Acceder

Patinazo de la Audiencia de Navarra

Lo he mencionado tantas veces en este blog que a estas alturas no creo que nadie dude que, respecto a las hipotecas, me inclino mucho más por el sistema americano que por el español. Es indudable que en España es de gran actualidad el debate sobre si la responsabilidad de los créditos hipotecarios debe ser una garantía personal que alcance a todo el patrimonio del deudor o si debe alcanzar exclusivamente la garantía real de la propiedad hipotecada.

Lo que por ahora dice la Ley española está muy claro. Ojalá no fuera así, pero es así: En España un crédito hipotecario es simplemente un crédito que se concede tomando como prenda un bien inmobiliario en garantía de la devolución del mismo. Lo contrario sería una dación en pago, que por ahora no es posible.

Por eso me parece inexplicable que un juez medio bolchevique, nada menos que de la Audiencia Provincial de Navarra, se haya dejado llevar por su ideología personal y haya permitido, en una sentencia sin precedentes, que entregar una vivienda sea suficiente para saldar la deuda hipotecaria, además aderezando el Auto con los típicos argumentos acerca de que la culpable de la crisis es el mundo financiero, del cual el banco forma parte y bla-bla-bla. Todo eso está bien en un debate doméstico entre amigos, pero están fuera de lugar en una sentencia judicial.

Que cruce los dedos quien tenga pendientes de este magistrado juicios por desahucio. Ya me le imagino sentenciando en contra de la propiedad privada de un bien de primera necesidad como la vivienda.  Si la Justicia española funcionara como debería funcionar, semejante uso ideológico de la Ley no debería acabar sin consecuencias profesionales para el juez. Así lo pienso y así lo manifiesto.

El BBVA va a recurrir la sentencia manifestando que "(...) si se llevaran a las últimas consecuencias los razonamientos de la Audiencia de Navarra, dejaría de tener sentido la celebración de una subasta para la ejecución de bienes hipotecados y bastaría con adjudicarlos por su valor de tasación al acreedor hipotecario.

Naturalmente algunos exaltados están encendidos de alegría, y hasta se creen que esto va a sentar un precedente. Nada de eso, la Ley es la que es y mientras no la cambien los únicos que tienen legitimidad para ello, los diputados reunidos en Cortes, las fantasías ideológicas de un juez "comprometido" con sus causas no van a cambiar la realidad.

Ojalá que nuestros amados legisladores le metan mano pronto a la Ley, sin hacer ninguna de sus habituales cagadas, pero mientras eso no suceda yo quiero que las sentencias de los tribunales españoles sea acordes con la Ley.

 

NOTA: Y mientras tanto, el inefable juez Pedraz se da una vueltecita por Bagdad junto a una nutrida comitiva para no se sabe muy bien qué, en el desarrollo de una investigación contra unos militares americanos cuyo país jamás va a permitir que vengan a España para ser juzgados. Todo esto gracias a que en su juzgado llevan todos los asuntos al día y al mucho dinero que sobra en el presupuesto del Ministerio de Justicia.

106
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  1. #40
    31/01/11 20:21

    Las sentencias deben ser motivadas y está no parece apoyarse adecuadamente en preceptos legales sino en vaguedades morales. Sin embargo creo que abre una vía para otras sentencias en el mismo sentido pero más ajustadas a derecho. Cuando se ha tratado de salvar a banqueros y políticos ya han conseguido los jueces apoyarse en vericuetos legales para su absolución.
    Es complicado pero creo que se puede conseguir apoyo legal para que le banco no pueda reclamar la parte que media entre el 50% de la adjudicación y el precio de tasación de salida en subasta; más aún si el banco obtiene una plusvalia posterior.
    El quid de la cuestión creo que está precisamente en eso, en que el banco y solamente él, tenga el privilegio de adjudicarse un inmueble por debajo del valor de tasación y más barato que el resto de los participantes en la subasta. Algo que sin duda debería ser modificado.

  2. #39
    5.....s
    31/01/11 20:15

    España

    En España, no se considera a la jurisprudencia fuente de Derecho, ya que el art. 1.1 del Código Civil no la establece como tal; en el ordenamiento jurídico español sólo son fuentes del Derecho «la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho» (art. 1.1 Cc).

    Sin embargo, el art. 1.6 del Código Civil dispone que la jurisprudencia «complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho», por lo que, aunque no sea fuente propiamente dicha, su facultad para modular la Ley y establecer cuáles han de ser los principios generales del Derecho (que es propiamente un concepto jurídico indeterminado) le otorga una relevancia sin par.

    La jurisprudencia se constituye a partir de dos Sentencias que interpreten una norma en igual sentido, emanadas del Tribunal Supremo (órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales) y, cuando se trata de ciertas materias de competencia limitada a la Comunidad Autónoma (por ejemplo, Derecho foral o especial), de los Tribunales Superiores de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente.

    Las que no reúnan estas características, únicamente gozan de la consideración de "precedentes",[1] sirviendo únicamente como apoyo a una determinada tesis sostenida en juicio, al carecer de auténtico contenido normativo. Del mismo modo, una Sentencia emanada por un Tribunal Superior de Justicia carece de relevancia normativa para otros Tribunales Superiores de otras Comunidades Autónomas, que pueden emitir fallos no concordantes con dichas interpretaciones, e incluso contradictorios. En esos casos, puede interponerse el Recurso de Casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, que casará ambas sentencias determinando cuál de las interpretaciones contradictorias goza del beneplácito del Alto Tribunal.

    En el caso de que un Juez o Tribunal se apartase de la doctrina establecida por el Tribunal Supremo, no se invalida automáticamente la sentencia, sino que sirve como motivo de casación. No obstante, el Tribunal Supremo puede apartarse en cualquier momento de su jurisprudencia consolidada, por lo que esta producción normativa es esencialmente mutable, adecuándose a los tiempos con cada fallo.

    Es necesario hacer referencia al Tribunal Constitucional, ya que pese a no ser un órgano judicial sino constitucional (como su propio nombre indica) también emite sentencias, con la denominación técnica de "jurisprudencia". Dichas sentencias, por el especial grado de su órgano emisor, tienen efectos normativos, al ser el TC el supremo intérprete de la Constitución. En efecto, el artículo 5.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial claramente determina que las sentencias del TC son vinculantes, y los jueces y tribunales deben interpretar todas las normas conforme con la interpretación que de las mismas normas resulte de las resoluciones dictadas por el TC en todo tipo de procesos.[2

  3. en respuesta a Edux69
    -
    #37
    31/01/11 16:22

    La dación en pago claro que existe en nuestro país. Lo que pasa es que a los Bancos no les interesa tomar solo el piso cuando pueden tomar mucho mas. Como las Escrituras de hipoteca ponen que, además de hipoteca es un préstamo personal,

    - primero ejecutan la hipoteca que en la práctica significa que se lo adjudican en tercera subasta por el 50%,

    - después piden el 50% que falta al hipotecado puesto que también tienen la garantía personal,

    - y por último, ganan otro 50% al sacar el piso a la venta puesto que no lo sacan por el 50% en que se lo adjudicaron, sino por el 100% de su valor o por el máximo que puedan.

  4. en respuesta a Inversius
    -
    #36
    31/01/11 15:42

    Si un Banco quiere darle a un cliente el 120% del valor del piso, más vale que le de el 70% hipotecario y el 50% en préstamo personal. De este modo, si dejase de pagar, lo que haya pagado del personal no quedará "enterrado" al ejecutar el hipotecario. Esto es lo que se hacía antes, cuando se empezaron a dar hipotecas trás la aprobación de la Ley del Mercado Hipotecario, no se daba ningúna hipoteca por más del 70% que pronto se aumentó al 80%, con estos porcentajes había garantías suficientes.

    Pero a un Notario se le ocrurrió un día la "brillante" idea de poner en la Escritura de Hipoteca que también era un préstamo personal, y pronto lo copiaron todos los Bancos.

    Nuestras leyes no son distintas a las de otros países, lo que ocurre es que solo aquí un préstamo es a la vez hipotecario y personal, es decir, tiene la garantía hipotecaria y la personal, y el prestamista puede ejecutar la hipoteca y luego ir al Juzgado a reclamar lo que falte como si fuera un préstamo personal. En otros países no se tolera este abuso.

    Y si los Bancos se quedan con el piso por el 50% de su valor, reclaman el resto al hipotecado, pero no sacan el piso a la venta por ese 50% sino por el 70% como mínimo, como se puede ver en las webs de los Bancos.

  5. en respuesta a Inversius
    -
    #35
    5.....s
    31/01/11 15:22

    entonces el trato cual era? 55% sin garantía personal y 120% si la das...inversus tu estas seguro de lo que estas diciendo...No ...el banco ha especulado y jugado por mantener una burbuja en donde su mala gestion de riesgo se viera tapada...donde su irresponsabilidad se viera ocultada...donde su estrategia de robar a los pobres para darsela a los ricos ...fuese escondida...Y TE DIGO...Si LOS BANCOS Tienen que Provisionar Segun se empieza a saber El 50%... repito el 50% ...y la morosidad de las familias no ha llegado a los dos digitos ....Nos puedes explicar el porque LOS BANCOS LLAMAN MOROSOS A LAS FAMILAS Y NO A SUS SOCIOS....No sera que a CUENTA de Seguir Robandonos a los pobres QUieren tapAr el Pufo...y su mala gestion... su pesima gestion ....donde han demostrado menos capacidad de calculo que una verdulera...Esa es la Realidad...a la pescadera de mi barrio no se la han colado como a los bancos....y eso por que sera....pues se lo voy a explicar ...el banco no se la ha dejado colar....el banco no puede ser tan SAFIO...el banco tiene herramientas de calculo infinitamente mayores qiue el lapiz y el papel de cartucho de la verdulera....NO el BANCO NOS HA ESTAFADO...y la ESTAFA la ESTAMOS EMPEZANDO A VER AHORA....aunque MUCHOS LA INTUIAMOS...

    CARCEL A LOS LADRONES...asi de sencillo....Eso si que seria JUSTO...y eso es Justo lo que exigimos...

  6. en respuesta a Juan sin tierra
    -
    #34
    31/01/11 15:08

    Evidentemente es cierto, Juan el Español podía haber negociado quitar la clausula de garantía personal y en lugar del 120 %, le hubiera dado el 55% y no hubiera podido irse de vacaciones ese año ni se hubiera comprado el último BMW. Pero, sigo dicendo lo mismo, los Bancos están ahora especulando y si esa especulación le sale mal porque el mercado va a la baja, quien pagará los platos rotos será el ciudadano con sus impuestos pues la estabilidad financiera está tutelada por el estado, y por otro lado todos esos ciudadanos condenados de por vida, van a dejar de pagar impuestos en una proporción alta pues van a pasar a vivir en el lado de no tener nada para no ser embargados por lo que el problema social está ya. En los últimos meses ya estamos viendo decretos que suben lo mínimo embargable a nivel de salario, en la practica es libertad para acometer deudas sin responsabilidades.

  7. #33
    31/01/11 14:09

    Hay varios errores en este post.

    Una Audiencia Provincial no es un juez, sino que es un Organo Colegial compuesto por 5 Magistrados.

    No hay ninguna Ley que diga que la garantía hipotecaria es ilimitada, de hecho en otras clases de hipotecas: hipoteca de máximos, hipoteca cambiaria, etc. no se pone esa claúsula abusiva. Y, por supuesto, tampoco se pone en ninguna otra garantía real, como prenda o pignoración de acciones.

    La base de esta injusticia es que en la Escritura de hipoteca de los Bancos ponen que, además, es un préstamo personal, un préstamo personal con garantía hipotecaria (¿?), y por tanto, quien la concede puede ejecutar la hipoteca y luego ir a los juzgados a reclamar el impago de un préstamo personal. Eso no ocurre en ningún otro país, o es un prestamo personal o es una hipoteca, nunca las dos cosas a la vez.

    El abuso de los Bancos, y su enriquecimiento injusto a costa del hipotecado, viene de que cuando se adjudican un piso en tercera subasta por el 50% de su valor, no lo ponen a la venta inmediatamente por ese 50% al que lo adquirieron, sino que lo ponen a la venta, como mínimo, por el 70% de su valor.

  8. en respuesta a Edux69
    -
    #32
    31/01/11 13:12

    Muy sencillo. Porque confundimos derecho romano con justicia. Es un oximoron como "inteligencia militar".
    Como muy bien han dicho todos, una cosa es lo que yo quiero, lo que yo creo, o lo que deba ser.. y otro la ley. Mientras no se cambie la ley, no podemos dar por buena esta sentencia aunque todos estemos a favor.
    A partir, de ahi, implicaciones, retroactiviad, etc. Pero no abramos tantos frentes. Lo que creo que se esta comentando es el primer paso de la trama. Hay miles de injusticias en nuestro sistema judicial... pero a que estamos a rolex o a setas?
    Siguiente paso (y totalmente a parte), es ver la idoneidad de la hipoteca americana. Pero ahora, tristan ha enfocado la luz en el fallo del fallo.

  9. en respuesta a Risky
    -
    #31
    Juanff
    31/01/11 12:26

    Estamos en un mercado, pero muy manipulado, y precisamente no salen ganando ambas partes del intercambio, sino solo una de ellas que coincide con la que tiene el control del mercado.

    En lo que no estamos de acuerdo la mayoría de las personas, no es que el banco embarque pisos por impago de la hipoteca, sino que los dejen como deudores para toda la vida de una parte del precio que corresponde a los beneficios de es manipulación de los precios del mercado, y más teniendo en cuenta que vivir bajo un techo es algo básico para el desarrollo de cualquier persona o familia.

    S2

  10. #30
    31/01/11 11:32

    Como ya he indicado, son los políticos los que ha de tomar decisiones, según nuestro ordenamiento jurídico los jueces solo pueden aplicar la ley independientemente que esta sea injusta y el juez que se atreva a hacer lo contrario, le pasará lo que a Garzón.
    O si hubiera posibilidades a esta sentencia, vendrá un decreto o una nueva ley que lo corrija.
    En teoría, el parlamento representa al pueblo pero la realidad es que las conexiones de los dos grandes partidos con la banca son muy escandalosas, todas las ayudas que ha recibido la banca (avales, emisiones del banco central, reflotación de cajas y bancos, intermediación la financiación públicas) solo está sirviendo para que los bancos y cajas se conviertan en las grandes inmobiliarias de este país pues le permite especular a futuro con los bienes que se quedan mientras que las pymes españolas no tienen posibilidad de créditos, y ya no es que empresas con poca rentabilidad quiebren, es que a las empresas con rentabilidad les están recortando el crédito desviando este dinero a especular con inmuebles. Ha calculado alguien que % de recursos financieros se están desviando a su negocio inmobiliario de adquisición de bienes en subasta??

  11. #29
    31/01/11 09:40

    Si para conceder una hipoteca se hace una tasación, la cuál indica el precio en el que se valora la vivienda... porqué no se puede entregar esa vivienda cuando la deuda sea menor a esa valoración?

    Resulta que el deudor responde por los bienes presentes y futuros. Entonces, el banco no debería restar de la deuda los beneficios futuros que sucedan respecto a esa vivienda?

    Está claro que no se va a cambiar nada en este pais. Tenemos lo que nos merecemos.

  12. en respuesta a Bonafidei
    -
    #28
    31/01/11 09:35

    pues siento discrepar. en mi opinion la funcion de un juez es aplicar justicia. si de lo q se trata de coger unas leyes y aplicarlas literalmente para eso ponemos un macroordenador y seguro q lo hace mucho mejor. si ponemos personas es para q puedan tener en cuenta otras variables, q eso crea inseguridad juridica? q seguridad juridica me da a mi q los partidos politicos, q son quienes crean las leyes, les tengan los bancos pillados por las pelotas? nosotros votaremos,pero hace tiempo q los politicos dejaron de representarnos, y con esta crisis ha quedado mas q claro.

  13. #27
    31/01/11 09:03

    Me parece insólitos los argumentos de la Crisis Económica y la culpa de los banqueros...etc para fundamentar una Sentencia. Creo que nos olvidamos que estamos dentro de un Mercado, y que cuando subían los precios de los pisos todos estabamos contentos, y ahora que caen, no estamos de acuerdo.

    Personalmente digo que el tema de ¿cuándo fué la última tasación?, es importantísimo: nos podría decir si hubo simulación por parte del Banco de celebrar una subasta "desierta" para posteriormente apropiarse del piso, rebajando el precio considerablemente para sacar beneficio; o nos podrían indicar que efectivamente el precio de los pisos ha bajado mucho y el banco utilizaría los métodos legales para cubrir su préstamo.

  14. en respuesta a El sujeto pasivo
    -
    #26
    31/01/11 00:27

    Cierto que esto puede ser un precedente de inseguridad jurídica y que hay que matizar todos los pasos de esta sentencia. Sin embargo, con el gobierno mandando decretazos cuando le sale de los huevos sin control, eso también causa inseguridad jurídica, más el mogollón de normativas estúpidas que se cambian todos los años sin saber muy bien por qué. Al final si esto sigue así, habrá un cacao bastante gordo.

    Un saludo.

  15. en respuesta a Bonafidei
    -
    Top 100
    #25
    30/01/11 20:35

    Completamente de acuerdo, respuesta bordada! Nada que añadir.

  16. en respuesta a Fcalvo
    -
    Top 100
    #24
    30/01/11 20:33

    El dueño de inditex también compro astroc a 50 o 60 euros la acción y ahora cotiza a 20 céntimos.

    Salu2.

  17. en respuesta a Fcalvo
    -
    #23
    5.....s
    30/01/11 18:45

    Eso dicen que dice...

  18. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #22
    30/01/11 18:17

    Si el dueño de Inditex, está haciendo tesorería para invertir en ladrillo, imagino que no debe ser un mal negocio.

  19. en respuesta a Fcalvo
    -
    Top 100
    #21
    30/01/11 17:34

    Tienes toda la razón. Lo que hagan lo harán muy bien y con mucho cuidado para que eso no suceda. Les va mucho en ello.


Definiciones de interés
Nueva Sección
Ventas Desesperadas