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Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

445 respuestas
Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
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#451

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Perdón por insistir pero para tenerlo claro
Que me pasase de los 8000€ en 2024 repercute para no poder cobrarlo en 2025 o 2024 a que año influye
Gracias


#452

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Te estás liando con el derecho a la deducción y el derecho al cobro anticipado de la misma:

si te pasaste de ingresos en 2024, influye en el derecho a la deducción en 2024. En 2025 te ha influido en que el anticipo os lo han cortado, pero si a final de año estás por debajo de 8.000, lo cobraréis al presentar la declaración.
Los requisitos que se citan a la deducción los aplicas en 2024, ahora en 2025,etc:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/deducciones-personas-discapacidad/deduccion-conyuge-discapacidad-cargo/quien-corresponde-deduccion.html

Sin embargo, para el cobro anticipado mes a mes, te lo dice la Agencia Tributaria: miran lo que ganaste el año anterior:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/deducciones-personas-discapacidad/deduccion-conyuge-discapacidad-cargo/solicitud-abono-anticipado.html
 "Las rentas anuales de tu cónyuge que tendremos en cuenta, para que te beneficies del abono anticipado, son las del último periodo impositivo cuyo plazo de presentación de IRPF haya finalizado al inicio del ejercicio en el que solicitas el abono. "
Es decir, NO tienes derecho al cobro anticipado por haberte pasado de ingresos en 2024, pero si en 2025 tus ingresos definitivos quedan por debajo de los 8.000, ya verás como os pagan el resto al presentar la declaración.
#453

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Ok muchas gracias 
Todo muy bien aclarado, 👍


#454

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Hola, este año (2025) me salió los famosos 1200€ en el borrador de la renta, resultando que somos matrimonio y ambos con discapacidad desde 2008, uno con 67% y otro con 75%, en principio pensamos que era un error que como Hacienda nos va a regalar dicha cuantía..y esos 1200 € por que discapacitado es?  Por Alberto o Ramon? En efecto fui a hacienda directamente y me dijeron que además tenía derecho a reclamar 4 años anteriores...cosa que hice y aún estoy a la espera, se hizo la reclamación el 26 de septiembre de 2025 y tienen en teoria 6 meses para responder, desde 2008 todas las declaraciones eran sencillas y nos devolvían lo retenido en una pensión de jubilación, la mía está por invalidez permanente absoluta, que está exenta...y encima mi esposo falleció este mes de junio 2025....después de entregar toda la documentación de impuesto de sucesiones en efecto me abonaron los famosos 1200 €, mi pregunta es, en la próxima declaración podré reclamar esos 1200 € cuando mi cónyuge falleció en junio 2025? Yo..supongo que ya la tendré que hacer individual..lo que me llama la atención se que hacienda que tiene todos los datos no me notificase de esta deducción ya como mucho en 2020....en fin..mi esposo era jubilado con su pensión de jubilación y yo de IPA, crees que cobraré esos cuatro años? Gracias y Saludos 
#455

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Parece que quien genera el derecho eres tú, ya que tienes una discapacidad y tus ingresos sujetos al IRPF probablemente no superen los 8.000 € netos al tener la pensión exenta. Tú cónyuge, como cobra pensión, puede ejercer ese derecho.
En el otro sentido, si tú cónyuge cobraba una pensión contributiva no exenta, probablemente tuviese más de 8000 € de ingresos netos y no hubiera derecho.
Por tanto, imagino que te abonarán los años no prescritos.
Para 2025, efectivamente tienes que presentar declaraciones individuales (imagino que estabas presentando conjunta al estar tú pensión exenta), pero al haber fallecido uno de los cónyuges no dejan conjunta.
Si lo que cobró tu cónyuge hasta el fallecimiento no supera los s 8000 netos (10.000 brutos) puedes pedir en tu declaración la deducción por él, creo que hasta el mes anterior al fallecimiento, 100€/mes, y si presentas su declaración, lo mismo, la pides en su declaración por ti por esos meses y la presentas como heredero,
#456

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Muchas gracias!!