Acceder

Estado solicitud ingreso minimo vital

50,1K respuestas
Estado solicitud ingreso minimo vital
235 suscriptores
Estado solicitud ingreso minimo vital
Página
2.775 / 3.582
#41611

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Kyle, con clave permanente se puede pero cuando vamos en persona a una oficina a completar un nivel superior de seguridad. Así me lo explicaron a mi desde la administración. Vamos, que no nos piden el certificado pero como si sí, porque con el registro que yo también tengo de la clave permanente no es suficiente. Y de esta manera no se pueden ver las notificaciones, me harté de intentarlo, hablé con el INSS y fue lo que me dijeron.
#41612

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Algo leí de un nivel superior de seguridad pero no cómo hacerlo. De hecho no lo relacioné porque después de darle a autenticar me salía lo mismo, lo del certificado electrónico.

Pues anda que no hay que darle vueltas para hacer cualquier cosa. El informático que diseñó la página se cubrió de gloria.

Esto es lo que he visto...

Hace tiempo estuve mirando eso del certificado electrónico, pero me quedé en la parte presencial porque la Tesorería General de la SS no tiene cita previa, ni te puedes presentar por lo cual no podían certificar que fuese yo. Y en el ayuntamiento tampoco lo hacen.

Para poder utilizar el sistema Cl@ve y los servicios de firma en la nube, los ciudadanos deben registrarse previamente en el sistema, bien de forma presencial en alguna de las oficinas de registro adheridas al sistema, o bien por internet, utilizando un certificado electrónico reconocido. 

En ambos casos me quedo sin opciones.
#41613

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Yo me saque la clave permanente en la seguridad social, no sé si será por eso.
Intenta meterte en certificado integral de prestaciones, que se puede ver con SMS, y es más fácil.
#41614

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Ya lo he hecho como me has dicho a través de prestaciones. No sé qué diablos han hecho ni cómo lo han calculado, me pone

"percibe al día de la fecha 24 de febrero de 2022, 309,96"

Ni retroactivo ni nada. Yo pensaba que el IMV no era inferior a la RAI. Que era de 460€ por persona... No lo entiendo.

 
Así, el importe del IMV, la renta garantizada anual para la unidad familiar compuesta por un adulto, se sitúa este año 2022 en los 5.899,60 euros. Esta renta garantizada anual varía en función de la unidad de convivencia siguiendo estas referencias: 
  • Un adulto solo: 5.899,60 euros que dividido entre 12 serán 490,00€ con la subida este año del 3%. Pero sin la subida serían unos 460,00€

¿A qué viene ese descuento de 180€?

De verdad, que cuanto más me entero de cosas más mala leche me entra.
 
#41615

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Lo del día 24 es la fecha de hoy, si lo miras mañana te pondrá la fecha de mañana. La cantidad será que te han descontado los ingresos que tuviste creo que en 2021 o en 2020. No decías que habías trabajado algo?
En el certificado no pone nunca el retroactivo, eso en la carta o en la notificación. Y cobrarás a finales de marzo o primeros de abril.
#41616

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Lo que se cobraba en 2021
 
El importe anual para 2021, dividido en 12 pagas, es el siguiente para cada tipo de unidad de convivencia:
- Un adulto: 5.639,20 euros anuales (469,93 euros mensuales). 
 
El importe del IMV, la renta garantizada anual para la unidad familiar compuesta por un adulto, se sitúa este año 2022 en los 5.899,60 euros. Esta renta garantizada anual varía en función de la unidad de convivencia siguiendo estas referencias: 
  • Un adulto solo: 5.899,60 euros (491,33 euros mensuales)

Si, vale que me descuenten los 738 euros que cobré sumando los dos trabajos. Pero eso se descuenta en el ejercicio 2021. Y aún así no salen las cuentas.

De agosto a diciembre son 5 meses...

469,93x5= 2.349,65 - 738 = 1.611,65 / 5 = 322,33 es el cálculo que deben hacer en 2021 para calcular el retroactivo de ese año hasta Diciembre.

Pero este año deberían ser 491,63 a contar desde enero, serían 983,26 (por dos meses).

Por lo que no entiendo que sólo ponga que percibo a día de ayer 24/2/2022 - 309,96 como pensión. ¿Qué significa en realidad?

Es que no me cuadra por ningún sitio.
#41617

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Después del trabajo, has cobrado paro u otra prestación, RAI ? Si no es así, no cuadra. A ver si alguien más sabe decirte, yo tampoco lo entiendo
#41618

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Cero.

Excepto por el mes de julio de 2021 llevo sin cobrar ayudas ni ingresos de ningún tipo profesional desde mayo de 2020. Ya me pueden dar las vueltas que quieran y ponerme de arriba abajo o de abajo arriba.
#41619

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Pregunta a Ayaxoileo.
Con el IMV no paran de darnos sustos.
#41620

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Nenuca02, te he puesto un privado. Para cuando puedas. ; )
#41621

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Es que incluso los 738 euros lo deberían dividir entre 12 porque fueron todos mis ingresos de 2021, no pueden encajarlo sólo para descontarlo en 5 meses.

Estoy que muerdo. Pero bueno, soy así... no puedo parar de inquietarme por todo.
#41622

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Que ingresos tuviste en el 2020? A ver si encaja con lo que te han descontado.
#41623

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Las solicitudes del IMV presentadas hasta el 31 de diciembre de 2020, se cobrarán con efectos retroactivos desde el 1 de junio, siempre que la fecha de efecto que conste en la resolución así lo indique, independientemente de cuando sean aprobadas
A veces ocurre que la fecha de efecto es diferente, por ejemplo en el caso de que se haya estado percibiendo un subsidio, prestación o sueldo incompatible con el IMV hasta cierta fecha, o que no se cumplieran todos los requisitos en el momento de la solicitud.

En tal caso, el derecho a cobrar los atrasos sería desde la fecha indicada.Recordad que el plazo de resolución son seis meses a contar desde la fecha que es registrada en el sistema, no de la fecha en la que no de la fecha en la que se presenta la solicitud.

Para las solicitudes presentadas a partir del 1 de enero, el derecho a cobrar la prestación nace a partir del primer día del mes siguiente al de la solicitud.
Ejemplo 1: Presenté mi solicitud el 20 de octubre de 2020 cumpliendo todos los requisitos y me la aprueban el 15 de febrero de 2021: Tendrías derecho a todos los atrasos desde el 1 de junio, siempre que la fecha de efecto sea esa.

-Ejemplo 2: Presento mi solicitud el 4 de enero de 2021 cumpliendo todos los requisitos y me la aprueban el 10 de marzo de 2021: Tendrías derecho a todos los atrasos desde el 1 de febrero, siempre que la fecha de efecto sea esa.

La cuantía a percibir se especifica en la resolución, teniendo en cuenta que esta deberá multiplicarse por el número de meses atrasados (el mes corriente no computa).

Los atrasos deben cobrarse el primer mes que se percibe la prestación, en un pago conjunto, y posteriormente se irá recibiendo la cantidad estipulada mensualmente. De no ser así, se debe iniciar un procedimiento de reclamación.




#41624

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Vamos a ver Wasp75, merecerlo lo merecemos todos los que lo hemos pedido. 
Pero yo siempre antepongo a la gente que tiene criaturas, pagos llámese hipoteca, alquiler o como quieras. Y a la gente que no tiene una salida laboral. 

#41625

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Que así sea. Feliz fin de semana.