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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a subastero1983
    -
    #8680
    02/10/17 14:40

    Pues a mi en particular me hubiera gustado participar y poder quedármelo por el +-+50%, en los vehículos esos son donde están los beneficios, pero una vez más el irresponsable que ha llenado las casillas de condiciones del AEBOE.ES, la ha liado.
    En las condiciones del edicto:
    La Oficina de Recuperación y Gestión de Activos aprobará el remate en favor del mejor postor.
    Los bienes muebles no podrán ser enajenados por precio inferior al 50% de su valor a efectos
    de la subasta. Cuando los bienes a realizar sean inmuebles, este porcentaje será del 70%. En
    todo caso, cuando las circunstancias y naturaleza del bien lo requieran, dichos porcentajes
    podrán reducirse motivadamente previa comunicación al órgano judicial.
    El mejor postor dispondrá de un plazo de 10 días hábiles en el supuesto de bienes muebles o
    de 40 días hábiles para los bienes inmuebles, a contar desde la notificación de la resolución por
    la que se apruebe el remate, para consignar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de la
    Oficina de Recuperación y Gestión de Activos la diferencia entre lo depositado y el precio total
    del remate y comunicarlo a la Oficina.
    Aprobado el remate y consignada, cuando proceda, la diferencia entre lo depositado y el precio
    total del remate, se dictará por la Oficina y Recuperación y Gestión de Activos la Resolución de
    adjudicación en la que se exprese, en su caso, que se ha consignado el precio, así como las
    demás circunstancias necesarias para la inscripción del bien en el correspondiente registro y la
    cancelación de cargas, con arreglo a lo dispuesto por el órgano judicial.

    El irresposable rellenador pone:
    Valor subasta 156.000,00 €
    Tasación 156.000,00 €
    Puja mínima 140.000,00 €
    Tramos entre pujas 5.500,00 €

    Aquí puedo hasta admitir los tramos por ser una subasta voluntaria.
    Para ahorrarme 16.000 € en una inversión de 140.000 €, me parece que esperaré a 2ª o 3ª convocatoria.

    Saludos de un indefenso.

  2. en respuesta a Orgaz1987
    -
    #8679
    02/10/17 14:28

    Torero, maestro.....
    ¿Qué organismo celebra la fiesta?
    De todos los toros que pones ¿por cual sale?.
    Aún no has salido a la plaza y ya te han corneado.

    Saludos taurinos.
    Para terminar maestro: sin más cargas, ¿te parecen pocas....?

  3. en respuesta a alberamat
    -
    #8678
    02/10/17 13:31

    Intento torear un becerro pequeñito de 150 kilos. Si me pilla tampoco me haría tanto daño.
    Tampoco me estoy metiendo con un miura de 550 kilos.

  4. #8677
    02/10/17 12:14

    Necesito que alguien me preste un dinero para comprarme este coche: SUB-JV-2017-74850
    No es ningún capricho, es absoluta necesidad!!! jejeje

    No se a quien requisarían pero vaya 3 coches de pobres!!

  5. en respuesta a Orgaz1987
    -
    #8676
    02/10/17 12:01

    Manolete si no sabes torear pa que te metes

  6. #8675
    02/10/17 11:10

    Dudas de novato, os paso una nota simple resumida de una subasta de la AEAT:
    Pleno dominio de Don Pepito Moroso
    -cargas-
    + esta finca queda afectada durante 5 años al pago que en su caso puedan girarse TP-AJD. Consitutida al margen de la insc/anot: C de fecha 26-12-2011.
    + esta finca queda afectada durante 5 años al pago que en su caso puedan girarse TP-AJD. Consitutida al margen de la insc/anot: D de fecha 26-12-2011.
    + ANOTACIÓN EMBARGO a favor de la AEAT por 20mil + x intereses. Según fecha de providencia dictada 22-3-2011.
    Mandamiento administrativo de Anotación Embargo de fecha 6/2/2012 expedido por la AEAT. Constituida en la ANOTACIÓN E en fecha 21-2-2012.
    Esta finca queda afectada durante 5 años al pago que en su caso puedan girarse TP-AJD. Constituida al margen de la insc/anot: E de fecha 21-2-2012.
    + ANOTACIÓN EMBARGO ADMINISTRATIVO Y CERT. DE CARGAS conta Pepito moroso a favor de la Seg.social para responder x principal y Z intereses.
    Mandamiento administrativo de anotación embargo fecha 8-11-2013 expedido por Tesoreria ss, constituida en la anotación leta F de fecha 8-1-2014.
    +PRORROGA DEL EMBARGO ANOTACION LETA E, segun providencia dictada 22-1-2016.
    mandamineto administrativo de prorroga de anotación de 22 de enero de 2016 por la AEAT, constituida en la anotación G de fecha 9 de febrero de 2016.

    +SIN MAS CARGAS.

    Estaría todo OK para poder pujar???? Muchas gracias.

  7. en respuesta a tonigs
    -
    #8674
    02/10/17 09:26

    venga ya, a ver si va estar preñada.

  8. en respuesta a jaglas
    -
    #8673
    02/10/17 09:15

    La perra gorda para ti ;)

  9. en respuesta a tonigs
    -
    #8672
    02/10/17 09:13

    Igual ahora eres tu el moderador ?

  10. en respuesta a tonigs
    -
    #8671
    02/10/17 09:10

    Igual no has leido la contestación a Clanderjander, porque la historia va de subastas, no crees ?

  11. en respuesta a jaglas
    -
    #8670
    02/10/17 09:06

    A ver, no sé si sabrás de que trata este foro... menos historias que no vienen al caso, no crees?

  12. en respuesta a tonigs
    -
    #8669
    02/10/17 08:57

    Ya pero yo no he contado la historia, no ?

    Y he dicho que daba el tema por zanjado, salvo interpelaciones, verdad, tonigs. Asi que igual quien tiene que dejarlo, son los que interpelan como tú, no crees.

    Y mi comentario es en respuesta al de loto 10, porque no te diriges al de ella, te parecera menos ofensivo.

  13. en respuesta a mfmelo
    -
    #8668
    02/10/17 08:48

    Aquí si que estoy totalmente a favor contigo, no me había fijado en el idioma del edicto... al ser bilingue ni lo vi.

    Te advierto que el 1 de Granollers es MUCHO peor...

  14. en respuesta a tonigs
    -
    #8667
    02/10/17 08:07

    Esa publicación tiene varios errores para mi graves y no es política, así que por favor no lo tomes por la parte de "política"

    Es un edicto y está redactado en catalán. A mi al igual que a otros subasteros lo que nos interesa es el beneficio que nos pueda ofrecer la compra-venta, los idiomas me importan un bledo. Pero la publicación es a nivel nacional y: Todos los españoles estamos obligados a conocer nuestro idioma y el derecho a utilizarlo. En este caso el/a LAJ no tiene ese derecho de publicación en catalán, o lo debería hacer como hacen en pais vasco en ambos idiomas.

    El deudor está perdido, nadie irá a la subasta, aunque fuera interesante, otra vez el LAJ la ha cagado: no sabe rellenar, o peor aún, no ha puesto atención a la hora de rellenar las "casillas" del AEBOE.ES y si esto lo hace así, habría que ver como lleva su juzgado.

    No soy, a priori, racista ni xenófogo, pero mis dineros si lo son y donde hay ciertos grupos étnicos o religiosos, no compra.

    La EH. es del año 2.014, otra vez el/a LAJ, más de tres años en tramitación.

    No aporta certificación de cargas, ni nada parecido, culpable: LAJ.

    Como dice Clanderjander, esa subasta es para hacer una reserva de postura.

    A ese LAJ habría que meterle un expediente disciplinario y apartarlo de sus compretencias para el bien de todos.

    Saludos.

  15. en respuesta a jaglas
    -
    #8666
    02/10/17 07:14

    Pues ha aportado lo mismo que tu! Dejadlo ya, no? Para hacer comentarios ofensivos mejor no digais nada

  16. en respuesta a tonigs
    -
    #8665
    02/10/17 01:04

    Me la quedo! Este mes ando bien de liquidez y no tengo problema con el depósito, es más, pujaré con reserva por si acaso.

  17. en respuesta a loto10
    -
    #8664
    02/10/17 00:16

    Aportando luz e ingenio, no esperaba menos.

  18. en respuesta a jaglas
    -
    #8663
    02/10/17 00:06

    Zzzzzzzzzzzzzzz....

  19. #8662
    01/10/17 22:01

    Buenas a todos,

    Que os parece esta subasta? SUB-JA-2017-71711

    la deuda es menos de un 1% y que certificado de cargas, mmmm...

  20. en respuesta a clanderjander
    -
    #8661
    30/09/17 18:45

    Bueno clanderjander, no puedes interpelarme y luego no darme opción de replica.

    Primero agradecerte que tu comentario lo hagas desde el escrupuloso respeto, lo cual no es poco teniendo en cuenta los precedentes de algún otro.

    Puedo estar de acuerdo en mucho de lo que dices o si me apuras en casi todo, pero mira el hecho de que conozcas personalmente a LOTO, creo que ya de por sí, te resta imparcialidad, aún cuando te reconozco como ya te he dicho lo respetuoso del comentario. No es menos cierto, que como dices cada cual es suficientemente mayorcito para no precisar defensas de nadie.

    Al darle tu veracidad a la historia de loto 10 y decir que la conoces personalmente, lleva implícito ciertas cosas, puede parecer que me restas a mi, credibilidad, pero no es cierto, porque en mi historieta no asevero nada, sino que pongo en duda la apariencia de los buenos samaritanos y que no siempre lo son, que es distinto. Pero tu comentario de que la conoces, sin duda, hace que descargue sobre mi la necesidad de defensa, puesto que queda en tela de juicio mi persona (no digo que hagas un juicio en negativo, sino que no la pones al mismo nivel, no me conoces, no haces un juicio en positivo como lo haces a favor de loto 10).

    Mira, la historia contada por Loto 10 y que dices conocer, lo cual no voy a poner en duda, te diré que hace aguas, salvo que se aporte luz y te digo porque,:

    Dice loto10 que los ejecutados son mayores y no se enteraron de nada, dice que la deuda tiene en origen un perverso acreedor que reclama una deuda inexistente (sin duda ha de existir un fallo de Juez con sentencia firme), que los deudores no lo conocen, ni nada le han firmado, y además luego dice que el acreedor suele aparecer con esas de manera recurrente (si no le conocen). Dice también, que ha acudido ella, imagino que con la señora, al juzgado para ver si pagando lo que aparece como deuda en el edicto de la subasta, esta quedaría cancelada. Dice más, le aconseja a la señora que de cara a futuro, coja un abogado de oficio.

    Pues bien, la subasta solo puede ser cancelada, que yo sepa, porque el abogado de la ejecutada consiga paralizarla por fallos de procedimiento ejecutorio, o cancelarla porque la ejecutada pague lo adeudado, como parece ser el caso de la historia, pero si la aconsejan que en otra ocasión coja un abogado de oficio, significa que la señora no tiene recursos. Si no tiene recursos, la cuestión es como ha conseguido los (2K). Pues solo se me ocurre que alguien le haga otro préstamo, difícil en el circuito financiero normal, ya que si la señora no tiene recursos o estos son escasos, nadie querrá prestarle, máxime teniendo en cuenta que no tuvo para hacer frente a esas deudas iniciales y que tiene embargada ya la vivienda. Podría ser un familiar, pero nada se dijo al respecto.

    Así que, el que preste, puede que el interés no sea tanto el préstamo y sus intereses, y si otros, como la vivienda en si misma. O puede, que haya obtenido fondos con el anticipo por la venta de la vivienda, claro que una venta con esa inmediatez es harto difícil, salvo que un grupo inversor o grupo inmobiliario, por decir algo mencionado por loto 10 como conocedora de estos, (en fin, basta cualquiera con pasta) hable con el deudor apremiado para hacerle ver que es la mejor salida que tiene, cosa que ni tan siquiera entro a enjuiciar, puesto que todo negocio es legal en la medida que cada parte acepte lo acordado de manera voluntaria y sin aprovecharse o tener enriquecimientos injustos. Esto último, tal vez Jotaerre podría aportar mayor conocimiento, como jurista que es.
    O bueno, ya como última opción que alguien loto 10 u otros, le haga una donación por los 2K eso si que sería todo un acto de buen samaritanismo.

    En mi historieta, comentario sin destinatario directo, en la que se menciona flor de loto y que no es en respuesta directa (interpelación directa) a su comentario de la historia que contó loto 10, lo único que dije y sigo manteniendo es que en ocasiones, no todo es lo que parece ser, pero no fui más allá.

    Por tanto, nunca he aseverado que la historia de loto 10, no fuese verdad o la de una buena samaritana, se dio por aludida por mi historieta, ella sabrá, date cuenta que su respuesta inmediata fue la de acusarme a mi de ladrón, y decir que sin duda yo era un empresario tramposo que con engaños me enriquezco, y le tuve que contestar en su momento, que su subconsciente la delataba de facto, porque mi historieta nada decía al respecto de trampas y ladrones. Podía haber pensado y dicho que un familiar realizo la aportación del dinero o que lo consiguió de tal o cual forma, pero no, simplemente me acuso a mi de llevar ese tipo de actos sin conocerme, ni saber nada de mi.

    En fin, se que pretendías que pasáramos pagina, no sé si tu comentario ha beneficiado en ello, ya que ha dado como respuesta este, aunque te reconozco tu buena intención y desde luego por mi parte ya dí por zanjado el asunto, eso si, siempre que no sigan las interpelaciones.

    Saludos.

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