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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#3076

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pero qué rollo es éste? Para esto sirve este foro?
#3077

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Tienes razón, me he equivocado y pido perdón a la gente que interviene en este foro.
Siento haber provocado, como tú dices "rollo", repito lo aiento
#3079

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Efectivamente tienes toda la razon y té pido disculpas pero quien lo comenzó no fuy yo, que me he limitado a pedir tan solo que por privado y no por aqui me diga la información que necesito para contratar sus críticas y mi respuesta no aqui sino en donde segun el ha ocurrido, aqui sobra
Disculpa por la parte que me pertenece 
Saludis
#3080

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esta claro que a alguien que.quiere estar por ego personal es difícil hacer entender que hay otras personas que de forma altruista quieran ayudar lo comprendas, y ya veo tan solo la expresión "TU GRUPO" que esta clara lo que en el fondo denota esa frase y la forma de decirla ya delata eso EGO, PROTAGONISMO, PREPOTENCIA, ETC,
no sigo porque no merece la pena seguir donde te crees mas grande, y tu RECOR, es claro. y esa actitud en MI GRUPO ya estarías expulsando a pesar que aqui tienes aportaciones positivas esta claro solo lo haces por interés personal que tu mismo has aceptado y lo mas grave es que seas incapaz de sentar que otros lo amamos por la satisfacción de haber ayudado a otras personas en tu mundo no entra esa opcion
Agur 
#3081

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola Jalcper,

En primer lugar agradecerte la dedicación a este hilo del que tanto hemos aprendido, a ti a a otros tantos que con gran pedagogía y paciencia nos enseñáis al resto.

Ahora al tema por el que escribo este post: En este mensaje que han puesto dices:

 Este MEI, también se suma a la Base de cotización para calcular la Base Reguladora

Y creo que no es así, según tengo entendido, el MEI no se suma a la Base de cotización para calcular la Base Reguladora. El porcentaje del MEI se aplica sobre la Base de Cotización pero, según tengo entendido, no afecta a la Base Reguladora.

Así lo entiendo yo y también se ve escrito por la web:

 
¿Qué es el MEI?


El Mecanismo de Equidad Intergeneracional, más conocido por sus siglas MEI es una cotización adicional que se refleja en las nóminas desde el año 2023.

Se trata de una cotización adicional finalista que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad.

Esta cotización no mejora la base reguladora que sirve para calcular las pensiones públicas futuras, destinándose exclusivamente para atender las desviaciones en el gasto de las pensiones. 
Saludos y feliz domingo
#3082

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenos días, acabo de enviar este correo a los administradores del foro…


Denuncia de ataques personales, insultos y expresiones vejatorias a otros usuarios

Buenos días, os ruego que reviséis los post del usuario Shs61 en el hilo Interpretación Disposición Transitoria 34.
Creo que contravienen claramente algunas de las normas de la política de moderación de Rankia. Saludos.”






#3083

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo has conseguido, te voy a dar el gustazo de echarme de tu foro
#3084

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Puede ser así, no lo discutiré. El año 2023 y 2024, yo cotice por el CESS, en 2023 cotice por la Base Máxima, 4495,5€ y el ingreso con MEI incluido fue de 1222,87€, el año siguiente fue todo lo contrario, cotice por el mínimo 1332,90€ y el ingreso con el MEI fueron 363,91, no se la causa pero debería de haber sido inferior es decir 362,58€. El calculo de la Base Reguladora me lo hicieron con esas Bases que te comento, si NO hubiese MEI, los pagos hubieran sido inferiores:
4495,5 ---> 1195,89€ y 1332,90 ---> 354,58€

Transcribo el texto del articulo 127 bis, en el que indica lo que comentas:
1. Con el fin de preservar el equilibrio entre generaciones y fortalecer la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social a largo plazo, se establece un Mecanismo de Equidad Intergeneracional consistente en una cotización finalista aplicable en todos los regímenes y en todos los supuestos en los que se cotice por la contingencia de jubilación, que no será computable a efectos de prestaciones y que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

#3085

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias Jalcper. 
 
Se aprecia la intención de ayudar sin necesidad de sentar cátedra, y eso es lo que necesitamos en un foro.
#3086

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Se tenía que hacer, y se hizo. 👏
#3087

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No ha sido nunca mi intención, soy un "aprendiz" en estos temas, lo único que he hecho, y se ha podido ver hasta ahora, y que he intentado, con mis pobres conocimientos, es ayudar.
He podido hacerlo mejor o peor, con errores y aciertos, dando mis opiniones con respeto a todos y de una manera educada.
Gracias 
#3088

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Respecto al comentario del MEI, tienes razón, la frase esta muy mal escrita y da lugar a malas interpretaciones, lo que quería decir es que "el MEI se suma a la cuota que se paga por la Base de Cotización, siendo esta ultima la que se utiliza para calcular la Base Reguladora" y no como había escrito que da lugar una mala interpretación.
En mi post anterior, los datos que doy, lógicamente incluyen el MEI y lo que no cambia en ningún caso es la Base de Cotización, con la que me calcularon la Base Reguladora final, solo cambia la cuota que pague y que hubiese sido inferior si este no hubiera existido
Como justificación, en la formula que puse después de ese post, se pude ver como se calcula la cuota a pagar y que esta es resultado de la Base de Cotización.


#3089

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Jalcper, todo mi apoyo!!!!
Llevo en este foro un par de años y tus contribuciones al grupo han sido muchísimas, hemos aprendido muchísimo de ti!!!
Siempre con respeto y educación!!!!
Y si ha habido algún error, todos los tenemos!!!!
En un simil futbolistico, solo puede fallar el penalti el que lo tira!!!
No dejes de aportar al grupo, aportas muchísimo!!!!
Y no me quiero dejar atrás a más foreros, que también han aportado y seguirán aportando mucho como Panconqueso etc etc....
En este foro necesitamos y valoramos aportaciones y respeto!!!
Nos sobran las polémicas y la confrontación, no suman, restan !!!
#3090

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Todo mi apoyo también ante las últimas perturbaciones de los descubridores de la pólvora.