hola me puedes indicar la direccion defensor contribuyente, estoy como tu tres 19/20/21 que liquidaron mal y ahora estan paradas y no hacen nada. gracias y salud
A día de hoy sigo esperando la tramitación de las 7 declaraciones pendientes con alto importe de devolución, las presenté casi todas en los primeros días de campaña, siguen apareciendo en tramitación, 5 de las cuales son borradores sin modificar e iguales al año anterior en todos sus conceptos. De las devoluciones de las mutualidades ya ni me molesto en mirar, llegarán cuando lleguen.
Una pregunta "técnica" sobre el modelo H100. Supuesto: contribuyente jubilado mutualista que falleci en 2025 y recibió las resoluciones estimatorias de los ejercicios correspondientes a finales de 2025 y principios de 2026. Uno de lis hijos de dio de alta en el registro de sucesores en septiembre de 2025. El importe de la devolución de cada ejercicio por el tema de mutualidades supera los 2000 euros, la devolución de la declaración de la renta del ejercicio 2024 (presentada en 2025) también es superior a 2000 euros. Si el sucesor que se dio de alta solicita la devolución de todo online.¿El modelo H100 de cubre online a través de algún formulario o debe descargarse un modelo H100 y una vez firmado por todos los herederos, hacer foto con función de escaneo psrscwue des formato pdf y después adjuntarlo a otra documentación requerida como foto escaneada de complementaria de autoliquidación del impuesto de sucesiones y certificado bancario de una cuenta en la que figuran todos los herederos y el fallecido? Al seleccionar esa cuenta, ¿entiende hacienda que las reclaman y reciben todos los implicados o hay que explicárselo a hacienda? Gracias
Hola. Tengo unas dudas sobre la DT2 de mi padre fallecido que siguen pendientes por ser declaraciones rectificadas por otros motivos.
Tranqui, que este mensaje no es para preguntar qué hay de lo mío. Ya sé que las han dejado para las últimas. Posiblemente porque no las tramita un programa informático sino que las procesan manualmente.
Todavía ni he firmado la escritura de herencia.
El caso es que sé que existe el modelo H-100 que entiendo bien para cobrar las DT2 al final y acabo de descubrir eso del registro de sucesores que no sé muy bien cómo va.
No encuentro qué documentación se anexa. Entiendo que acreditar el fallecimiento y que eres sucesor. Lo típico imagino: DNI del sucesor, certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento. ¿Nada más?
Dudas: - En la web de la AEAT hay un formulario pdf descargable. ¿Hay que rellenarlo y se adjunta al resto de la documentación? - ¿La escritura de herencia notarial debe adjuntarse para el registro de sucesores?
Muchas gracias. Del H100 lo tengo todo controlado.
Es esto nuevo del registro de sucesores lo que no entiendo. Es otra cosa diferente al H100. Pide datos de la escritura de herencia como % y cuota de caudal hereditario. También número de protocolo de escritura de herencia. Parece que el registro de sucesores sólo es para que la AEAT te contacte para algo que necesite y el H100 es para cobrar.
Estos datos están en la Escritura de aceptación de herencia, el % y la cuota es la cantidad que hereda cada heredero y el número de protocolo se lo asigna el notario a la escritura, figura en la primera hoja en la parte superior y en la última página.
Si ya tienes el documento notarial de declaración de herederos, la escaneas y ahí ya está incluida toda la documentación exigida. Ese impreso es para quienes presenten los papeles físicos de solicitud de almacén el registro