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Interpretación Disposición Transitoria 34

2,39K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#2431

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Tranki Javi, que no había entendido nada malo de nuestras humildes intervenciones 😄
Saludos compañero 
#2432

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenos días.
Soy nuevo en el foro. Me gustaría saber si hay alguien que se haya jubilado anticipadamente por cese Involuntario, y que reuniendo las condiciones de: Años cotizados (>35), Pensión (Base reguladora corregida por años cotizados) > PM del momento de solicitar la jubilación, y adelanto entre 1 y 24 meses, se le haya aplicado la DT34.2, con sus coeficientes correctores a aplicar sobre la pensión máxima. O a la inversa: alguien que reuniendo dichas condiciones le hayan aplicado la 21/2021 a pesar de que resultara desfavorable con respecto a la aplicación de la DT34.
Gracias y saludos,.
#2433

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Te falta la condición de pasar 6 meses en el paro. ;)

Si es involuntaria de verdad, con todas las condiciones cumplidas, te aplican la involuntaria, salvo que te fuera más ventajosa la 34.2, que fue el caso en alguna ocasión comentada en el hilo.
#2434

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Sí, faltaba estar apuntado como demandante de empleo por más de seis meses, que por supuesto yo cumplía. Ahora estoy jubilado.
Si me haces el favor de indicarme cómo buscar casos parecidos al mío en el hilo te lo agradecería.
A mí NO me han aplicado la DT34 cumpliendo todos los requisitos y resultar más favorable, según el INSS, por ser una jubilación anticipada con cese Involuntario, y a pesar del criterio de gestión 4/2024 de marzo de 2024, simuladores, notas informativas de la oficina del INSS etc, etc. 
Gracias de antemano por la colaboración. 
Un saludo.

#2435

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Podrías presentar una reclamación si no estás conforme…
Para aconsejarte mejor necesitaríamos conocer más detalles.
¿En qué fecha te jubilaste, con cuanta antelación, cuál era tu BR corregida, cuantos años de cotización…?
#2436

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenos días.
Gracias por tu interés y por tu deseo de ayudarme, de verdad que se agradece, pero creo que conozco bien la legislación y los trámites a seguir y cumplo todos los requisitos para que se me aplique la DT34.2, por ser más beneficiosa en mi caso que la aplicación de la regla general y el art. 207 del TRLGSS.
Te cuento:
Puse la reclamación al INSS al día siguiente de recibir la resolución de jubilación (julio 2024). A los 45 días hábiles sin recibir respuesta, se considera desestimada por silencio administrativo, por lo tanto, al finalizar el plazo, interpuse demanda judicial en el Juzgado de lo Social de Madrid, c/Princesa.
 El día 21/07 (hace dos días) he tenido el juicio en dicho juzgado. La argumentación del abogado de la SS es de que no procede la aplicación de la DT34 en mi caso porque sólo contempla a las jubilaciones voluntarias y la mía es involuntaria. Ya se que está el criterio de gestión 4/2024 (que no tiene rango de ley), el boletín informativo del INSS sobre jubilaciones anticipadas, simuladores y hasta el sentido común y espíritu de la ley de no perjudicar a las jubilaciones involuntarias frente a las voluntarias. 
Decir, que aunque el abogado del INSS parecía no dominar toda la nueva normativa, sin embargo, si fue más contundente en la vista oral y su exposición pudo ser más convincente que la nuestra, por lo que tengo el temor de recibir una sentencia negativa. 
Además se da la paradoja de que a una ex-compañera mía de trabajo, en mi misma situación, justo antes de entrar a la sala del juicio (en junio de este año) recibió la carta del INSS reconociéndole su reclamación y por tanto la pensión con la DT34, y no se llegó a celebrar el juicio.
Ahora estoy esperando la sentencia, pero en previsión de que tenga que ir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, me interesa tener información de casos como el mío que hayan ido a juicio y los hayan ganado o que directamente les hayan reconocido lo que yo pido. Por supuesto estos casos no se van a ver perjudicados porque ya lo han ganado o se lo han concedido, y a mí me puede ayudar mucho.

Creo que por justicia me corresponde lo que pido, lo contrario sería una arbitrariedad, un perjuicio y agravio comparativo, pero ya se sabe que los jueces son personas y por lo que me cuentan hay quien ante un mismo caso resuelve de distinta forma.

Como desde que reciba la sentencia (si es negativa) tengo sólo 10 días hábiles para presentar el recurso, estoy adelantándome y tratando de obtener más información, por lo que agradezco infinito cualquier ayuda.
Siento la extensión y mil gracias de nuevo.
#2437

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola Siempre Seis, lamento tu situación que realmente parece muy injusta. Desconozco si en éste foro habrá alguien que te pueda ayudar, ten en cuenta que somos un grupo de unas 30 personas y no es fácil que coincidamos con la casuística.
Yo te recomendaría que preguntaras en facebook en grupos que son mas numerosos y donde hay moderadores y gente muy versada. Hay multitud de grupos muy buenos como jubilacion anticipada o jubilación anticipada 61 donde es posible que encuentres a alguien con experiencia similar a la tuya y que te pueda ayudar.
Suerte
#2438

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ostras, Siempre Seis, veo que lo tienes todo súper controlado. Que dominas este tema perfectamente. Si la memoria no me falla, que puede ser posible, no se han visto casos por aquí  que tuvieran que interponer demanda judicial en el Juzgado de lo social.

Desearte que la sentencia que esperas sea a favor de tus intereses. La razón, toda la razón está de tu lado. Confío en que se den cuenta antes de que tengas que ir al Tribunal Superior de Justicia. Suerte…
#2439

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Muchas gracias Panconqueso y Acds1.
Tomo nota de los grupos de facebook.
Todavía tengo esperanza de que todo salga bien.
Gracias de nuevo.
#2440

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Entiendo tu situación, espero que se pueda resolver.

Pero el precedente que buscas, ya lo tienes en tu poder. Tienes el caso de tu ex-compañera de trabajo, que comentas estaba en tu misma situación, y la SS ha reconocido la aplicación de la DT34. Es difícil encontrar algo más ajustado al caso concreto.

En el hilo sí recuerdo que ha habido algún caso de jubilación involuntaria con pensión resultante menor a la voluntaria por DT34, pero no hubo ningún problema, la SS directamente aplicó la pensión resultante por DT34. He hecho alguna búsqueda, pero no he sido capaz de encontrarlo entre los muchos mensajes escritos en el hilo.
#2441

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Estoy de acuerdo con Acds1, y como él lamento mucho tu situación, además de por injusta, por el pobre (si SOLO ha utilizado el argumento de se aplica a la JVA) , discriminatorio (Discrimina la JAV de la JAI), y lamentable (por lo pobre del argumento y cuadriculado del mismo), argumento utilizado por el abogado del INSS, a lo que me surge unas preguntas, si el INSS publica un Criterio de Gestión, en el que indica CLARAMENTE, en su ultimo párrafo, que, "Con objeto de no hacer de peor condición en ningún caso a las personas que accedan a la pensión de jubilación como consecuencia de un cese involuntario frente a las que accedan voluntariamente,....", de que sirve entonces? para que se "molestan" en publicarlo si luego aplican lo que mejor les venga?, tu abogado, sin animo de ofender, ni dudar, es especialista en tramites/reclamaciones/juicios con el INSS?. Estoy de acuerdo en que este criterio, NO tiene rango de Ley, pero si creo es un buen argumento, junto con otras resoluciones, que seguro puede haber y darles un "baño de realidad".
Como dice Acds1, en Facebook existen los dos grupos que te comenta, y creo que en ambos te pueden ayudar, consulta en ambos, tendrás respuestas rápidas. Espero te sirva de ayuda y MUCHA SUERTE
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