"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos
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franjgr12/01/26 17:51
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Presolicitud sepe
Depende de su provincia y hasta incluso de su oficina. Solo podría compartir la información con un vecino.Sé que en los lugares con más proporción de habitantes por funcionario están tardando mucho tiempo.
franjgr12/01/26 12:38
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Subsidio + 52 años e "incapacidad real" - Incapacidad Permanente Total
Va al sitio incorrecto a informarse.El subsidio tiene como requisito "cumplir los requisitos para la jubilación salvo la edad" y el único competente para decir si se cumplen los requisitos para la jubilación es el INSS.Por lo que lo que le digan en el SEPE como si se lo dice el cuñado en el bar, no tienen la información.Hay una sentencia del supremo que debe ser tenida en cuenta por el INSS y dar ese requisito como cumplido, pero está información no tiene porqué saberla el SEPE.El subsidio se lo darán desde el día de la solicitud, si cumple el resto de requisitos.
franjgr11/01/26 16:23
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Imv y casarse
¿En la resolución figuraba que la unidad familiar era de tres personas? ¿La unidad familiar sigue siendo de las mismas tres personas?.No veo que vaya a cambiar a efectos del IMV que hayan firmado un contrato entre ustedes.Otra cosa sería que el INSS no hubiera aceptado que la unidad familiar fuera de tres personas al no existir dicho contrato.
franjgr10/01/26 23:01
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Subsidio por desempleo 2026 - paro
Solamente si el paro que agota ha durado un año o más, o hay vínculo matrimonial o pareja de hecho (inscrita en un registro) y los ingresos de la pareja no superan los 1776 euros brutos al mes.
franjgr10/01/26 11:05
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Subsidio por desempleo 2026 - paro
1.- Aquellos que terminen la prestación Contributiva y tengan personas a cargo, sean mayores de 45 o hayan cobrado más de 360 días de Prestación Contributiva.2.- Aquellos que tengan cotizados, y sin usar, al menos 90 días y terminen contrato con situación legal de desempleo3.- Victimas de violencia de genero acreditada en los últimos 6 meses.4.- Españoles emigrantes retornados que hayan trabajado al menos un año en el país del que retornan.
franjgr10/01/26 10:50
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Subsidio y plazo
Le he respondido en otra conversación
franjgr10/01/26 10:37
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Error en subsidio sepe
El subsidio debe prorrogarse cada tres meses, no son 21 de golpe. Haga la solicitud de prorroga lo antes posible porque le darán otros tres meses desde el día de la solicitud.
franjgr09/01/26 23:33
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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
No existe ninguna precepto en la Ley que diga que se puede sancionar por ocultar información en general.Sólo cuando esa información es causa de suspensión o extinción del subsidio.Da igual que exista una obligación de comunicar las variaciones de rentas, nunca podrían sancionar si no hay superación de rentas.
franjgr09/01/26 17:44
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Subsidio por desempleo 2026 - paro
No tiene que esperar ningún día desde que termine lo que tiene concedido.A partir del día siguiente al 23/01 se puede prorrogar el subsidio. Si lo pide en los 15 días hábiles siguientes se lo prorrogarán desde el 23/01, si pasa este plazo pero no pasan 6 meses se lo prorrogarán desde el día de la solicitud.
franjgr09/01/26 15:23
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
¿Han puesto seguimiento de las presolicitudes por la sede electrónica? Eso es nuevo Tengo que echarle un vistazo.
franjgr09/01/26 15:17
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Denegado el subsidio para mayores 52 años
El SEPE debería hacer esa comprobación de oficio al reconocer el subsidio y solo pedir la declaración en caso de alguna duda. Pero si lo piden se hace y listo.La DAR debería hacerse en el aniversario de su concesión, en este caso en el tercer aniversario.Esto dicho con las reservas propias de que no hay nada escrito para su caso concreto, como bien dice Angelneu
franjgr09/01/26 12:43
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
¿Donde dice que si?Una presolicitud tampoco es una solicitud. Ni presolicitudes ni declaraciones estáb recogidas en la Ley de procedimiento administrativo como de obligada notificación
franjgr08/01/26 22:57
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Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52
Ya le he respondido que las rentas periódicas se dividen entre el número de meses a que corresponden y se imputa el cociente a cada mes. y que los depósitos son un ejemplo de renta periódica.Y todas las rentas se miran por el importe bruto
franjgr08/01/26 22:47
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
DAR es la abreviatura de "Declaración Anual de Rentas" Usted declara que mantiene los requisitos, si el SEPE lo considera correcto el seguir cobrando es respuesta suficiente. Sólo tienen que comunicarle si hay cualquier cambio.
franjgr08/01/26 16:17
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
No, es una declaración, no una solicitud.Si no supera rentas no recibirá ninguna respuesta.
franjgr08/01/26 12:41
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Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52
Las rentas periódicas se dividen entre el número de meses a qué corresponde y se imputa el cociente a cada mes. Aquí entran intereses de cuentas, dividendos, depósitos, alquileres...Los pagos únicos se dividen entre 12 y el cociente se imputa solo al mes que se percibe. Aqui entran sorteos, promociones, venta de patrimonio, fondos de inversión, letras del tesoro...El límite de ingresos mensual es de 888 euros al mes.Por un pago de 200 euros (que debe dividirse entre 12), no le van a suspender el subsidio, salvo que tenga otras rentas que sumadas lleguen a 888 euros mensuales.
franjgr07/01/26 23:01
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Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52
Si no se superan rentas ningún mes no hay problema aunque no se declaren las rentas exactas.Si se supera rentas algún mes hay plazo para comunicarlo hasta la siguiente DAR, pero el SEPE contabilizara los ingresos mensualmente y eso puede implicar la suspensión de varios meses, según cuantos meses haya superado rentas.
franjgr07/01/26 17:16
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El dividendo es una renta periódica, hay que dividirlo entre el número de meses a que corresponda e imputar el cociente a cada mes. Por lo tanto no hay ningún mes sin renta a la que puedan imputar una renta presunta.
franjgr07/01/26 15:12
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
1. Los dividendos sí que son rendimientos de capital mobiliario y por lo tanto rentas periódicas Esas acciones que dan dividendos no pueden tener renta presunta 2 y 3.La Ley no establece ninguna sanción por rellenar mal la solicitud ni siquiera por no poner toda la rentas, salvo que sean causa de denegación. Ni establece tampoco ninguna forma de rellenar los documentos.No va a pasar nada porque lo pongas de una manera o de otra o incluso porque no ponga nada, si no supera rentas.
franjgr06/01/26 13:01
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No deberían sumar rendimiento presunto y explicito, eso si que está específicamente señalado como incorrecto en la Ley General de la Seguridad Social y se gana fácilmente en los tribunales.Es un lío porque la Ley no es lo suficientemente amplia (no debe serlo), el reglamento que desarrolla la Ley tiene 40 años, desarrollaba otra Ley ya desaparecida y no está adaptado a la realidad actual y los que hacen las instrucciones del SEPE por un lado no conocen estos productos de los que hablan y por otro lado parece que no quieren ser claros para que la responsabilidad recaiga sobre los gestores y así hay 100.000 interpretaciones.Si no supera rentas no es obligatorio declarar nada, no le pueden sancionar.
franjgr06/01/26 12:48
Ha recomendado
Re: La Ocde
de
Atrofiao
franjgr05/01/26 23:01
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La Ocde
La OCDE sólo es un organismo asesor que asesora a todos los países miembros de esta organización.Unas sugerencias son tenidas en cuenta, otras no. No parece que este gobierno este por la labor de tener en cuenta esta sugerencia.
franjgr05/01/26 22:53
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Los dividendos son rendimientos periódicos (con un periodo concreto), se deben dividir los dividendos entre el número de meses a que correspondan (se lo debe decir quien paga el dividendo) y eso es lo que imputa cada mes.Como hay un rendimiento explicito no importa el valor de las acciones.
franjgr05/01/26 22:49
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El mes que vende las letras divide el rendimiento entre 12 y ese es el cociente que imputa ese mes.Lo que quería decir con la expresión que no entiende es que las instrucciones del SEPE sólo llegan a que los beneficios de las letras del tesoro son pagos únicos (algo que no entiendo) y por lo tanto cuando se venden, el beneficio se divide entre 12 y el cociente se imputa a ese momento.Pero todos los pagos únicos que se derivan de la venta un patrimonio que no tiene renta explicita (fondos de inversión, propiedades inmobiliarias...) tienen un interés presunto mientras no se venden. Por lo que mi deducción es que tienen que tener un interés presunto. Pero no me extrañaría que alguien hiciera otra interpretación puesto que el SEPE no lo dice claramente.
franjgr05/01/26 18:28
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Según las instrucciones del SEPE las letras del tesoro son pagos únicos.¿El inconveniente? Si son pagos únicos, el rendimiento sólo se tiene en cuenta cuando se venden y, por lo tanto, el resto de meses se aplica el rendimiento presunto del 3,25%. Pero esto último no lo dicen las instrucciones por lo que puede encontrarse otra interpretación.Por lo tanto de aquellas letras que no venda en enero, debería aplicar el 3,25% anual y esa sería la renta a tener en cuenta en febrero y luego cuando las venda divide el beneficio entre 12 y ese cociente se lo aplica a ese mes.Los dividendos, deberá dividirlo entre el número de meses a que corresponda (normalmente 12, pero no siempre) y el cociente lo imputa a cada mes.