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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a Laser Na
    -
    Top 100
    #8980
    04/11/17 09:53

    Yo creo que te refieres a Inversius (https://www.rankia.com/usuarios/inversius)

  2. en respuesta a clanderjander
    -
    Top 100
    #8979
    04/11/17 08:17

    Son unos retrasados de campeonato.

    Esto lo podría hacer bien un niño de diez años.

  3. en respuesta a clanderjander
    -
    #8978
    04/11/17 00:31

    Muy bueno!! Es un Expediente X.

  4. #8977
    04/11/17 00:09

    Nunca dejo de aprender cosas nuevas en el portal del ABOE, ahora he descubierto las cargas de valor negativo, que no solo no minoran la tasación respecto al tipo, sino que la aumentan:

    https://subastas.boe.es/detalleSubasta.php?idSub=SUB-JA-2016-12826

  5. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #8976
    03/11/17 21:40

    Yo he llegado a pensar que los bancos tienenun pacto secreto con el gobierno para no deshauciar a nadie. Ya no salen noticias de deshaucios por la tele y la pah desaparecida. Es que ves alguna subastas donde el procurador del banco sube del tiron toda la deuda y piensas que o contratan a los procuradores mas tontos del mundo o hay algo detras que no sabemos.

  6. en respuesta a Escipión72
    -
    #8975
    03/11/17 20:36

    La ley lo dice, pero los LAJ, no están acostumbrados a aplicarla.
    Lo de no perder la fianza yo no pondría la mano en el fuego y siempre tendría el plan 2 preparado, por si acaso, es decir hacer la propuesta y si no te la admiten, cosa muy probable, pues pagamos y que se joda el LAJ y la parte acreedora.

    Para hacer lo dicho, yo empezaría probando con poca cantidad e ir viendo como nos va. Yo ya he dicho que lo voy a hacer, ya que nunca me lo he planteado. Para pedir créditos soy muy tradicional y suelo pedirlos antes, incluso cuando tengo dinero de sobra en las CC, cosa que ocurre cada vez menos.

    Saludos.

  7. en respuesta a clanderjander
    -
    #8974
    03/11/17 20:29

    12 hora de trabajo (como dice el Recio) es media jornada y así no progresarás, has de hacer jornada completa: 24, lo demás son excusas.

    Saludos.

  8. en respuesta a mfmelo
    -
    #8973
    03/11/17 20:26

    Pero realmente es posible conseguir el pago a plazos mfmelo?

    Y realmente, es posible pedir el pago aplazado y recular sin poner en riesgo la fianza. Si fuera así yo lo intentaría siempre

  9. en respuesta a mfmelo
    -
    #8972
    03/11/17 20:20

    Si, eso en cuanto empiezas a comprar te das cuenta rápido, que lo que hace falta es dinero, es el mayor problema jajaja.

    No es que falte a clase, es que estoy de becario haciendo practicas y claro, llego muy cansado después de que me exploten 12 horas al día de subastero novel como para pasarme a saludar a los de la tuna.

  10. en respuesta a clanderjander
    -
    #8971
    03/11/17 20:10

    Las subastas están ahora mismo en un momento de gloria y creo que así seguirán por mucho tiempo.
    Lo que nos hace falta a los subasteros es que la económica siga en alza y a los juzgados les den más medios y se hagan leyes que exijan cumplimiento de plazos, para que la rueda de la inversión y retorno, y vuelta a empezar sea rápida.
    Hay mucho atasco de ejecuciones y por tanto de subastas acumulada en los juzgados y lo que hay que tener es dinero y esperar el momento oportuno para emplearlo, sin prisas y estudiando mucho, en el curso también, que me han dicho que estás faltando mucho a clase y eso no es bueno.

    Saludos.

  11. en respuesta a clanderjander
    -
    #8970
    03/11/17 20:01

    Si, si, hablemos que me interesa.
    Clander (te tuteo), hay que ir con las dos opciones
    1.- Tener dinero y decirle al LAJ he dado más del 70% y mi forma de pago es esta, si lo quieres bien y sino te lo quedas tú o la parte acreedora.
    Te puede mandan con el gallo y la gallina y darte el plazo legal para que remates y entonces aplicas el
    2.- Que era broma, que yo tengo dinero pá aburrir, so memo/a y para que lo compruebe le rematas en el mismo día.

    El tieso y el precavido no son sinónimos, sino antónimos.

    Saludos.

  12. en respuesta a clanderjander
    -
    Top 100
    #8969
    03/11/17 19:58

    Que bajón ni qué ocho cuartos si los bancos están esperando a tener una buena cantidad de cuotas impagadas antes de ejecutar las hipotecas. Se de casos en los que estuvieron más de año y medio sin pagar hasta que empezaron a llegarle papeles del juzgado. Que no hombre no, que esto que están legislando ya lo están haciendo los bancos de motu propio. Para ellos es un marrrón ejecutar una hipoteca y lo están retrasando todo lo posible siempre.

  13. en respuesta a mfmelo
    -
    #8968
    03/11/17 19:54

    En lo que a nosotros nos atañe, lo importante está creo en el punto 6.

    Entiendo que solo será de aplicación a las hipotecas constituidas a partir de la entrada en vigor de la ley, cosa para la que aún falta un rato, entre aprobación parlamentaria, y publicación en el BOE.

    Si es así, sacarme de lo contrario de mi error por favor, no creo que se vea un bajón temporal en el número de ejecuciones hasta por lo menos dentro de dos o tres años.

  14. en respuesta a Jotaerre
    -
    #8967
    03/11/17 19:53

    Normal.
    Las condiciones antes.
    En las presenciales muchas veces no nos admitían hacer reservas. Le decíamos al secretario/a que lo pusiera en el acta de subasta y te decía que tampoco lo ponía, al final se hacía lo que el secretario/a le salía del alma, si estaba presente algún letrado o procurador nos dirigíamos a él, como si fuera el culpable, para que intercedíera y diera su opinión y el profesional del derecho decía lo mismo que digo yo con lo que dice Tristán y Jotaerre: SIEMPRE TIENEN RAZÓN y SI NO LA TIENEN SE LES DÁ.

    ¡¡Qué malos tiempos aquellos!!
    ¡¡Qué poco los echo de menos!!
    ¡¡Qué dictadura de los secretarios/as!!, menos mal que ya no existen, porque han sido eliminados y en su lugar han puesto a los L.A.J.

    Saludos.

  15. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #8966
    03/11/17 19:40

    Si hombre, si aparte de "tieso" jajaja soy precavido. Simplemente quiero tenerlo claro, porque mira, a raíz de dar la tabarra con el tema resulta que yo había mal entendido a JR y ahora ya me han sacado de mi error.

    Sabes que no estoy preguntando esto por otras razones que no sean las puramente didacticas. No hablemos más pués.

  16. en respuesta a clanderjander
    -
    Top 100
    #8965
    03/11/17 19:23

    Clanderjander, llevas unos días insistiendo mucho con esto del pago a plazos y, como eres uno de los alumnos más aventajados del curso de subastas -ya tienes varias adjudicaciones- y como me dejarías en muy mal lugar si te dieras la hostia, voy a hacerte esta pública advertencia:

    Desiste, amigo, en ese camino no hay sino desesperación y crujir de dientes. Es casi imposible que el L.A.J. acepte tu plan de pago a plazos y, sin embargo, es muy probable que te diga que no acepta el plan pero que sí acepta la puja y te de 40 días de plazo para rematar, con advertencia de perder el depósito si no lo haces.

    Jotaerre acaba de contar un caso similar en el que puede que el L.A.J. acabe apreciando posible nulidad de actuaciones. No lo se, puede que eso sea la solución para el triste iluso que hizo aquella gilipollez. Pero tú, Clanderjander, piensa en las semanitas que estará pasando el susodicho a cuenta de que por estos lares un mal día escuchó ciertos cantos de sirena...

    Y esto es lo último que voy a decir sobre el pago a plazos.

    Porque lo que en realidad me gusta es ver a la gente palmar su dinero.

  17. en respuesta a clanderjander
    -
    Top 100
    #8964
    03/11/17 19:08

    En ese caso la tuya se desestima. Por tieso.

  18. Nuevo
    #8963
    03/11/17 18:55

    Hola Tristán, buenas tardes. Soy lector intermitente de tu blog el cual me parece muy interesante y porqué no: en ocasiones muy divertido. Hace unos años también hice mis incursiones en las subastas de inmuebles y me sigue interesando todo este mundo.
    En alguno de tus post había algún usuario que si no recuerdo mal, tenía un "crawler para scraping inmobiliario", es decir sacaba precios medios a partir de distintas fuentes, valiéndose de unos programas informáticos. Te pediría por favor que me facilites la manera de contactar con él a fin contratar sus servicios si es posible.
    Nada más, muchas gracias y salud, que es lo único que no está en nuestra mano

  19. en respuesta a Jotaerre
    -
    #8962
    03/11/17 18:49

    Ok, pues si que lo entendí mal entonces pero ahora me ha quedado claro, veo que coincides con la interpretacion de Tristán: en el caso que la única puja por encima del 70% sea la que propone los plazos, pero...

    Si yo pujo por el 75% a plazos y hay otra por el 71% sin plazos ¿que sucede en este caso? Se da preferencia directamente a la del 71% y la mía se desestima de entrada o primero se da traslado de mi propuesta al acreedor y se deja que decida el si acepta la mía o pasa a la segunda aún a pesar de que esta no vaya con reserva?

  20. en respuesta a Jotaerre
    -
    #8961
    03/11/17 18:22

    Y añado que, precisamente, con otro forero tenemos un caso en que el reservista, tras comprobarse que lo había, ofreció condiciones una vez se le aprobó el remate, no se lo admitieron, dándole por quebrado, y alegaba que la LEC no dice cuándo hay que ofrecerlas (ésa es otra: debería ser antes de que te aprueben el remate, claro)... total, que la LAJ acaba de apreciar posible nulidad de actuaciones...

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