Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2025/2026
Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si en 2025 has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia.
Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta 2025/2026, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100. Deducción por movilidad geográfica AEAT
Puedes deducirte 2.000 euros adicionales en gastos de trabajo si cambiaste de municipio estando en paro para aceptar un nuevo empleo.
Se aplica dos años seguidos: el del traslado y el siguiente, siempre que mantengas el vínculo laboral.
Es imprescindible haber estado inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto y acreditar el cambio de residencia real.
Se declara en la casilla 19 del modelo 100 y el límite máximo nunca puede superar el rendimiento neto generado por ese nuevo empleo.
¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?
La deducción por movilidad geográfica es un incremento de 2.000 euros anuales en los gastos deducibles del IRPF al que tienen derecho los trabajadores que, estando inscritos como demandantes de empleo, aceptan un trabajo en otro municipio y cambian su residencia habitual para ello.
Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante. Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?
Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.
Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.
¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?
La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Para la campaña de Renta 2025 cuya presentación arranca el 8 de abril de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2026, esto se traduce en lo siguiente: si te trasladaste en 2025, puedes aplicarla ahora; si te trasladaste en 2024 y ya la aplicaste ese año, también puedes incluirla en esta declaración.
Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
💡 ¿Sabías que puedes combinarla con otras deducciones?
La deducción por movilidad geográfica se suma a la reducción general por rendimientos del trabajo, que puede llegar hasta 7.302 euros anuales. Si cumples los requisitos de ambas, se aplican de forma simultánea sobre tu base imponible, y el ahorro puede ser considerable.
Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica
Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia. Si falla cualquiera de los tres, Hacienda puede denegarla en una revisión posterior.
1. Estar inscrito como demandante de empleo
Debes haber estado inscrito en una oficina pública de empleo antes de aceptar el nuevo puesto de trabajo. No basta con haberse dado de alta en el SEPE en cualquier momento: la inscripción tiene que ser previa a la aceptación del empleo. Si te diste de baja como demandante antes de firmar el contrato, perderías el derecho a la deducción.
2. Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
El nuevo empleo debe estar ubicado en un municipio diferente al que tienes como residencia en el momento de la oferta. Trabajar en otra ciudad dentro del mismo municipio no da derecho a esta deducción. Tampoco aplica si el traslado es voluntario y no viene exigido por las condiciones del puesto.
3. Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio
No es suficiente con comunicar un cambio de domicilio fiscal o modificar tus datos en la declaración. El traslado debe ser real y acreditable: nuevo contrato de alquiler o escritura, empadronamiento en el municipio de destino y, preferiblemente, recibos de suministros a tu nombre. Sin pruebas del cambio efectivo, la deducción no es válida aunque se cumplan los otros dos requisitos.
Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.
¿Cómo acreditar mi movilidad geográfica?
Hacienda no acepta declaraciones de intenciones: el cambio de residencia tiene que poder demostrarse con documentos reales. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria puede revisar tu declaración hasta cuatro años después de presentarla, así que guarda todo desde el primer momento:
Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
Contrato laboral y certificados de retenciones.
No hace falta presentar todos estos documentos al declarar, ya que la deducción se aplica directamente en el modelo 100. Pero si Hacienda te requiere en una revisión posterior, tendrás que aportarlos. Guárdalos ordenados y accesibles: en caso de comprobación, la carga de la prueba recae sobre ti.
Requisito
Cómo acreditarlo
Estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto
Certificado del SEPE con la fecha de inscripción
Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
Contrato laboral con la dirección del centro de trabajo
Cambiar efectivamente tu residencia al nuevo municipio
Empadronamiento + contrato de alquiler o escritura + recibos de suministros a tu nombre
Cuantía de la reducción por movilidad geográfica
El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de tributación conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.
Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.
Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica
Los funcionarios que acceden a la función pública por oposición y obtienen plaza en un municipio distinto al de su residencia también pueden acogerse a esta deducción, pero deben cumplir el mismo requisito de inscripción como demandantes de empleo que cualquier otro trabajador.
Lo que clarificó el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de enero de 2025 no fue eliminar ese requisito, sino precisar en qué momento debe cumplirse:
Si el proceso selectivo no incluye un periodo de prácticas o formación previa, la inscripción debe haberse producido antes de la toma de posesión.
Si el proceso incluye prácticas o cursos previos obligatorios, la inscripción debe ser anterior al inicio de ese periodo.
Además, si el proceso implica dos traslados, uno para las prácticas y otro para el destino definitivo, la deducción solo puede aplicarse por uno de ellos, no por ambos. Y en cualquier caso, el cambio efectivo de residencia sigue siendo imprescindible y debe acreditarse con la misma documentación exigida al resto de contribuyentes.
Cómo aplicar la deducción por movilidad geográfica sin errores
Empadrónate en el nuevo municipio cuanto antes y guarda el certificado. Asegúrate de tener el contrato de alquiler o de propiedad que justifique el traslado, y conserva todos los justificantes facturas, recibos a tu nombre, contrato laboral durante al menos cuatro años, que es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para revisarlo.
En la declaración, localiza la casilla 19 del modelo 100, una de las casillas más utilizadas en la declaración de la renta, márcala y anota correctamente el rendimiento neto del nuevo empleo. Si tienes dudas sobre cómo calcularlo o si tu situación tiene alguna particularidad,como un proceso de oposición o un traslado parcial, merece la pena consultarlo con un asesor fiscal antes de enviar.
La deducción por movilidad geográfica es uno de esos beneficios fiscales que pasan desapercibidos y que, si cumples los requisitos, pueden dejarte hasta 400 euros más en el bolsillo cada año. No es complicada de aplicar: solo hay que hacerlo bien.
Preguntas frecuentes sobre la deducción por movilidad geográfica
La deducción es de 2.000 euros anuales adicionales a los gastos generales de rendimientos del trabajo. Puedes aplicarla durante dos años: el del traslado y el año siguiente. Si el rendimiento neto del nuevo empleo es inferior a 2.000 euros, ese importe será el límite máximo que podrás deducir, aunque tengas otros ingresos del trabajo.
No. Esta deducción es exclusiva para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no pueden aplicarla en ningún caso, ya que está vinculada específicamente a los rendimientos del trabajo y al requisito previo de estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto.
La Agencia Tributaria puede requerir pruebas del traslado efectivo en una revisión posterior. El empadronamiento por sí solo no es suficiente ni imprescindible, pero es el documento más fácil de obtener. Sin acreditar el cambio de residencia real con documentación combinada, la deducción puede ser denegada.
Sí, siempre que hayan estado inscritos como demandantes de empleo antes del momento correspondiente del proceso selectivo. Desde la resolución del TEAC de enero de 2025, ese momento depende de si el proceso incluye prácticas previas o no. La inscripción en la oficina de empleo sigue siendo imprescindible en cualquier caso.
En tributación conjunta el límite de 2.000 euros se aplica por unidad familiar, no por contribuyente. Si ambos cumplen los requisitos pero declaran de forma conjunta, el máximo sigue siendo 2.000 euros en total. En ese caso conviene hacer los números antes de decidir: dos declaraciones individuales suelen ser más ventajosas.
Hola Pepinperez A mi me pasa exactamente lo mismo. Me sale por defecto la movilidad geográfica en el borrador y este es mi tercer año. Supiste si el borrador estaba mal? No se muy bien a quien preguntar. Gracias
Hola! Tengo una consulta un poco peculiar sobre la movilidad geográfica. Los 15 primeros días de septiembre estuve desempleado, apuntado en el SEPE y cobrando el desempleo, pero no estuve apuntado al SAE. El día 16 comencé a trabajar en otro municipio, donde tengo contrato, alquiler y me empadroné. ¿Podría justificar la movilidad geográfica con la documentación de haber cobrado el desempleo o no sería suficiente? Muchas gracias!
Hace 3 años que me desplacé por trabajo a Cataluña y apliqué en mi declaración de renta la deducción por movilidad geográfica. Al hacer el borrador de la declaración , este año y meter mis datos, el programa informático me ha aplicado, de forma automática, la deducción por movilidad (por tercer año), y tengo entendido que solo se aplica 2 años. Es correcto? El programa de borrador de Hacienda está mal? Gracias
Hola! Qué sucede si cambio de municipio para un contratodde seiss meses, cumplo los requisitos y me aplicó la móvilidad geográfica porque cumplo los requisitos. Cuando acaba mi contrato, vuelvo a mí casa, meiinscribo como demandante de empleo y, a la semana, me vuelven a llamar del mismo trabajo. Otra vez me tengo que mudar, llamo a mi casero anterior a ver si sigue libre el piso que había alquilado... ¿Sería aplicable? Gracias
Estoy simulando la declaración del próximo año y me saldrá a pagar. En 2019 me mudé a otro municipio estando en paro para hacer unas prácticas (no contrato de trabajo) para ese año no me hizo falta la deducción, pero ahora para 2020 que continué con las prácticas y luego ya un trabajo en la misma ciudad, pues sí que me haría falta. ¿Creéis que podría pedirla? Yo entiendo que no porque habla de puesto de trabajo, y lo mío no era un trabajo a efectos legales. ¿Tiene sentido que la pelee?
Hola! Es requisito indispensable haber estado inscrito en el SEPE cuando has aceptado la oferta de trabajo. Si no lo estabas y has aplicado la deducción, Hacienda puede reclamártela en cuanto compruebe tu declaración.
Hola! Los requisitos para poder acogerse a esta deducción son 3:
Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.
Si cumples los tres, no deberías tener ningún problema. Hacienda revisará tu declaración y si lo considera oportuno te pedirá algún tipo de justificante, pero no es obligatorio. Se recomienda empadronarte en el nuevo domicilio para que, en el caso de que te reclamen algún tipo de justificante, lo puedas presentar.
Hola! Es requisito estar en desempleo en el momento que se acepta el trabajo:
Los contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, incrementarán hasta en 2.000 euros el gasto deducible con carácter general.
hola quisiera hacer una pregunta. puedo desgravarme la movilidad geográfica si he cambiado de puesto de trabajo y este me obliga a residir en otra comunidad autónoma, si anteriormente mi situación no era de desempleo?
Buenas tardes, a ver si me podéis ayudar con esta consulta, sólo me falta el requisito de contrato de alquiler de piso para la deducción por movilidad ya que he vivido en el piso de un conocido, podría hacerme un contrato pero me da miedo de meterle el líos con Hacienda ya que él no alquila el piso y me ha hecho un favor, no sé si serviría un justificante de vivienda firmado por él, pero no querría poner un alquiler que no he pagado y que pueda tener consecuencias en su declaración, muchas gracias y a ver si alguien me puede aconsejar
Buenas tardes. El año pasado acepté un puesto de trabajo en otra comunidad autónoma distinta al de la residencia habitual, por lo que me tuve que empadronar en el nuevo domicilio. El único requisito que no cumplo para la deducción por movilidad geográfica, es que no he estado inscrito en la oficina de empleo. Si solicito la deducción y Hacienda se da cuenta que no e estado inscrito, ¿conllevaría sanción?? ¿Os han pedido posteriormente el justificante de la inscripción en la oficina de empleo? Considero más que suficiente el certificado de empadronamiento, contrato de trabajo y alquiler, para tener en cuenta esta deducción. Cordiales saludos.
Buenas tardes, a la hora de seleccionar la reducción por movilidad geográfica, tengo que indicar debajo la suma del rendimiento neto previo. ¿Se corresponde este valor con el indicado en la casilla 17? Muchas gracias
1º decir que me leí las 50 y pico páginas del hilo, todas las respuestas y mas de la mitad de las preguntas. Pero mi caso es muy particular, y necesito ayuda. Intentaré simplificarlo todo lo que pueda.
El 01.06.2016 me inscribo en la oficina de empleo de mi municipio en Asturias. Unas semanas después consigo un trabajo en Madrid, y mudo mi residencia. En la Declaración de la renta de 2017 y en la de 2018 aplico la deducción por M.G. , hasta aquí todo bien.
Ahora, estando en 2020, me doy cuenta que Posiblemente en 2017 cumplí nuevamente los requisitos para una Nueva Movilidad Geográfica, para aplicarla en las declaraciones de la Renta de 2018 y 2019 (La de 2018 ya la tenía, pero no la de 2019)
El 01.03.2017 finaliza mi 1er contrato en Madrid. El 01.04.2017 me inscribo nuevamente en la oficina de Empleo, esta vez en Madrid. Y Ahora viene lo complejo del caso;
El 01.05.2017 consigo un nuevo trabajo en otro municipio (Pero dentro de Madrid). Pero No cambio la residencia, ya que el Municipio estaba relativamente cerca. Pero durante la duración de este contrato que fue de 2 meses, del 01.05.2017 - 30.06.2017, tengo otra entrevista de trabajo, Para otro Municipio diferente a todos los anteriores, y me confirman que comenzaré con ellos en Septiembre. Y en Septiembre me mudo a este nuevo municipio.
¿Cumplo de nuevo los 3 Requisitos y puedo modificar la renta de 2018 y 2019?
- Estar Inscrito a la oficina de Empleo: Sí, pero el trabajo que acepté cuando estaba inscrito no fue el definitivo, Pero sí lo fue otro 4 meses mas tarde.
- Aceptar un trabajo en otro municipio: Sí, no hay duda que era otro municipio.
- Implica cambio de Residencia: Sí, pero no cambié de residencia en el contrato de 2 meses del 01.05.2017 - 30.06.2017, sino después, con el contrato de Septiembre, pero con la particularidad que durante la duración de este contrato de 2 meses, ya tenía cerrado el contrato de Septiembre.
observando las casillas correspondientes, en el formulario sería la casilla 20 y no la 19: "Incremento para contribuyentes desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia a un nuevo municipio (*)" ¿A qué se refiere con "Otros gastos deducibles"? Si presento el nuevo empadronamiento, ¿se aplicarán 2000 extra? ¿4000 en total?
Buenas tardes Amparo. Mi hija se trasladó a Canaria el año pasado para un puesto de trabajo. Alquiló un piso y se empadronó en él. Se inscribió en la oficina de empleo en cuanto terminó la carrera, pero desconozco si después de cada empleo hay que volver a inscribirse. A parte de esa duda, también tengo la duda de que si es necesario cambiar el domicilio fiscal, ya que actualmente lo tiene en Andalucía. Entiendo también, que los 2000€ te lo restan de los ingresos obtenidos por renta de trabajo. ¿es así, no? Muchísimas gracias y cordiales saludos.
Al incorporarme a mi primer empleo a finales de año, cambiando de domicilio, he perdido la deducción de ese ejercicio (apenas tuve ingresos para beneficiarme de la deducción por movilidad geográfica).
¿podría alegar algo para que no considerasen ese como mi primer año de deducción?
Tengo una cuestión al respecto de la reducción de movilidad geográfica, te expongo mi caso por si me puedes aclarar. En 2016 estaba inscrito como demandante de empleo en Andalucía, acepté un trabajo en Madrid y por tanto durante los dos siguientes años me apliqué la reducción de 2000 euros sin problema (aún si haber estado empadronado en Madrid, únicamente modifiqué mi dirección fiscal para adecuarla a Madrid).
En este 2019 he dejado un trabajo en Madrid, me inscribí al desempleo en Andalucía nuevamente ya que regresé a mi tierra y transcurridos unos días he aceptado otro trabajo en Madrid nuevamente. ¿Tendría derecho a aplicarme nuevamente esta reducción al hacer mi declaración de la renta de 2019 y siguientes bajo esta casuística? ¿Por el hecho de ya haberme acogido a esta reducción durante dos años ya no puedo acogerme más veces o no habría problema en este sentido?
En enero de 2017 estaba en el paro, me cambie de comunidad autónoma por un contrato de trabajo, tengo contrato de alquiler y me empadrone en la nueva vivienda.
Pedi la deducción en la renta de 2017 y ahora querria volver a pedirla en la renta de 2018, pero mi duda es que en marzo de 2018 cambié de trabajo (sigo en la misma ciudad y en el mismo piso, pero en otra empresa), ¿puedo pedir la deducción igualmente?