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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#6031

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Si las devoluciones son superiores a 2.000€ te exigirá que lo declares en el ISD y habrás de presentarlo junto con toda la documentación que te exige.
#6032

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

he visto hace un rat  el estado de un contribuyente que falleció en 2025 y que de los 4 ejercicios que solicitó rectificación de autoliquidaciones a través del formulario, 3 de ellas habían sido rectificadas con anterioridad al tema de mutualidades y estas están "en tramitación" y la que no había sido rectificada ya está resuelta con devolución ... Los herederos ya pueden solicitar la devolución de la misma 


#6033

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

o esperar a cuenta estén todas las resoluciones porque según sus cálculos todas las devoluciones son superiores a 2.000 euros (hacer varias complementarias de la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones o una sola)
#6034

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

¿Les ha llegado notificación o carta de acuerdo de devolución?
#6035

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

El familiar qu  se dio de alta en el registro de sucesores, ha visto y descargado la notificación y resolución, el importe coincide con lo que había calculado. Es el del caso laaasrgo en exposición que puse hace unos días 
#6036

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

¿La notificación dice cuando se lo devuelven?

#6037

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Este es el caso y todo el desarrollo:


Tengo casi con precisión tidos los datos del proceso de rectificación de autoliquidaciones por ajuste dt2 a día de hoy de un jubilado mutualista.Antecedentes:Mayo 2023: presenta por registro solicitud de rectificación de autoliquidaciones por ingresos indebidos de los ejercicios 2018, 2019, 2020 y 2021. Noviembre/diciembre de 2023: resolución estimatoria.Mayo  2024: presenta solicitud de devolución por aportaciones a mutualidades laborales dt2 a través del formulario. Este formulario aplicaba para los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022.Agosto 2024: funcionario habilitado presenta rectificación del ejercicio 2022 (que no había sido objeto de rectificación previa al tema de mutualidades y cuya declaración original sin el ajuste de mutualidades arrojaba un importe a devolver de algo más de 100 €.)Diciembre 2024: hacienda deja sin efecto el formulario de 2024 y deciden realizar las devoluciones en varios años.Marzo 2025: fallece el contribuyente.Abril/mayo 2025: familiar cumplimenta el nuevo formulario mutualidades que señala que aplica a los ejercicios 2022 2021, 2020, 2019 y anteriores no prescritos; y presenta declaración de la renta del ejercicio 2024 del fallecido.Junio/julio 2025: se elimina el diferimiento en varios años de las devoluciones por ajuste dt2.Octubre/noviembre de 2025: hacienda tramita la declaración de 2024 estimándose conforme... La devolución está retenida ya que el titular consta como fallecido.... Expediente Ejercicio 2024  Modelo 100. En tramitación.Noviembre 2025: un familiar se da de alta en el registro de sucesores.Febero de 2026: Ejercicio 2022. Modelo 100. Finalizado. 10 de febrero de 2026Marzo 2026: 10 de marzo Notificación electrónica de la resolución estimatoria de la revisión de autoliquidación del ejercicio 2022 , que coincide con lo calculado en borrador elaborado.Esta resolución/expediente puede verlo el familiar que se dio de alta en el registro de sucesores aunque a día de hoy sigue figurando que este proceso aún está en tramitación.  Esa resolución señala que se enviará por correo postal a la dirección de notificaciones que figura en la web de Hacienda (aún están esperando ese correo certificado) y está dirigida al cónyuge supérstite en calidad de sucesor del obligado tributario Marzo de 2026:El 10 de marzo ese familiar recibe 4 SMS de hacienda:El primero señala que la agencia tributaria ha emitido una notificación al cónyuge supérstite en calidad de Titular.Los 3 siguientes son iguales y señalan que la agencia tributaria ha emitido una notificacion al cónyuge supérstite en calidad de Autorizado.El familiar que se dio de alta en el registro de sucesores solo puede ver en expedientes lo siguiente:Expediente: 2026......Estado de tramitación: Revisión finalizada.Historial del expediente:7 de mayo de 2024 (fecha en que se solicitó rectificación de autoliquidaciones por ajuste dt2 a través del primer formulario)10 de marzo de 2026: Resolución/Notificación de resolución., pero no da opción a pinchar para acceder a ella.Nota: tanto la devolución de la renta de 2024 como el resultado de la Regularización tras ajuste Dt2 superan en cada ejercicio los 2000 euros.¿Puede ser que como la resolución de la solicitud de rectificación del ejercicio 2022 lo es de un ejercicio que no se había rectificado previamente, le emiten Notificación al cónyuge supérstite en calidad de Titular y en la notificación/ resolución de rectificación de los ejercicios que ya habían sido rectificados previamente al tema de mutualidades, la emisión de notificación se hace al cónyuge supérstite en calidad de Autorizado.
#6038

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

El contribuyente jubilado mutualista falleció en 2025, pero tengo esa resolución y pone:

Cuarto: En ejecución de esta resolución procede:
Girar la liquidación provisional que se adjunta
Efectuar una devolución por importe de X euros.
Abonar los intereses correspondientes hasta la fecha de ordenación del pago.

Nota: también tienen pendientes solicitar la devolución de la renta de 2024, presentada en 2025 y tramitada conforme hacia finales de diciembre 

#6039

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Qué locura. Entre la renta 2025 que he presentado hoy y las 3 DT2 pendientes, son 4 devoluciones a un fallecido.

Tendré que presentar 4 veces el H-100 y como son superiores a 2k me pedirán el ISD donde vengan puestas esas cantidades.

La renta 2025 como ya sé el importe pues la meto ya en el ISD que no está presentado todavía, pero las 3 DT2 tendría que hacer 3 complementarias al ISD conforme se vayan aprobando.

Estoy pensando que como he calculado por mi cuenta las devoluciones DT2, puedo ponerlas ya en el ISD y me ahorro las complementarias.

¿Qué pensáis?

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L

#6040

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo he controlado el proceso de una persona fallecida en 2023. La devolución por DT2 de cada año era superior a 2.000 euros. Las ultimas se han cobrado este pasado lunes.
En ninguno de los ejercicios han exigido que se haga una complementaria del ISD. Solo pidieron la declaracion de herederos para dar de alta en el registro de sucesiones al heredero.
Esto no quiere decir que no se debe declarar en el ISD, sino que no lo exigen para cobrar.
#6041

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

tomo ✍, 👍🏻
#6042

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Huele a que no se dieron cuenta de que era >2k.
Literalmente el formulario exige copia del ISD donde venga incluida la devolución.

¿No presentaste justificante del ISD o presentaste el justificante pero sin incluir la devolución?

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L

#6043

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

No presente nada relacionado con el ISD, ni resguardo ni copia.

Sobre que se despistaran de reclamarlo ........  seria muy extraño porque los 4 ejercicios los reconocieron y pagaron en fechas diferentes. Me parece demasiado despiste.

El documento que has enviado corresponde a la devolución del IRPF del año de fallecimiento. Eso si lo presentamos (incluyendo el importe devuelto) pero solo en la devolución de renta del año de fallecimiento (presentada al año siguiente) pero no en la devolución de mutualidades que se ha producido mucho mas tarde
#6044

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

solicitasteis las devoluciones online en la web de AEAT ó formulario físico en Registro?
#6045

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Online y por 2 veces por el lio que montaron