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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

4,11K respuestas
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#3886

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

buenas, hoy he entrado en la web del SEPE y no está actualizada. Siempre se actualiza el ultimo día hábil. Y el día 1 es festivo. Tenia que estar la web con las nóminas actualizadas. No sé si han cambiado la norma. 
Os pasa igual? 
... 
He llamado al 060 y no saben nada de la web. Me ha dejado a medias de hablar y que estaba correcto en mi expediente. Pero ando preocupado por la visita del otro día en referencia a los cobros a pérdidas de los juegos online.


#3887

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Estoy en la web del sepe como ALTA ( subsidio >52 ), y no hay nada en observaciones. Lo unico y , para mi, también importante , aparte de la falta de actualización, si hubiera alguna incidencia o revisión lo pondría en la página de situación de la presentación?
#3888

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Nunca se ha actualizado el ultimo día del mes.
Las nóminas se van actualizando a lo largo del mes y cuando se abre el siguiente mes (no antes de cerrar el mes en curso), se envía la nómina al banco y se abre la del mes siguiente
#3890

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Madre mía, entonces esta posibilidad de que una herencia de 12000 extinga el subsidio es real?  Y para todos o solo a partir de nov24?


#3891

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

La redacción aplicable al caso es del 2018, anterior a la reforma de 2019, ello no impide que la doctrina de la sentencia encaje también en la redacción actualmente vigente. 

El requisito de carencia de rentas, regulado en el artículo 275 de la LGSS, modificada en 2019 (Real Decreto-Ley –RDL– 8/2019, de 8 de marzo) y en 2024 (RDL 2/2024, de 21 de mayo)


Lo dramático, es que ha sido el SEPE quien lanza la primera piedra, aplicando el cálculo del prorateo y el TS le corrige, pero con otro prorateo,  que también te lleva a la extinción si superas 12.000€.

Desconozco las ganas que tiene el SEPE de cargarse la ayuda, pero lo tiene a huevo.

#3892

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Pero en herencias actuales como lo están haciendo?  Si esto es de 2018 habrá habido ya unas cuentas.

Experiencias????

#3893

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

La STS unificando doctrina es de 2024. Sabemos que un forero, Frangjr, trabaja en SEPE y ya hizo un comentario días atràs al respecto.
Personalmente, como muchos que comentan por aquí, no he leído absolutamente nada sobre este asunto y en consulta reciente, me reafirmaron que el criterio del organismo en supuestos de herencias (dinero) es considerar cómo pago único dicha cantidad y a partir del mes siguiente recalcular vía rendimiento efectivo o en su caso presunto para volver a estar en condiciones de cumplir el requisito de carencia de rentas.
Sí me extraña, que desde este foro no haya habido ninguna consulta sobre este particular hasta ahora, teniendo en cuenta que dicha STS es de 2024 y estamos en 2026. Dudo mucho que haya habido extinciones por este motivo sin recurrir, bien en vía administrativa y, en su caso, judicial.
#3894

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Las instrucciones del SEPE siguen como estaban, las leyes que afectan al SEPE siguen como estaban.
Todo esto que se comenta es, de momento, un caso particular que ha llegado al tribunal supremo y una interpretación que hace el tribunal supremo de ese caso concreto, hasta donde yo sé no es una sentencia que cree jurisprudencia.
Si creara jurisprudencia, habría que ver que interpretación hace el SEPE de una sentencia que contradice al RD 625/1985 y como gestiona esa contradicción.
Actualmente, como antes, el beneficio de una herencia se divide entre 12 y el cociente se imputa al momento de la adjudicación de herencia.
#3895

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

La sentencia del TS es de Julio 2025.

Respecto a un subsidio reconocido en abril 2018, que el SEPE lo extingue en diciembre 2019.

Despues hay recurso y el TS resuelve el recurso de casación para la unificación de doctrina respondodiendo a su vez a otro recurso.

La doctrina de la STS de 11 de julio de 2024 no viene a cuento con los procedimientos ordinarios del SEPE, ni con su marco jurídico. 

Por otro lado las STS tienen la potencia que tienen, unifican los criterios en la interpretación de la norma, por eso digo que el SEPE lo tiene a huevo, le basta con litigar, provocando litigios, como ya hizo en este caso, donde al SEPE le dio por prorratear la herencia, en vez de suspensión de un mes y presuntas.



#3896

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

El SEPE es incapaz a conseguir que todos sus gestores apliquen las mismas instrucciones, aunque las hayan puesto por escrito.
Mucho menos van a conseguir que apliquen un criterio del tribunal supremo que el organismo no ha puesto por escrito.
Por otro lado se produciría un gasto de tiempo y recursos y la ralentización de todo el sistema, que no creo que al organismo le interese.
#3897

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Primero de nada daros las gracias por las dudas que solucionáis en el foro y que me han servido varias veces.

Tenía una duda a ver si me la podéis resolver,mi mujer cobra una incapacidad permanente total cualificada(con la bonificación del 20%)en estos momentos creo que con la sentencia del tribunal supremo es compatible con el subsidio de 52 años,si cumples el resto de criterios.

En este caso con el 20% se pasa en el limite de rentas,pero va a empezar a trabajar en un empleo compatible(por lo tanto le quitarán ese 20%).

Si trabaja más de tres meses y no solicitamos la reanudación de ese complemento(tengo entendido que el INSS no lo hace de oficio)podría solicitar el subsidio ya que sin el cumple el requisito de rentas?gracias.
#3898

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En principio si.
Pero el SEPE puede cobsiderar que se pone voluntariamente en situación de necesidad. No creo que rebusquen tanto viniendo de un trabajo que se ha terminado, pero es una posibilidad que existe
#3899

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias por responder.
La realidad es que si solicitamos antes el complemento del 20% en lugar del subsidio,es porque hasta hace pocos meses no permitían compatibilizar ambos (te pedían 15 años cotizados después de que te concedieran la incapacidad)

Pero ahora que es compatible la verdad es que la diferencia es muy grande, no solo ingresaría más dinero si no que cotizaría para tener una base mayor a l a hora de jubilarse.

Además tenía entendido que una vez que tengas las dos opciones o pedir la reanudación del complemento o solicitar el subsidio es competencia tuya decidir cuál es la que más te favorece,otra cosa sería que el INSS de oficio te reanudará el complemento del 20% y que tú no lo quisieras.

#3900

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si fuera algo que estuviera claramente establecido en la Ley, nadie podría invocar el fraude de Ley. No digo que vaya a pasar porque en estos casos lo que a alguien le parece que es un fraude de Ley a otro puede parecerle que no y el SEPE debe pensarselo mucho antes de invocar el fraude de Ley. Lo que digo es sólo una posibilidad.
En la remota posibilidad de que ocurra, tendrá que pelear en el juzgado el reconocimiento del subsidio.
Me limito a comentar que sí que cumple los requisitos, pero que existe esta posibilidad. ¿Ocurrirá? Con un 99,9% de probabilidad, no.