de sucesores pero no se me ocurrió enviar certificado de titularidad ya que lo entendía como un registro, no como una solicitud de devolución tipo H-100.

Hay un enlace para "Aportar documentación complementaria".😉
Creo que adjuntaré un certificaco de titularidad bancario por si acaso agiliza los trámites.
 

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L

#6223

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Quizá ni lo requieran en este caso porque el límite de los 2.000€ se aplique a cada heredero no al conjunto de ellos.
#6224

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

El límite de 2k es por devolución y encima se supone que se necesita un H-100 para cada una de ellas. Yo creo que les han dado orden de agilizar para terminar de una vez las DT2.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L

#6225

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Ojalá sea cierta la orden de agilizar las devoluciones, yo sigo esperando las 4 mías.