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Interpretación Disposición Transitoria 34

5,1K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#4741

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Cuando dices  
"  Y si se vuelven a aplicar los coeficientes de la DT34.2,  muchos de los que se jubilen de forma anticipada e Involuntaria les interesará más dejar sus coeficientes y coger los de la JAV. " 
No hay que olvidarse de que a los de JAV si aplican la DT34.2 su BR ya ha sido castigada/reducida hasta la PM, en la que ademas tambien se aplican los coeficientes reductores.
Curiosamente desde 21 meses hasta 6 meses los coeficientes reductores son iguales en JAV y JAI, pero en los ultimos 6 meses vuelve a ser mejor los de la JAI. Saben como joder mas a los de JAV... 

#4742

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo de "timado" es un error mío. Lo de catalogar como Organismo a una Secretaría de Estado no...
#4743

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Creo que hablan de Secretaría (con tilde en la I) , que si debe ser un organismo, no una persona. 
#4744

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo he corregido. Una SECRETARÍA DE ESTADO NO ES UN ORGANISMO, sino una unifad administrativa del Ministerio. NO es lo mismo y no da buena imagen la confusión
#4745

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Bueno Paco, las dos cosas tienen los días contados…

A las JAV que les aplican esos coeficientes, sobre la BR (como a las JAI),  solo son a las que cumplen las condiciones de la DT34-3. Y en muy pocos años ya no habrá nadie que pueda cumplirlas.

Para las JAI, con BR cortita y pocos años de cotización, que ahora mismo (2026), podrían encontrar un alivio en la DT34-2, a medida que los coeficientes transitorios se vayan endureciendo,  la balanza irá indicando lecturas más a favor de las condiciones de acceso de las propias JAI.

Y después ya… las JAV serán las JAV y las JAI las JAI…
#4746

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

En España ni un Ministerio es un ORGANISMO. para serlo debería contar de personalidad jurídica y patrimonio propio. Tendría un presidente al que no mandaría nadie. Otra cosa es que si hace cosas que no gustan a la administración pública que lo ha creado (y nombrado a su presidente) pues se lo cargarían y ya está. Organismos públicos son REFE, ADIF, CORREOS, PUERTOS DEL ESTADO, ETC.
#4747

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La Base Máxima de cotización es correcto que son 5100€. Pero tu BR aunque estés cotizando hoy por la BM no puede ser 4335€. 
La BR se calcula con la suma de tus últimas 300 BC, actualizando las primeras 276 con el IPC hasta el mes 25 y dividiendo todo por 350.
Que tú tengas hoy una BM no implica que tus últimas 300 BC tb sean máximas, pero aunque lo fueran tu BR Máxima estaría en torno a los 3700€.
Luego la diferencia entre la BRM y la PM sería (3700-3359'6)*100/3700=9'2%. Y si lo quieres hacer mejor y calcular la diferencia con la  BR máxima actual (3740€) seria un 10'17%.
En marzo de 2025  la diferencia entre la BR máxima (3630€) y la PM(3267€) era de un 9'98%. Luego si comparamos la diferencia entre la BR máxima en un mes concreto (la BR suele crecer mensualmente) y la PM de ese año, desde que empezamos a incrementar las BC con IPC+1'2%, parece que la diferencia se ha estabilizado en torno al 10%. Tienes que tener en cuenta que aunque las BM suban un 1'085% más (1'2%-0'115%) al calcular la BR sumo 300 bases pero divido por 350, luego la diferencia entre el incremento BR y el incremento de la PM es mínima, aunque reconozco que algo más suben las BR máximas que la PM: 10'17%-9'98%=0'19%....pero en menor proporción de lo que suben las BM.

Y otra cosa: NO existe ni ha existido nunca trabajadores con BR>3800€. Y este es otro de los errores de la DT34, que te ponen ejemplos con BR inexistentes e incluso hablan de BC cuando se refieren BR.



#4748

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo, con BR de 3.400€, es decir poco más de 1% sobre PM.
No lo hice adrede...
#4749

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Una Secretaría de Estado es el órgano de un Ministerio que se encarga de una determinada rama de actividad de entre las diversas competencias del Departamento. Su rango es inmediatamente inferior al de Ministro. Una Secretaria de Estado es una mujer que es titular de la Jefatura de una Secretaría de Estado.
#4750

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Organismo Público es el SEPE, por ejemplo. Renfe, ADIF, AENA, Correos, etc. son empresas públicas. Obviamente, para la DT  34 esto es indiferente.
#4751

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo no idóneo del escrito no es lo de la Secretaria o Secretaría. Es obvio que ésta última, que es la correcta, es un ORGANO ADMINISTRATIVO de la Administración del Estado, que NO un ORGANISMO, que no tienen nada que ver. Parece una chorrada, pero denota un determinado nivel...
#4752

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

""No hay que olvidarse de que a los de JAV si aplican la DT34.2 su BR ya ha sido castigada/reducida hasta la PM, en la que ademas tambien se aplican los coeficientes reductores."

Es que a los que se jubilen con la JAI, si les interesan los coeficientes de la DT34.2 tb se los van a aplicar a la PM.
Te quiero decir que hay quien le interesa más que le quiten un 9'10%PM que entregar un 15%BR...una vez más se trata de los que tengan una BR JUSTA.
BR=3400€

1) Con JAI: P=85%(3400€)=2890€ y como es inferior al 96%PM=3225€, esa será su pensión.
2) Con JAV (DT34.2): P=90'9%PM=3053€

En cuanto a que a partir de una anticipación de hasta 6 meses los Coeficientes son mejores para la JAI es correcto.......pero, ¿Conoces a muchos que se jubilen voluntariamente con menos de 6 meses?
#4753

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ya sé que mi última preocupación, formalmente, poco tiene que ver con la DT 34. Pero da muestra de quiénes deben resolver, jurídicamente, sobre la misma.
#4754

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Correcto. Yo creo que lo de endurecer más las JAV ha sido, además de para retrasar la edad de jubilación, para diferenciar más las JAV de las JAI. Antes los que se jubilaban con la JAV se esperaban 3 meses y les correspondía casi la misma pensión que quien se jubilase con la JAI.
#4755

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Las BR no estan topadas, el resultado puede ser tan alto como lo permitan la integracion de las base maxima de cotizacion de los ultimos 25 años actualizadas (ya se que los ultimos 24 meses no se actualizan) y dividida por 350.
El calculo sencillo que yo hice es 5101 x 300 / 350 = 4335€ .
En el hipotetico caso de que la BRM no subiera en los proximos 25 años y la PM (3359€) tampoco subiera,  la diferencia actual del 29% es la correcta.
SI la BCM sube mas (IPC+1,2) que la la PM(IPC+0,115) , ese 29% aumentara.