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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a Jodihez
    -
    #6100
    23/12/16 22:02

    Por curiosidad ¿Que porcentaje de la tasacion ofreciste?

  2. en respuesta a Alisios
    -
    #6098
    23/12/16 20:29

    Los juzgados y administraciones públicas trabajan días hábiles, no se cuentan los: sábados, domingos o festivos nacionales, regionales o locales.

    Así los 20 días se convierten en la prácitca en 24 o 25 naturales y los 40 días en +- 2 meses.

    Salen muchas fincas con ese problema de situación y muy especialmente por tu zona, Canarias, con unas descripciónes imposibles.

    Para el futuro, cuando te pueda interesar mucho la situación exacta de una finca, que te sea imposible localizar, puedes situarla a través de una nota pedida al RP pertinente, pero de situación, otros 10€. Que incompretencia.
    Cuando analizaba en los juzgados, la forma de localizarla eran las notificaciones y averiguaciones de los agentes judiciales, ellos siempre daban con el sitio y ponían la calle, número, etc y ponían otras notas de mucho interés para el comprador en subastas.
    Podrían aportar por lo menos la tasación en los ETJ/NJ, ya que está si que es obligatoria hacerla.

    Saludos.

  3. en respuesta a mfmelo
    -
    #6097
    23/12/16 20:06

    Yo solo he tenido una expreriencia con una cesión de remate en las subastas online, que solicité varios días después de la subasta a través del procurador del Banco, me contestaron mandándome un email con la cantidad y condiciones. El motivo por el que no fuí a la subasta fue porque me resultó imposible determinar cual era el inmueble subastado, la descripción que facilitaban en el edicto era muy antigua , antes de que la zona se edificara completamente, y los linderos y demás ya no coincidían. Intenté que me dejaran ver el expediente, pero es algo que cada día se pone mas dificil, empieza a ser norma que no te lo dejen ver, tampoco costaba la referencia catastral, en fin que la palabra mas habitual en las subastas online es el "No consta". Al final dudaba entre dos fincas, finalmente resultó ser la menos interesante y desistí de la cesión de remate. Una última preguna, ¿ los 20 días son naturales o hábiles ?.

  4. en respuesta a Alisios
    -
    #6096
    23/12/16 17:46

    En las subastas presenciales el banco cuando acababa la subasta, antes de firmar el acta, tenia que manifestar la intención de ceder el remate a terceros, no se hace de manera automática, aunque debería hacerse, a nosotros nos da igual, pero así es. O lo pedía despueés por escrito, cuando se quedaban con algon que a nosotros nos interesaba comprárselo (a vecs nos interesaba que nos lo cediera por mejor precio y condiciones) siempre estábamos pendientes que pidiera el derecho de la cesión, ya que los abogados y procuradores casi nunca lo pedían y otros es que no lo sabían.
    Ahora en las electrónicas no se como lo hacen, pero me imagino que lo pedirán después de habérselo adjudicado por escrito.

    Saludos.

  5. en respuesta a mfmelo
    -
    #6095
    23/12/16 14:12

    No se si te he entendido bien, ¿ el Banco tiene que manifestar su intención de ceder el remarte durante la subasta , o puede hacerlo durante los 20 días siguientes a la celebración de de la misma?

  6. en respuesta a CarlosMallorca
    -
    #6094
    22/12/16 19:12

    Prefiero ser cauto como letrado, porque quien avisa, no es traidor.
    Temas como este son para lanzados tipo mfmelo.
    Saludos,

  7. en respuesta a mfmelo
    -
    #6093
    22/12/16 18:26

    Siempre tengo en cuenta que puede haber demás licitadores, pero las subastas las preparo como si las fuera a ganar teniendo en cuenta todo lo que me espera después. No sé si tu eres muy lanzado o Jotaerre muy cauto, pero, prefiero ser cauto cuando "los dineros" no abundan.

    Por mi parte no voy a participar, si te puedo ayudar en cualquier cosa que necesites, no lo dudes, escríbeme por privado.

    Saludos

  8. en respuesta a Nuva12
    -
    #6092
    22/12/16 16:53

    Chica, relájate y disfruta.

    ¡Qué impaciencia! Ya te llegará. Y luego a esperar el acta de adjudicación un mes más (con suerte). Y eso si no ve nada raro la abogacía del estado, que para eso es el tiempo que tarda. Tienen que revisar que todo se ha hecho correctamente y acorde a la ley, si hay algo mal te lo echan para atrás todo.

  9. #6091
    22/12/16 16:36

    Buenas tardes:

    Habéis puesto alguna vez una queja a la AEAT por no enviaros algún documento? En mi caso el Acta de Remate. El jueves pasado me dijeron que al día siguiente (viernes) me lo enviarían; bien, pues una semana más tarde sigo sin acta de remate; son todo excusas, que si el sistema informático se les había caído, hoy me dicen que el sistema informático vá mejor y que ya habían mandado los datos míos y estaban a la espera de no sé qué. El caso es que llevo una semana esperando un acta de remate.

    Mfmelo, ya sé que me vas a recomendar paciencia; pero, tú lo ves normal por parte de AEAT?

    Saludos,

  10. #6090
    22/12/16 16:25

    Ojo, no confundamos cancelar una carga posterior con conseguir el lanzamiento tras años de pleitos, ya que el TS no lo ampara tan claramente.
    Saludables (porque ni un duro) saludos,

  11. en respuesta a CarlosMallorca
    -
    #6089
    22/12/16 15:27

    Te vuelvo a repetir que poco que perder y mucho que ganar.
    El derecho es posterior y así está inscrito y se ha de cancelar.
    Si compro una nuda propiedad se me tiene que descontar del valor de tasación el derecho de usufructo tanto si es parcial o vitalicio.
    Que le den el derecho sobre la vivienda hasta tiene un pase, pero que le den el derecho sobre el garaje es increible, será para que los niños pasen su tiempo libre hasta que sean mayores.
    Yo lo veo claro: es carga posterior y se ha de cancelar.
    Referente al garaje, yo no doy opción en este caso en concreto a los ejecutados ni al ejecutante lo que si hago en la mayoría de adjudicaciones con la parte deudora y porque no tengo otra opción.

    Por otro lado Carlos en este caso si que tienes una ventaja respecto a los de fuera para seguir pagando la hipoteca, como antes te comenté o negociar con el banco, yo tendría que poner abogado y procurador. También has de contar con otros licitadores que no son tan claros como tú.
    Pero....la inscripción del derecho es posterior y como posterior ha de ser tratada.

    Saludos.

  12. en respuesta a mfmelo
    -
    #6088
    22/12/16 15:02

    Dar en 100% en la vivienda está bien porque apenas son 500€, pero el garaje no se le ha descontado nada en la tasación y me parece un poco alto el precio.

    En el valor de tasación no se ha calculado ni descontado el derecho al uso, entiendo que porque es posterior y se supone que se cancela, el tasador habrá hecho su trabajo y el que se lo adjudique ya peleará si lo necesita.

    La verdad que aún no he tomado la decisión de lo que haré, pero según los comentarios de Jotaerre y Tristán me echa un poco atrás si tengo que estar pagando hipoteca y no puedo alquilar ni vender durante un tiempo. Ayer estuve en la vivienda y vi a la señora en la puerta hablando con una vecina, miré por dentro y se ve bien cuidada. Si de verdad te interesa dime cosas y haré las averiguaciones que necesites sin compromiso.

    Saludos

  13. #6087
    22/12/16 14:47

    Bueno pues hoy he hecho mi primera incursión en los juzgado de mi ciudad Sevilla, y los tres que he estado, sus funcionarios no me han dejado ver los expedientes judiciales porque según ellos va en contra de la ley de protección de datos y su secretario así se los tiene dicho....En fin mi gozo en un pozo...por más explicaciones que les daba me decían que lo que debía sabar estaba en el portal de subastas y que si el certificado no estaba que le preguntase al aceedor por las deudas o al deudor....en fin....

  14. en respuesta a Pecks
    -
    #6086
    22/12/16 14:45

    Hay que tener....poco conocimiento, además de otras cualidades. Un abogado podemita a todas luces.
    Ya que ha llegado a esa convección debería también de pedir que le paguen la CCPP y derramas y arreglos y pinturas.

    Cuando las propiedades subían día a día y en un año se duplicaba su valor ¿por qué no se repartía esa ganancia con los bancos?

    Todos estos atropellos contra la banca (a mi nunca me dieron nada que no me cobraran bien cobrado) lo pagaremos todos.

    Saludos.

  15. en respuesta a CarlosMallorca
    -
    #6085
    22/12/16 14:36

    No me ha hecho falta y no se ha dado el caso de una vivienda que merezca la pena tal esfuerzo de ahorro.

    En referencia a la subasta que preguntabas, siento desmentirme en lo que dije, me había guiado por la opinión de los Dons y no había entrado a valorarlo ni estudiarlo.
    Hace unos días lo había estado estudiando y no sé a que conclusión llegué, ya que hasta que no llega el día de la subasta no vuelvo a mirarlo.
    Ahora lo he estado mirando de nuevo y no por mi, sino por tu interes y te digo que yo en tu caso compraría la vivienda dando el 100% y como mínimo el garaje el 70%, poco que perder y mucho que ganar.
    Los derechos inscritos son posteriores y no me gusta decir lo contrario de lo que opinan los dos fenómenos, pero en este caso, creo que la señora y los niños tienen perdido el derecho por ser carga posterior, es más en el valor de tasación me parece que se ha descontado la deuda hipotecia pero no el derecho de uso, hasta que el menor tenga ¿25 añitos?. No quisiera equivocarte, pero estaré pendiente y si tú no pujas puede que yo si lo haga. Si tú lo haces yo no lo haré, aunque tuviera antes intención de hacerlo, basta con que lo hayas mencionado, para que yo desista, doy mi palabra de que esto es así.

    Saludos y anímate, creo que acertarás.

  16. en respuesta a Pecks
    -
    #6084
    22/12/16 14:29

    Me parto ;D
    Y si pagas toda la hipoteca, el banco te reclama el IBI con intereses, supongo...

  17. en respuesta a mfmelo
    -
    #6083
    22/12/16 14:22

    Por muchos cursos de subastas que saquen o facilidades que pongan para participar en ellas, si no tienes don de gentes, entre otras muchas virtudes, es complicado destacar en este negocio. Llevarte al director de la oficina a tomar café y dejarlo todo atado, como dice un programa de la tele, tu si que vales.

    ¿Por qué hace tantos años que no haces este tipo de operaciones? Imagino que debe tener una tasación inferior a la del valor de mercado para que sea rentable la operación.

    Saludos

  18. en respuesta a CarlosMallorca
    -
    #6082
    22/12/16 14:10

    No es secreto: pago en nombre del anterior propietario. Para saber en que cuenta corriente se estaba ingresando, me he ido al banco hipotecante y les he dicho que me he adjudicado la finca y que me quiero poner al día, así que diganme cual es la cuenta en la que debo hacer el ingreso de los atrasos, intereses, gastos, etc, yo en una disposición total de colaboración. Me han facilitado la cuenta y puesto al día. Así un año, dos años....hasta vender la propiedad.
    Si ya me llaman la atención en demasía, pues les digo que quiero subrogarme en la hipo con las mismas condiciones, pero que mi objetivo es vender la vivienda y que está anunciada, nos vamos a tomar un café y todo solucionado.
    He hecho bastante operaciones de ese tipo. Al banco de la hipo le interesa ese tipo de operaciones, porque tú ya has puesto parte del dinero y lo que te suele terminar de dar es el crédito que queda pendiente, así que arriesgar más no lo hacen y en caso de que impagues, pues eso ganan, además tu solvencia se presupone, ya que has comprado y el deudor-antiguo propietario ya no les interesa.
    Ya hace unos +-5 años que no hago ninguna, pero antes me encantaba hacerlas, ahora es posible que vuelva ha hacerlo.

    Saludos.

  19. en respuesta a CarlosMallorca
    -
    #6081
    22/12/16 13:58

    Yo este año y el pasado no llevaba nada, porque la verdad es que las subastas me tienen tieso y para echar 20€..... pó ná.
    Antes echaba a las loterías unos 200 €/semanales, pero cuando Mister Montoro dijo y además de lo que me llevo, ahora os aplico un 20% más, desde ese mismo momento hasta ahora. Volveré a echar cuando quiten ese 20% y es que nos toman por lo que ellos son: TONTOS.
    Sé que es para repartirlo entre todos, si, entre todos los que se lo reparten y ahí, no he estado yo nunca.

    Saludos.

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