Acceder

 

Lo primero, esto NO es un consultorio sino una conversación entre inversores habituales en la que los ya iniciados en el negocio de las subastas hablamos sobre nuestras cosas, intercambiamos buenas y malas experiencias y opinamos sobre algunas de las subastas en curso.

Las consultas básicas sobre las subastas en general y sobre cualquier subasta en particular NO son bienvenidas.

Porque esto NO es una escuela de primaria de subastas.

Ni aquí queremos darle munición a los paracaidistas para competir en subastas con inversores ya iniciados que luchan con sus propias armas.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Y por último, como medida de precaución para que nadie tenga la tentación de utilizar este chat como medio para resolver sus dudas particulares, voy a proponer una única regla básica:

Que todo lo que se comente sobre cualquier subasta en curso tenga que ser aportando el código de la subasta. 

Jejeje, un pequeño misil en la línea de flotación de quien esté investigando su particular El Dorado.

Iniciemos la conversación.

 

¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  • Subastas
  • Subastas judiciales
  • Subasteros
Lecturas relacionadas
Un chat de subastas para inversores
Un chat de subastas para inversores
Acreditación de conocimientos de intermediación de valores (ACIV)
Acreditación de conocimientos de intermediación de valores (ACIV)
Cómo negociar para que tu banco te devuelva las comisiones (yo conseguí que me devolviesen 509€)
Cómo negociar para que tu banco te devuelva las comisiones (yo conseguí que me devolviesen 509€)
  1. #3320
    19/10/21 21:25
    Hola Tristán, me he leído ya unos cuantos de tus posts, no he visto por el momento ninguno el relación con los peritos y valoradores. Llevo poco en este mundo pero me parecen un despropósito los informes de valoración y tasación, que mi hijo de 9 años los haría de calidad similar o incluso mejor. En más de una ocasión he visto informes que, si yo fuese el deudor y me quisieran colar como costas la minuta del fulano, se me llevarían los demonios...
  2. en respuesta a Pecks
    -
    #3319
    12/10/21 23:30
    gracias Pecks, he hecho eso, y parece funcionar


  3. en respuesta a Wenomeno
    -
    #3318
    12/10/21 22:59
    Si quieres, prueba antes a modificar tu email en las preferencias de tu cuenta de Rankia.
  4. en respuesta a mrmmuh9
    -
    #3317
    12/10/21 00:59
    en el mío, no recibí tu respuesta, ni la copia del mensaje que te envié

    contactaré a los de Rankia, a ver qué pasa
  5. en respuesta a Wenomeno
    -
    #3316
    11/10/21 19:08
    Recibido.
    Te lo conteste.
    Si no lo recibes, sabemos en que dirección esta el problema.
  6. en respuesta a mrmmuh9
    -
    #3315
    11/10/21 15:00
    muchas gracias por tu respuesta,

    te he escrito un correo yo a ti, para verificar si al menos la salida funciona, nunca había tenido problemas antes y no he cambiado la dirección de correo
  7. en respuesta a Wenomeno
    -
    #3314
    11/10/21 10:18
    Wenomeno, por lo que veo no recibes mis correos del pasado día 9, lo he mandado por dos veces, con copia para mi.
    Te indicaba me confirmaras tu recibí. Yo recibí la copia, señal de que el correo salió, lo que me hace pensar, de que has cambiado tu correo en los últimos 13 años, y difiere del que consta en Rankia. Si es así actualízalo y me lo indica, para volver a enviar. 
    Si no es así, te indico muy someramente, que es correcta tu suposición al respecto de los embargos. 
    Las afecciones que afecta a un inmueble por ITPAJD en el R.P. se refieren, solo y exclusivamente a ese inmueble.
  8. en respuesta a mrmmuh9
    -
    #3313
    09/10/21 15:23
    gracias por tu ofrecimiento mrmmuh9, quedo a la espera
  9. en respuesta a mrmmuh9
    -
    Top 100
    #3312
    09/10/21 12:28
    Sí, en privado mucho mejor. Cuando se da en abierto información importante sobre cualquier subasta, puede que ayudes a quien ha preguntado, pero también perjudicas a otros que estaban estudiando en privado esa subasta y que de repente ven que el fruto de sus esfuerzos se malbarata regalándolo al público. Por eso yo prefiero mantenerme siempre al margen de estas solicitudes de ayuda. Porque ayudas a uno y perjudicas a muchos.
  10. en respuesta a Wenomeno
    -
    #3311
    09/10/21 11:39
    Wenomeno, te mando la información en un privado.
  11. #3310
    09/10/21 10:50
    Después de aportar Wenomeno el ID de la subasta, nadie le da respuesta a lo que plantea?
  12. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #3308
    08/10/21 17:25
    les he insistido, y me han dicho que en el garaje no hay división horizontal y está al corriente de pago del IBI 

    supongo que en este caso la CCPP intermedia en el pago y si hay recibos debidos son también con la CCPP
  13. en respuesta a Pecks
    -
    #3307
    08/10/21 16:18
    es esta subasta SUB-AT-2021-21R1586001076 

    hay una foto de la plaza y todo, en la que por cierto se ve un coche utilizándola, ese coche seguía allí ayer

    yo no estoy en España, me va a ser complicado ponerme en contacto con la CCPP/administrador de la finca y el embargado
  14. en respuesta a Wenomeno
    -
    #3306
    08/10/21 13:36
    Hola, muy buenas.

    Creo que te falta aportar el código de la subasta, para saber cual es.
  15. #3305
    07/10/21 14:38
    por cierto, ¿qué ha sido de FCalvo? que ya no se le ve por aquí
  16. en respuesta a Wenomeno
    -
    #3304
    07/10/21 13:53
    esto es un extracto de una nota simple para un garaje que subasta Hacienda, pertenece a una empresa dada de baja en junio 2019

    CARGAS
    - AFECCION al pago de posibles liquidaciones que puedan girarse por el Impuesto
    sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados hasta el 4 de
    noviembre de 2011.
    - AFECCION al pago de posibles liquidaciones que puedan girarse por el Impuesto
    sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados hasta el 7 de
    abril de 2016.
    - ANOTACION PREVENTIVA DE EMBARGO a favor de EL ESTADO siendo el total de importe a embargar de 23.500€. Anotado en virtud de mandamiento de la Agencia Tributaria, donde se sigue expediente administrativo de apremio xxx de fecha 24 de diciembre de 2019. Expedida la certificación de dominio y cargas ordenada en dicho mandamiento con fecha 24 de diciembre de 2019.
    - AFECCIÓN al pago de posibles liquidaciones que puedan girarse por el Impuesto
    sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados hasta el 24 de
    diciembre de 2024.
    - ANOTACIÓN PREVENTIVA DE EMBARGO a favor de Fulano de Tal en
    reclamación de 7.300€ de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos y 2.100€ fijados prudencialmente para gastos, intereses y costas de la ejecución. Anotado en virtud de mandamiento del Juzgado de Primera Instancia número tres de esta ciudad, donde se tramita proceso de Ejecución de Títulos Judiciales 0000xx/20020. Anotado con fecha 17/11/2020.
    - AFECCIÓN al pago de posibles liquidaciones que puedan girarse por el Impuesto
    sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados hasta el 17 de
    noviembre de 2025.

    Yo entiendo que la primera afección ha prescrito. La segunda quizás, pero es posible que el plazo de prescripción de 4 años se haya interrumpido al cerrar la empresa. El primer embargo es el que da origen a la subasta y todas las cargas posteriores se cancelarán tras la subasta, incluyendo la segunda anotación del embargo. ¿Es esto correcto? 

    Otra pregunta, esas afecciones al pago de ITPAJD se refieren solo a posibles transmisiones de este garaje, o también a otras transmisiones en las que se haya visto involucrado el deudor
  17. en respuesta a Wenomeno
    -
    Top 100
    #3303
    06/10/21 16:25
    Es correcto en funcionarios que como no tienen muchas ganas de trabajar ni empatía con el ciudadano, se aferran a la Ley de Protección de Datos. Hoy en día no es sencillo encontrar alguno que se la salte.
  18. #3302
    06/10/21 15:50
    He preguntado en el ayuntamiento si una plaza de garaje tiene recibos del IBI pendientes de pago y su importe. Me han contestado que solo le pueden dar esa información al titular.

    ¿Es esto correcto o solo otro caso de un funcionario sin ganas de trabajar?
  19. en respuesta a Ketekno
    -
    Top 100
    #3301
    06/10/21 10:06
    Sí, la verdad es que ese sería el camino más natural, pero ignoro el cuándo. Ya sabes que las cosas de palacio van despacio. 
Nueva Sección
Ventas Desesperadas