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Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

169 respuestas
Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial
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Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial
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#31

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

"....por encontrarse pendiente de resolución judicial la determinación del derecho a su percepción o su cuantía, los importes no satisfechos se imputarán al período impositivo en que aquélla adquiera firmeza"

Esta frase es la que me confunde y necesito tenerlo claro para redactar la instancia para solicitar las rectificaciones y evitarme el pastón del asesor fiscal.

LA DETERMINACIÓN DEL DERECHO A SU PERCEPCIÓN.... ¿es el objeto del juicio? Se juzgó si procedía declarar mi incapacidad laboral pero eso también es el derechp a una pensión..... o es que ya estoy tan extenuada que no puedo pensar.

Llevo 2 años de tensión extrema y mi salud ya no me permite seguir.

Creo que no me va a quedar otra que pagar los servicios de alguien que redacte la reclamación y confeccione las rentas por mí.

YO NO VOY A PODER

#32

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

En resumen..... no sé si esta resolución vinculante de 2018 anula o desdice lo de la Sentencia en la que voy a basar mi reclamación a hacienda.

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NO PUEDO SENTIRME MÁS CONFUSA

#33

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

¡Que no cunda el pánico! Esa consulta vinculante nada tiene que ver con tu caso. En la consulta se habla de cantidades reclamadas en juicio y en tu caso no hay reclamación de cantidades sino de una situación de incapacidad. Las cantidades a cobrar por pensión y a devolver por retribuciones fueron consecuencia de esa incapacidad no por reclamación judicial.

Esa cuestión de concepto es la principal diferencia entre un caso y otro, aunque no la única. Hay otras,por ejemplo que en la consulta vinculante no se producen reintegros, por ello ni se citan.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#34

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

No sé quién te ha pasado esa consulta vinculante, pero ten cuidado porque es evidente que te quiere embaucar. Se trata de un caso completamente diferente. El tuyo no tiene consultas vinculantes, sólo hay la sentencia que te pasé y que se refiere exactamente a tu caso.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#35

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

No me la pasó nadie, me la tropecé yo solita x la red y me lió.
Te das cuenta lo destrozada psíquicamente que estoy con todo esto?
Como decimos n mi tierra, ya no sé ni hacer la O con un canuto.Además d todo este asunto debo ocuparme día a día de la supervivencia familiar y a ser posible dsd mi burbuja, lo cual complica mi existencia mucho. Ya anoche estaba agotada.Siento mucho estos altibajos.
Pagaré al asesor xq no quiero cometer errores y seguir dando tumbos. Mi padre que es agricultor jubilado, lleva 2 semanas trepando x los barrancos de esta isla, bajo la lluvia y con un resfriado q no sabemos si se lo llevará a la tumba, recogiendo higos chumbos para conseguir algunos euros para ayudarme a pagar esto.
Tengo la enorme suerte de ser muy querida por todos.
Muchas gracias por la rapidez, Juan. Nunca sabré de qué milagro has aparecido en mi vida. Supongo que sigo viva gracias a tantos ángeles que me cuidan!

#36

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Olvídate de esa consulta. Al final de este mensaje te enlazo otra con reintegros y verás que coincide con la sentencia que te puse. Tanto a Hacienda como principalmente a tu asesor debes pasarles la sentencia cuanto antes para evitar que sigan dando "palos de ciego".

http://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V1177-17

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#37

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

No me he olvidado de seguir contando. He estado muy enferma y además esperando que me llegaran las resoluciones d las rectificaciones que pedí a hacienda. Hoy me las han notificado.
Han resuelto imputar los reintegros que hice a su ejercicio correspondiente y el cobro del total de las pensiones atrasadas en el año en que fue firme la sentencia, y continúan considerándoles como "RENDIMIENTOS PENDIENTES DE RESOLUCIÓN JUDIAL". Mejora bastante el resultado a mi favor, pero no lo suficiente si se consideraran como corresponde "RENDIMIENTOS DEL TRABAJO" de sus ejercicios correspondientes.
Ya dejé toda la documentación en una asesoría fiscal (la minuta no es exagerada) y mañana les remito estos documentos para presentar el recurso/reclamación aportando la sentencia del mensaje #11 y el otro documento de la propia página d la agencia tributaria.
Espero haberlo explicado bien.
Se admiten sugerencias y seguiré informando.

2014

2014

2015

2015

2016A

2016A

2016B

2016B

2016C

2016C

2016D

2016D

#38

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Al menos ha quedado cancelada la deuda de 8.300€ que generó la renta 2017 y ya no van a seguir cobrándome el pago fraccionado de 700€/mes. Me van a devolver los 2 pagos que he hecho y de estas rectificaciones sale a devolverme 107€ (para el asesor fiscal😂).
Por lo menos ya puedo pensar un poco sin tanta presión!!!

#39

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Vaya, no se han subido las imágenes.

#40

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Sí se han subido las imágenes. Ya las he visto y me parece una vergüenza que algo que se juzgó en la misma Plaza no lo apliquen y sigan causando perjuicios injustos como en tu caso.

El razonamiento es muy sencillo y de lógica aplastante: si los reintegros se consideran de cada año, lo cobrado correctamente debe aplicarse con igual criterio porque en otro caso se produce un enriquecimiento injusto por parte de Hacienda.

Pásales la sentencia por las narices cuanto antes y explícales ese razonamiento a ver si lo entienden.

Por cierto, que no se te pase el plazo si tienes que recurrir, porque se agarrarían a eso y no tendrías nada que hacer. Así que al loro con tu asesor que a veces son olvidadizos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#41

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Si, Juan... nos roban a manos llenas. Es más, pertenezco a un colectivo que padecemos ciertas enfermedades ambientales invisibles y no nos queda otra que pasar por Juzgado sí o sí. Yo, particularmente, pertenezco al régimen de Clases Pasivas. He visto en foros de pensionistas por incapacidad que les ha supuesto también la ruina, sobretodo en lo concerniente a todo esto de Hacienda. Estoy segura de que a todo el mundo se la cuelan y voy a divulgarlo en un blog, muy seguido y que es nuestra biblia para guiarnos en esta enfermedad tan difícil que es la Sensibilidad Química Múltiple, para que tengan opción a pelear por lo suyo. También lo trasladaré a la Asociación de Gran Canaria a la que pertenezco. Ya basta d ensañamiento y de robos.
De todas formas voy a rellenar yo misma el MODELO PARA EFECTUAR ALEGACIONES que me adjuntaron y q lo cumplimento a mano (a ver si lo puedo subir también) y junto al que aportaré la Sentencia que compartiste y el otro documento de la propia Agencia Tributaria y los presento yo misma cuanto antes. Al asesor le pagaré por el tiempo dedicado a mirar la documentación, porque hacer esto es una chorrada.
Nunca podré agradecerte toda esta información tan valiosa. No sólo yo. Mucha gente enferma y desahuciada también te lo agradecerá. Te lo aseguro!
SEGUIRÉ INFORMANDO

#42

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

La renta 2016 dondo imputaron los ingresos atrasados sale a pagar y he de hacer una complementaria. Para eso es un plazo de 15 dias.
Las de 2014, 2015 y 2017 donde se descontaron los reintegros salen a devolverme. Las han rectificado ellos mismos y el plazo es de 30 días.
Presentaré alegaciones a cada una de ellas.
Espero que mi salud se restablezca prontito porque con cada situación de estrés emocional o tensiones la Fatiga crónica me impide levantarme de la cama durante días. Como mucho espero poder ir aunque sea en taxi el lunes y presentarlas ya de ya.

#43

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Es que es una barbaridad el enriquecimiento de Hacienda con esto.
Porque conozco casi todos los casos, de personas con mi enfermedad, a las que les han hecho lo mismo. Siguen aplicando sus criterios erróneos. En nuestra asociación somos más de 600 afectadas y prácticamente todas han conseguido la incapacidad por vía judicial.
La diferencia en mi caso es que mi juicio fue por la via contenciosa por ser funcionaria del estado y tardar 4 años en ser el juicio y salir la sentencia. El resto de la gente va por la vía civil y en poco más de un año todo lo resuelven, con lo que los efectos retroactivos no suponen tanto dinero y se resignan a pagar.
Lo divulgaré como he dicho.

#45

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Muchas gracias. 

Qué bueno que tengamos la tecnología para ayudarnos! La verdad es que cuando planteé aquí mi problemón, estaba convencida de que no me contestaría nadie. Ha sido una gratísima sorpresa y además de instructiva, a mí me ha salvado de la ruina!

Gracias a miles para todos!