#451
#452
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
Te estás liando con el derecho a la deducción y el derecho al cobro anticipado de la misma:
si te pasaste de ingresos en 2024, influye en el derecho a la deducción en 2024. En 2025 te ha influido en que el anticipo os lo han cortado, pero si a final de año estás por debajo de 8.000, lo cobraréis al presentar la declaración.
Los requisitos que se citan a la deducción los aplicas en 2024, ahora en 2025,etc:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/deducciones-personas-discapacidad/deduccion-conyuge-discapacidad-cargo/quien-corresponde-deduccion.html
Sin embargo, para el cobro anticipado mes a mes, te lo dice la Agencia Tributaria: miran lo que ganaste el año anterior:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/deducciones-personas-discapacidad/deduccion-conyuge-discapacidad-cargo/solicitud-abono-anticipado.html
si te pasaste de ingresos en 2024, influye en el derecho a la deducción en 2024. En 2025 te ha influido en que el anticipo os lo han cortado, pero si a final de año estás por debajo de 8.000, lo cobraréis al presentar la declaración.
Los requisitos que se citan a la deducción los aplicas en 2024, ahora en 2025,etc:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/deducciones-personas-discapacidad/deduccion-conyuge-discapacidad-cargo/quien-corresponde-deduccion.html
Sin embargo, para el cobro anticipado mes a mes, te lo dice la Agencia Tributaria: miran lo que ganaste el año anterior:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/deducciones-personas-discapacidad/deduccion-conyuge-discapacidad-cargo/solicitud-abono-anticipado.html
"Las rentas anuales de tu cónyuge que tendremos en cuenta, para que te beneficies del abono anticipado, son las del último periodo impositivo cuyo plazo de presentación de IRPF haya finalizado al inicio del ejercicio en el que solicitas el abono. "
Es decir, NO tienes derecho al cobro anticipado por haberte pasado de ingresos en 2024, pero si en 2025 tus ingresos definitivos quedan por debajo de los 8.000, ya verás como os pagan el resto al presentar la declaración.
#453
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
#454
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
Hola, este año (2025) me salió los famosos 1200€ en el borrador de la renta, resultando que somos matrimonio y ambos con discapacidad desde 2008, uno con 67% y otro con 75%, en principio pensamos que era un error que como Hacienda nos va a regalar dicha cuantía..y esos 1200 € por que discapacitado es? Por Alberto o Ramon? En efecto fui a hacienda directamente y me dijeron que además tenía derecho a reclamar 4 años anteriores...cosa que hice y aún estoy a la espera, se hizo la reclamación el 26 de septiembre de 2025 y tienen en teoria 6 meses para responder, desde 2008 todas las declaraciones eran sencillas y nos devolvían lo retenido en una pensión de jubilación, la mía está por invalidez permanente absoluta, que está exenta...y encima mi esposo falleció este mes de junio 2025....después de entregar toda la documentación de impuesto de sucesiones en efecto me abonaron los famosos 1200 €, mi pregunta es, en la próxima declaración podré reclamar esos 1200 € cuando mi cónyuge falleció en junio 2025? Yo..supongo que ya la tendré que hacer individual..lo que me llama la atención se que hacienda que tiene todos los datos no me notificase de esta deducción ya como mucho en 2020....en fin..mi esposo era jubilado con su pensión de jubilación y yo de IPA, crees que cobraré esos cuatro años? Gracias y Saludos
#455
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
Parece que quien genera el derecho eres tú, ya que tienes una discapacidad y tus ingresos sujetos al IRPF probablemente no superen los 8.000 € netos al tener la pensión exenta. Tú cónyuge, como cobra pensión, puede ejercer ese derecho.
En el otro sentido, si tú cónyuge cobraba una pensión contributiva no exenta, probablemente tuviese más de 8000 € de ingresos netos y no hubiera derecho.
Por tanto, imagino que te abonarán los años no prescritos.
Para 2025, efectivamente tienes que presentar declaraciones individuales (imagino que estabas presentando conjunta al estar tú pensión exenta), pero al haber fallecido uno de los cónyuges no dejan conjunta.
Si lo que cobró tu cónyuge hasta el fallecimiento no supera los s 8000 netos (10.000 brutos) puedes pedir en tu declaración la deducción por él, creo que hasta el mes anterior al fallecimiento, 100€/mes, y si presentas su declaración, lo mismo, la pides en su declaración por ti por esos meses y la presentas como heredero,
En el otro sentido, si tú cónyuge cobraba una pensión contributiva no exenta, probablemente tuviese más de 8000 € de ingresos netos y no hubiera derecho.
Por tanto, imagino que te abonarán los años no prescritos.
Para 2025, efectivamente tienes que presentar declaraciones individuales (imagino que estabas presentando conjunta al estar tú pensión exenta), pero al haber fallecido uno de los cónyuges no dejan conjunta.
Si lo que cobró tu cónyuge hasta el fallecimiento no supera los s 8000 netos (10.000 brutos) puedes pedir en tu declaración la deducción por él, creo que hasta el mes anterior al fallecimiento, 100€/mes, y si presentas su declaración, lo mismo, la pides en su declaración por ti por esos meses y la presentas como heredero,
#456
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
#457
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
Hola, casi un año después.
Ya estoy pensando en la declaración de este año (o sea la de 2025).
El año pasado vendí una casa heredada, junto con mis hermanos, pero no ha habido ganancia patrimonial. Al contrario, ha habido pérdida porque se vendió por debajo del valor de la herencia. ¿eso afecta a la deducción de trabajadora discapacitada que se viene deduciendo mi cónyuge? ¿tiene algo que ver con el rendimiento neto? ¿o solo si hay Ganancia?
Ya estoy pensando en la declaración de este año (o sea la de 2025).
El año pasado vendí una casa heredada, junto con mis hermanos, pero no ha habido ganancia patrimonial. Al contrario, ha habido pérdida porque se vendió por debajo del valor de la herencia. ¿eso afecta a la deducción de trabajadora discapacitada que se viene deduciendo mi cónyuge? ¿tiene algo que ver con el rendimiento neto? ¿o solo si hay Ganancia?
#458
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
#459
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
Hola, buenas tardes!
A mi marido le concedieron una IPA en agosto del año 2025, en septiembre pedí el pago adelantado por cónyuge con discapacidad. Al mes me vino denegado ya que me decían que él había sobrepasado los 8.000€ anuales. No hice alegaciones, porque en verdad, la IT que cobraba antes de la IPA, pues desde enero a agosto pues sí los superó.
Llamé a Hacienda y me dijeron que en enero del 2026 podría volver a reclamar este pago, así que así lo hice y me ha vuelto a venir denegado por lo mismo, que ha sobrepasado el límite.
A ver, si la IPA es una pensión exenta y él en el año 2026 que estamos la va a seguir teniendo, porqué me la deniegan? Tengo cita con ellos la semana que viene, y a parte tengo un mes para reclamar.
Y otra duda, yo no estoy obligada hacer la declaración por no superar los 22.000€, a parte, no sé la razón, siempre me sale a pagar, pero como indico no llego al mínimo para declarar no la hacía. Si me pagan los 100€ mensuales, tengo obligación de realizarla? Telefónicamente AEAT me dijeron que no, pero es que los pobres no se enteran de nada. (yo voy mirar el borrador igualmente, y según me convenga así hago, pero me gustaría saber)
Muchas gracias por adelantado, saludos
A mi marido le concedieron una IPA en agosto del año 2025, en septiembre pedí el pago adelantado por cónyuge con discapacidad. Al mes me vino denegado ya que me decían que él había sobrepasado los 8.000€ anuales. No hice alegaciones, porque en verdad, la IT que cobraba antes de la IPA, pues desde enero a agosto pues sí los superó.
Llamé a Hacienda y me dijeron que en enero del 2026 podría volver a reclamar este pago, así que así lo hice y me ha vuelto a venir denegado por lo mismo, que ha sobrepasado el límite.
A ver, si la IPA es una pensión exenta y él en el año 2026 que estamos la va a seguir teniendo, porqué me la deniegan? Tengo cita con ellos la semana que viene, y a parte tengo un mes para reclamar.
Y otra duda, yo no estoy obligada hacer la declaración por no superar los 22.000€, a parte, no sé la razón, siempre me sale a pagar, pero como indico no llego al mínimo para declarar no la hacía. Si me pagan los 100€ mensuales, tengo obligación de realizarla? Telefónicamente AEAT me dijeron que no, pero es que los pobres no se enteran de nada. (yo voy mirar el borrador igualmente, y según me convenga así hago, pero me gustaría saber)
Muchas gracias por adelantado, saludos
#460
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
Al estar exenta, esa cantidad no debe incluirse en la base imponible. No obstante, si se tienen otros ingresos (alquileres, acciones,etc), la obligación de declarar dependerá del conjunto de los mismos.
https://esanasesores.com/deduccion-conyuge-no-separado-legalmente-discapacidad/
https://esanasesores.com/deduccion-conyuge-no-separado-legalmente-discapacidad/
#461
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
como he respondido en un mensaje anterior, Hacienda está mirando la última declaración presentada por tu cónyuge para ver si te conceden el pago anticipado, declaración que presentaría en primavera de 2025 con los ingresos de 2024, y por lo que dices, superaba los 8.000 euros netos. Hasta que no presentes la nueva declaración no revisarán los datos.
Si en 2025, con lo que cobró antes de recibir la incapacidad se pasa de los 8.000 netos, no vas a poder aplicar en la declaración de 2025 la deducción, y van a seguir rechazando el pago anticipado. Si no los superó, sucede lo que te comento para 2026:
Si en 2026, como consecuencia de la exención de la pensión, no los supera, entonces cuando presentes la declaración en primavera de 2027 para el ejercicio 2026, te pagarán los 1.200 euros, y a partir de entonces podrás solicitar el pago anticipado de 100 euros mensuales.
Sobre presentar tu declaración, si no recuerdo mal, me parece que hay una opción para indicar que no tienes la obligación de presentarla, de tal manera que si solo por tu declaración sale a pagar pongamos 300 euros, y luego te tienen que pagar los 1.200 de la deducción por cónyuge con discapacidad, entonces ignoran los 300 euros y te pagan enteritos los 1.200, no sólo 900 euros.
En definitiva, la deducción de 2026 no la pierdes, lo que ocurre es que vas a tardar en cobrarla.
#462
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
Muchísimas gracias por responder!!
Si es como indicas, cuando ahora haga el borrador de la renta del 2025, sí que podré cobrar todo junto desde agosto a diciembre que es cuando le concedieron la IPA? o como de enero a julio cobró la IT, y creo que sí superará los 8.000 no tendré derecho aún?
Gracias de nuevo.
Si es como indicas, cuando ahora haga el borrador de la renta del 2025, sí que podré cobrar todo junto desde agosto a diciembre que es cuando le concedieron la IPA? o como de enero a julio cobró la IT, y creo que sí superará los 8.000 no tendré derecho aún?
Gracias de nuevo.
#463
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
#464
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
#465
Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
en una rectificación a un familiar tardaron más de 1 año. Depende de la carga de trabajo que tengan en la delegación que hayan asignado la reclamación y la disponibilidad de personal. Claro, si se acercan los 4 años desde que la presentaste, toca volver a reclamar. No sé si pedir cita en tu delegación serviría para que lo aceleren.