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"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos
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franjgr 19/08/25 23:02
Ha respondido al tema Subsidio desempleo
Actualmente el plazo para pedir el subsidio es de 6 meses desde el hecha causante.Si supera rentas en el mes anterior a la solicitud, sólo es cuestión de esperar al mes siguiente y volver a solicitarlo.
franjgr 19/08/25 18:10
Ha respondido al tema Renovación semestral subsidio - desempleo
Estamos hablando, entonces, del subsidio por ser víctima de violencia de género. En este subsidio, en caso de existir más personas en la unidad familiar, se deben acreditar la situación de todas estas personas, es obvio que hay otra persona en la unidad familiar que es su hijo y si existe padre reconocido, puede haber una tercera.Debe acreditar la situación con estas dos personas y declarar sus ingresos, si hay convivencia no hay problema, todo está claro sólo con presentar el empadronamiento. Si no hay convivencia pues, obviamente, debe existir un convenio regulador que regule la guardia custodia y alimentos de ese niño. De acuerdo a las instrucciones que el SEPE ha realizado para este subsidio es absolutamente obligatorio acreditar la situación con todos los miembros de la unidad familiar.Doy por supuesto que el padre de este niño no es el maltratador y que, por lo tanto, ha cobrado correctamente la RAI y está cobrando correctamente el subsidio, porque de lo contrario el problema se tornaría en muy grave.
franjgr 19/08/25 17:58
Ha respondido al tema Subsidio desempleo
Su cónyuge debe declarar los ingresos del mes anterior a la solicitud, es una obligación fijada en la Ley General de la Seguridad Social.El SEPE, posteriormente verificará los datos y sólo puede hacerlo a través de las declaraciones trimestrales, si con la declaración responsable tiene derecho al subsidio y con el resultado de la declaración trimestral de IRPF no lo van a tratar como un intento de fraude y recaerá sobre su cónyuge la labor de demostrar que no fue así.
franjgr 19/08/25 17:38
Ha respondido al tema Renovación semestral subsidio - desempleo
Primera pregunta ¿Subsidio anterior al 01/11/2024 o posterior?Segunda pregunta ¿por cuanto tiempo tenía reconocido el subsidio?No deberían pedirle una documentación que ya aportó en el alta inicial del subsidio. Pero si no la aportó en su momento y tenía un subsidio sin cargas reconocido, sí que debe aportar la documentación, pero la respuesta será diferente en función de cuando haya nacido ese subsidio.
franjgr 18/08/25 12:48
Ha respondido al tema Subs.+52 años dudas?
Si termina el trabajo le darán a escoger si quiere cobrar el paro o reanudar el subsidio.Si elige reanudar el subsidio se pierden las cotizaciones que se tuvieran para el paro pero al no ser un subsidio nuevo se rige por la normativa antigua y se podrá compatibilizar como está haciendo ahora.
franjgr 18/08/25 12:45
Ha respondido al tema Subs.+52 años dudas?
Lo que plantea es imposible. Si le reconocen el subsidio desde el 3 tiene que ser porque tenía subsidio hasta el 2.Si está reconocido en agosto se cobra el 10 de septiembre como el paro
franjgr 13/08/25 23:02
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 años y depósitos de larga duración
Efectivamente
franjgr 13/08/25 14:47
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 años y depósitos de larga duración
Ni TAE ni TIN.Con el bruto
franjgr 13/08/25 12:38
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 años y depósitos de larga duración
El interés mensual del depósito Tendrá que calcularlo
franjgr 11/08/25 12:17
Ha respondido al tema Estoy percibiendo el subsidio de mayores de 52 años y tengo unas acciones.
El dividendo.Debe dividirlo entre el número de meses a que corresponde cada uno de ellos y esa será la cantidad mensual. Que puede ser diferente unos meses y otros.
franjgr 10/08/25 09:33
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Es que no tiene que decir nada."El derecho a la percepción de la prestación por desempleo se suspenderá por...."Y ya está, si no hay percepción no hay causa de suspensión. Así de fácil.Si fuera causa de sanción o cualquier otra cosa el salir al extranjero sin cobrar prestación entonces debería decirlo. Ni el SEPE ni ningún otro organismo se pueden inventar lo que no está en la Ley.
franjgr 09/08/25 23:37
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cuando no se está cobrando del SEPE no es obligatorio comunicar la salida al extranjero.
franjgr 09/08/25 17:01
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Las sentencias que no crean jurisprudencia sólo sirven al que puso la demanda.Para los demás sirven sólo como referencia para sus propias demandas, pero en ningún caso obligan al SEPE.No soy abogado para poder entender el alcance de las distintas sentencias, sólo digo lo que viene en la Ley y en las instrucciones del SEPE.Dicho esto, la primera sentencia habla del interés presunto, que ya he dicho que no se tendría en cuenta, no habla de la ganancia patrimonial. La tercera habla de inmuebles y como comenté si el subsidio es anterior al 01/11/2024 los inmuebles no se tienen en cuenta precisamente por sentencias judiciales, en los subsidios posteriores el SEPE considera que la Ley ha cambiado y que deben tenerse en cuenta, aun no hay sentencias sobre esta modificación.En cuanto a la segunda, es la más interesante y puede ser que sea la que obligara al SEPE a no tener en cuenta la ganancia patrimonial de los inmuebles, ¿porqué esto no afecta al capital? Habría que leer la sentencia y probablemente ni así saquemos algo en claro.Insisto, conozco lo que dice la Ley y las instrucciones del SEPE y esto es lo que aplicará el SEPE, lo demás sería proceso judicial posterior.
franjgr 09/08/25 10:14
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Pues por la misma razón que hacienda lo considera un incremento patrimonial (que se declara en el impuesto de sucesiones, no en la declaración de renta).La propiedad pasa a ser suya a efectos legales, aunque no tenga el uso y disfrute.Me parece un buen argumento para llevar al juzgado que la imposibilidad de usar el dinero implica que cuando su padre fallezca, el dinero restante puede ser totalmente diferente al ahora declarado. Pero debe ser un juez quien "legalice" este argumento. Tal y como están la Ley de la Seguridad Social y la tributaria no se hacen distinciones entre que haya usufructo o no lo haya.
franjgr 09/08/25 09:26
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
¿Debe hacer liquidación del impuesto de sucesiones? Sí, porque pasa a ser propietaria de un patrimonio que antes no tenía¿El SEPE considera renta este incremento patrimonial? Sí en cuanto al dinero. En cuanto a las propiedades, si se trata de un subsidio posterior al 01/11/2024 sí, si se trata de un subsidio anterior a dicha fecha no.¿Es suficiente para tener que suspender el subsidio 1 mes? Sí, porque 30.000 euros entre 12 supera el límite de 888 euros mensuales.Por lo tanto el subsidio será suspendido un mes, pero se puede reanudar al mes siguiente al no existir ningún rendimiento presunto de una herencia de la que no tiene el control.
franjgr 08/08/25 17:33
Ha respondido al tema Compatibilizar prestación de desempleo con trbajo parcial. - Prestación por desempleo
Cuentan para futuras prestaciones, por supuesto.
franjgr 08/08/25 17:24
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Falta hacer los cálculos exactos, pero veo complicado que tenga derecho al subsidio con esos datos que proporciona.Los depósitos son rentas periódicas, debe sumar el interés mensual a los 700 euros (dividir el rendimiento entre el número de meses que se tiene el depósito)Los fondos no tienen renta explicita, por lo tanto hay que hallar un interés presunto del 3,25% anual, dividirlo entre 12 meses y sumarlo a los 700 euros.Las letras son tratadas, por el SEPE, como fondos de inversión, por lo que debe hacer la misma operación.Si después de estos cálculos sigue sin superar los 888 euros mensuales, podrá acceder al subsidios.Es obligatorio comunicar al SEPE las rentas, en caso de no tener derecho el SEPE revocará todo el subsidio y obligará a su devolución, cuando conozca estas rentas.
franjgr 31/07/25 23:25
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
La carta debe ser certificada. En caso contrario puede tumbar todo el procedimiento reclamando que no se le ha notificado y que tengan que empezar de 0.No hay nada que hacer, salvo que lo quiera meter a juicio y en ese caso, dada la ausencia de jurisprudencia no sabría decir que pasaría.
franjgr 31/07/25 16:30
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Las rentas deben mirarse mensuales. Si todos los dividendos son anuales le vale ese cálculo, en caso contrario no se puede dividir todos entre 12, sino cada uno entre el número de meses a que corresponde.En cuanto a la pregunta del post no puedo ayudarle.
franjgr 31/07/25 12:56
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Efectivamente es uno de los casos en los que no se puede cobrar el CAE. El SEPE no puede cambiar la Ley, pueden decirle que es injusto pero siempre de palabra, no por escrito.Solo un juez puede imponer su criterio por encima de lo que pone la Ley
franjgr 30/07/25 12:02
Ha respondido al tema Sirve como vía de acceso?
Ya no existe ninguna especialidad para los fijos discontinuos en este aspecto.El paro se extingue por cotizar 12 meses desde que se suspendió. Por lo tanto ese paro no está extinguido.La opción se da cuando se tiene un paro extinguido por esta causa y se genera derecho a otro, en ese caso la Ley permite reanudar el paro extinguido renunciando al nuevo.Cómo no está extinguido se puede reanudar sin renunciar al paro nuevoRespecto a la otra pregunta, las cotizaciones se pueden usar en los seis años siguientes, sin que haya establecida otra causa de cad caducidad, únicamente que no se pueden usar cotizaciones que se usaron en otra prestación 
franjgr 29/07/25 22:45
Ha respondido al tema Rebaja de imv
Es una teoría, el IMV cambia con los ingresos del año anterior y esos ingresos el INSS los saca de la declaración de renta.No es hacienda quien debe decir si esta es la causa, puesto que no gestiona la ayuda y que la declaración de renta esté bien no implica que baje o suba la cantidad del IMV.
franjgr 29/07/25 13:58
Ha respondido al tema Subsidio mayor 52 años + IMV
No se pasa de rentas, a menos que el IMV haya metido la pata.El INSS debe adaptar la cantidad que cobra del IMV y no el SEPE la del subsidio.¿Que otros ingresos tiene aparte del IMV?El importe del subsidio no cuenta como ingreso para el propio subsidio.
franjgr 29/07/25 11:43
Ha respondido al tema Reanudacion subsidio - SEPE
¿Ha comunicado usted la existencia de salarios de tramitación? ¿Ha solicitado de nuevo el subsidio después de los salarios de tramitación?Cuando hay salarios de tramitación, cambia la fecha de inicio del paro, el tiempo cotizado y las bases de cotización y puede que con ello el tiempo que corresponde de paro y la cantidad.Una vez que es firme la revocación del paro, se debe volver a solicitar dicho paro para que se proceda a compensar lo cobrado previamente y, por lo tanto, se debe volver a solicitar el subsidio para mayores de 52 años que también cambiará su fecha de inicio.¿Sanción? No, claro que no.
franjgr 28/07/25 17:15
Ha respondido al tema Sirve como vía de acceso?
Efectivamente, para poder cobrar el paro hay que tener el tiempo cotizado y la situación legal de desempleo.Si la situación legal de desempleo se usa para reanudar un paro no se podrá usar para pedir el paro nuevo y tendría que trabajar otra vez para poder acceder al nuevo paro.