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Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

169 respuestas
Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial
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Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial
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#46

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

¡Cuidado con lo que se expone en ese enlace porque contine algún error! Aparte de no ser el caso que nos ocupa.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#47

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Lo sé, Juan. Ya tengo la info que tú me facilitaste. Y me basaré en eso. Copiaré casi leteralmente tus párrafos. 

En qué momento tengo que solicitar los intereses q me corresponden? Porque la primera solicitud de rectificación de las rentas data de septiembre de 2017 y mira por dónde vamos.... yo pagando intereses al banco por el préstamo personal a cuenta de esto....

Supongo que sería cuando vuelvan a resolver, rectifiquen de nuevo (por tercera vez) y nuevo plazo de alegaciones porque ahora se trata de presentar las alegaciones A ESTAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN en base a la Sentencia.

#48

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

No se donde ves el error en el articulo pero que en este caso no procede esta claro y aqui vendria aplicarse un poco a grandes rasgos un criterio aprecido a la clausula suelo salvando las distancias.

El kit de la cuestion esta aqui, gracias por la sentencia me la apunto

 

 

 

 "cuando por circunstancias justificadas no imputables al contribuyente, los rendimientos derivados del trabajo se perciban en períodos impositivos distintos a aquéllos en que fueron exigibles, se imputarán a éstos, practicándose, en su caso, declaración-liquidación complementaria, sin sanción ni intereses de demora ni recargo alguno. Cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo a) anterior, los rendimientos se considerarán exigibles en el período impositivo en que la resolución judicial adquiera firmeza. La declaración se presentará en el plazo que media entre la fecha en que se perciban y el final del inmediato siguiente plazo de declaraciones por el impuesto.

 

 

 

 

#49

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Tsmbien he visto lo otro la reduccion del 30 esta desactualizado en el momwnto de publicarse estaba vigente el 40

#50

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

OK, ése era el error que yo había visto.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#51

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Los intereses deberían pagártelos de oficio o sea sin necesidad de solicitarlos. De hecho, en las imágenes que subiste se reconoce tu derecho a intereses.

No obstante, cuando te devuelvan alguna cantidad que haya generado intereses y no te los paguen, los solicitas de inmediato para evitar olvidos. Cuanto más tiempo pase sin que te paguen lo tuyo, más intereses tendrás que percibir, ahora mismo andan por el 3,75% (si la memoria no me falla).

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#52

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

No te falla la memoria: es lo que me aplicaron al pago fraccionado.

En el documento del PETETE que me adjuntaste en una de éstas, sí que explica claro que deben pagarlos de oficio y se reclamarían desde que se genere una nueva autoliquidación con el importe definitivo.

A ver si ésta es la definitiva, porque vaya tela! 2 años desde la Sentencia y no me han dejado ejercer de jubilada. Unas ganas de ponerme a jugar al dominó con los viejitos de mi barrio!!!

El lunes iré a presentar las alegaciones del 2016 y ya les cuento.

Un abrazo!

#53

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Yo creo que tienes todas las de ganar pero cuidado intentaran cansarte yo me tire un año para recuperar 10.000 euros de un contribuyente porque en la campaña se lo habian declarado mal tu no te canses y sigues para lante con todas las de la ley

#54

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Gracias Alex. En ello estoy. 4 años muy enferma, 2 de ellos en batalla judicial a través de un contencioso y un coste económico, físic y psíquico que pagaré el resto de mi vida. Los 2 últimos con este maltrato de Hacienda. En medio de todo esto 7 intentos de suicidio.

Cuando lo has perdido todo, vas a por todas.

No perdonaré al Sistema el daño que mi agonía y declive ha causado y sigue causando a mi familia y seres queridos. Pero sabes? Voy a vivir 100 años y tendrán que buscar dinero debajo de las piedras para pagarme mi pensión.

A por todas!

Gracias GENTE LINDA!!!

#55

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Jaja....no me lo puedo creer, ya me han hecho las transferencias de las 3 rentas que salen a devolverme y los dos pagos fraccionados d la deuda de la renta 2017!!!
Ni han esperado a que presente alegaciones, que las voy a presentar, por supuesto.
Qué risa, es como.para que te pongas tan contenta y te relajes en los plazos para recurrir o directamente desistas.
Como aquel dicho "más vale pájaro en mano" 😂😂
Increíble

#56

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Claro, he visto que no son alegaciones. Tengo que presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes. Al cabo de 30 días de silencio administrativo (será así) se entiende desestimado.
Entonces debo presentar una Reclamación Económico-administrativa ante el Tribunal Regional.
El colegio oficial de abogados de Las Palmas es el más desastroso del país y de parte del extranjero. Ni te atienden, ni responden.... y los plazos se vencen.
Tendría que contratar un abogado y si la minuta es la misma que me cobró el que llevó mi juicio, 10.000€... entonces no merece la pena y Hacienda ganará, como siempre.

#57

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Mi esperanza está en las ALEGACIONES que sí voy a presentar de la renta 2016 que me sale a pagar y debería presentar complementaria. Con la Sentencia del mensaje #11 espero que estimen mi solicitud, lo cual afectaría a estas otras.
Vaya lío, x dios!🤔🤔

#58

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Vaya estupidez he escrito. La esperanza es una idiotez!
Desestimarán mis alegaciones a 2016, sólo por jeringar, y necesitaré abogado sí o sí.
Mira q mi padre me insistía dsd el instituto: "estudia Derecho"... debí haberle hecho caso, x lo menos para defenderme a mí misma. Qué ruina!

#59

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Fácilmente he comprobado que con unos ingresos anuales de 19.000€ no tienes derecho a abogado de oficio

#60

Re: Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial

Para presentar recurso de reposición y para presentar reclamación económico administrativa ante el TEAR no se necesita abogado. Así que puedes hacerlo con la ayuda que te demos aquí.

Es fundamental que no se te pase el plazo porque eso no tiene solución.

Puedes redactar el escrito, y publicar aquí la imagen suprimiendo los datos particulares para que te orientemos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.