Acceder

franjgr

Se registró el 25/03/2014

Sobre franjgr

http://franjgr.site.je
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos
5.006
Publicaciones
4.255
Recomendaciones
202
Seguidores
160
Posición en Rankia
147
Posición último año
franjgr 19/10/26 22:38
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
"Tener" y "deber tener" son dos verbos diferentes.¿Debería tener algún problema? No¿Tendrá algún problema? Es imposible saberlo, pero si se produce debería ser fácil de subsanar.Siempre, claro está, que no supere rentas.
franjgr 19/10/26 14:58
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
¿Y como lo va a entender la seguridad social? Si no hay un trabajo real, el SEPE lo considerará el rendimiento de capital inmobiliario, si así viene la clase de renta, o rendimiento de actividades económicas (considerándose pago único en lugar de renta periódica), si así viene la declaración de renta. Pero como haya alta en autónomos, es incompatible
franjgr 16/10/26 15:07
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Rejano ha hecho oobque tiene que hacer y lo que está obligado según la LGSS. Que no pasa nada si no lo declara, de acuerdo, pero no es una perdida de tiempo.La perdida de tiempo la provocan los que superan rentas e intentan ocultarlo provocando que los funcionarios tengan que hacer labor de investigación.Recientemente tuve acceso a una sentencia, en la que el juez dio la razón al SEPE, después de que la persona hiciera dos declaraciones de rentas comunicando cero euros de ingresos. El SEPE descubrió que había superado rentas, sancionó y la persona fue a juicio defendiendo que le había comunicado el. Eso sí es una pérdida de tiempo para todos
franjgr 16/10/26 15:01
Ha respondido al tema Un futuro gobierno podría bajar el límite de rentas del subsidio de mayores de 52 años?
El límite de rentas en la unidad familiar para el subsidio de mayores de 52 (55 en ese momento) fue declarado anticonstitucional, una prueba más de que no pueden hacer cualquier cosa como le estamos diciendo que pasará si aplican los cambios a quien ya lo tiene reconocido.Si que está la polarización con las uñas preparadas.
franjgr 14/10/26 16:44
Ha respondido al tema Subsidio 52 años combinado con convenio especial
Sería bastante incoherente que una persona que reune las condiciones para la jubilación en el momento del acceso al subsidio para mayores de 52 años luego no pueda jubilarse habiendo cobrado el subsidio desde entonces.¿En que lugar dejaría eso al SEPE? ¿Debería reclamarle todo el subsidio como cobrado indebidamente?No, eso no va a pasar. El tiempo cobrado de subsidio cotiza para la jubilación.
franjgr 12/10/26 23:23
Ha respondido al tema Baja enfermedad común y fin de llamamiento de empresa - Baja Laboral
Y para completar la explicación, una puntualización que sólo se da en los fijos discontínuos.Si la baja médica se prolonga hasta que llegue la fecha de reincorporación al periodo de actividad, la empresa debe darle de alta en el contrato y pasará de nuevo a pago delegado por parte de la empresa. En ese caso, además, el tiempo que se ha estado de baja médica no ha corrido de paro puesto que no se ha llegado a solicitar ningún paro.
franjgr 09/10/26 22:57
Ha respondido al tema Juicio ganado contra SEPE
Efectivamente, el plazo para solicitar el subsidio de víctima de violencia de género es de 6 meses desde la fecha de la sentencia, orden de alejamiento, de protección, certificado de la comunidad autónoma...No es un invento del SEPE, así viene recogido en la Ley de la Seguridad Social. El subsidio no es la RAI, como dije, tiene otros requisitos, plazos y condiciones.En lugar de reclamar ¿no puede conseguir que los servicios de atención a la víctima de violencia de genero, de la comunidad autónoma, le emitan un certificado actualizado de estar siendo atendida como víctima de violencia de género? Le ahorraría tiempo y disgustos.
franjgr 09/10/26 19:45
Ha respondido al tema Juicio ganado contra SEPE
Si el señor juez ha dicho eso, el SEPE debe cumplirlo, pero sin necesidad de solicitud, solo porque se debe ejecutar la sentencia.Pero si el juez no menciona nada de otra RAI más, el SEPE se la denegará y deberá ir a otro juicio.Si es víctima de violencia de género puede que pueda acceder al al subsidio para víctimas de violencia de género con otros requisitos y otras condiciones que la RAI, pero no a la RAI. Salvo que lo haya dicho la sentencia judicial 
franjgr 09/10/26 12:35
Ha respondido al tema Juicio ganado contra SEPE
No.La RAI duraba 11 meses y se podía cobrar 3 veces a lo largo de la vida. Cada una con su nueva solicitud y volver a cumplir los requisitos.En ningún lugar de la regulación de la RAI decía que por cobrarla una vez se iba a cobrar 3.Quien le haya dicho otra cosa le ha informado mal.A partir del 01/11/2024 no se puede reconocer la RAI porque la normativa que la regulaba fue derogada 
franjgr 08/10/26 23:14
Ha respondido al tema Juicio ganado contra SEPE
La RAI no existe desde noviembre de 2024. Si el juez no ha dicho que tiene derecho a ella el SEPE la denegará porque ya no está en vigor y tendría que empezar un nuevo proceso judicial.
franjgr 08/10/26 23:11
Ha respondido al tema Subsidio por desempleo 2026 - paro
No se a que se refieren con eso, no hay ninguna ayuda ni procedimiento llamado de esa manera.Lo único que se me ocurre es que se refieran a un adelanto de nómina pero, para eso deben primero reconocerle la prorroga como dentro de plazo.
franjgr 08/10/26 16:14
Ha respondido al tema Un nuevo gobierno podría rebajar las cotizaciones pasadas al 100% a los perceptores del subsidio de mayores de 52 años.
Rotundamente, no.No se puede aplicar de forma retroactiva una disposición perjudicial, esta prohibido en la constitución
franjgr 08/10/26 12:47
Ha respondido al tema Subsidio por desempleo 2026 - paro
Tiene que tener una resolución del SEPE reconociendo el subsidio en la que se indicaba que estaba reconocido hasta el 01 de septiembre, como mucho puede argumentar no haberla recibido, pero no creo que sirva de nada pues el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento.Le harán la prórroga desde el día que la pida, pero este tiempo no se lo pagarán.La Ley no recoge ninguna excepción en lad prórrogas por la falta de recursos y el SEPE no tiene competencias de servicios sociales, así que me temo que ese argumento no le servira
franjgr 03/10/26 22:54
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Usted tiene la información sobre en que mes se produce cada venta, el SEPE no. En lugar de pedirle más documentación han decidido dividirlo a lo largo del año como si fuera todo igual, mal hecho.Le dan un plazo de 30 días hábiles para hacer la reclamación previa, haga la reclamación aportando sus propios cálculos y, aquí, me temo, que será mejor aportar cuanta más documentación mejor sobre las fechas en las que percibe cada una de las rentas.
franjgr 02/10/26 23:05
Ha respondido al tema DAR subsidio mayores 52 años
Yo defendía ese mismo argumento hasta que leí las instrucciones del SEPE, vi que trataba estas rentas como pago único y se me quedó cara de incredulidad.Todo el patrimonio tiene que tener una renta de algún tipo, excepto la vivienda habitual y el capital depositado en un plan de pensiones hasta que se rescate y esas rentas se deben de mirar cada mes. Por lo tanto, si el pago único es sólo en un mes, el resto de meses debe haber interés presunto. No hay otra posible interpretación.Lo difícil es que el SEPE se entere de que existe ese capital invertido en letras del tesoro para poder contar una renta presunta.
franjgr 02/10/26 22:58
Ha respondido al tema Subsidio - SEPE
Por supuesto que se puede reanudar igual que el paro, no sé donde ha leído lo contrario pero deseche esa idea.Tiene un plazo de 6 meses para reanudarlo tras la finalización del trabajoSi la empresa llega a darle de alta y luego anula el movimiento, el subsidio debe ser reanudado puesto que no existió ninguna relación laboral. Por asegurar es mejor que se pase por la oficina del SEPE o haga una presolicitud explicando que le han eliminado un movimiento en Seguridad Social, para evitar que quede en el olvido y sin reanudar, aunque lo más probable es que el arreglo sea automático.
franjgr 02/10/26 14:22
Ha respondido al tema DAR subsidio mayores 52 años
Es un patrimonio y no tiene una renta periódica (ya que la que tiene el SEPE la considera pago único), por lo tanto tiene una renta presunta del 3,25% anual hasta el momento en que le devuelvan ese dinero.
franjgr 01/10/26 14:55
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Puedes comunicarlo con la reanudación, puedes comunicarlo con la DAR, puedes no comunicarlo...En cualquier caso no es obligatorio presentar ninguna documentación, salvo que te la requieran por escrito.
franjgr 01/10/26 12:22
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Efectivamente, por el dinero obtenido por la venta del piso le aplicaran interés presunto hasta que demuestre que ya no lo tiene o que lo invirtió en otro producto con interés explicito.El SEPE solo puede suspender el subsidio cuando supere rentas y sancionar si supera rentas y genera cobro indebido.En cualquier situación que no se superen rentas, no pasa nada si la comunicación no es exacta con las rentas reales. Y por supuesto, ir a comunicar, en exclusiva, unas rentas que no superan el límite es perder el tiempo. Para eso ya está la declaración anual de rentas en el subsidio de mayores de 52 años y las prórrogas en el resto de subsidios.No obstante, como va a efectuar una reanudación, puede aprovechar y comunicar todas las rentas, pero no hace falta ser exacto ni exhaustivo 
franjgr 29/09/26 10:55
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Por eso lo comentaba, cada provincia tiene sus citas.En Asturias se puede conseguir cita a 3-4 días sin problema y en algunas oficinas de menos afluencia de gente incluso dentro del día.Madrid, Barcelona, Gipuzkoa o Baleares son algunos de los lugares donde más difícil es conseguir citas.
franjgr 28/09/26 22:41
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Esta forma de proceder sólo es válida para una provincia y no para todo el SEPE.Es importante que aclaréis de que provincia sois, para saber si es extensible a la otra persona o no.
franjgr 28/09/26 17:18
Ha respondido al tema El simulador me dice que me puedo jubilar a los 65 años.
No osaría yo, un simple administrativo, opinar sobre la visión que puede tener un juez sobre una reforma legislativa.Esto no tiene nada que ver con como sea la situación económica, tiene que ver con si esa reforma se ajusta a toda la legalidad existente y por encima de todo a la norma suprema que es la constitución.
franjgr 28/09/26 17:13
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No puedo aconsejarle, en mi provincia se piden las citas sin problema a 3-4 días.
franjgr 28/09/26 09:39
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Para comunicar la superación de rentas lo puede hacer con cita previa o bien por internet tanto en la sede electrónica como con una presolicitud.Para reanudar lo puede hacer por los mismos medios, pero aquí recomiendo la cita previa y hacerlo en persona para evitar malinterpretaciones.El préstamo no es necesario comunicarlo ya que no supone ninguna variación en sus rentas. Si en algún momento el SEPE le suspende el subsidio o le requiere documentación ya aportará el contrato firmado, pero dudo mucho que el organismo vaya a tener conocimiento de esta situación puesto que no tiene acceso a su cuenta corriente.
franjgr 27/09/26 22:54
Ha respondido al tema El simulador me dice que me puedo jubilar a los 65 años.
Si se puede jubilar a los 65 años con 35 años cotizados es porque se le puede aplicar la Ley vieja. La Ley ya ha cambiado y pasó un gobierno de derechas y volvió la izquierda y se le sigue aplicando la Ley antigua ¿porqué? Porque no se puede aplicar una disposición que recorte derechos de forma retroactiva.Por lo tanto no puede entrar un gobierno de derechas y volver a cambiar la Ley y que se le aplique de forma retroactiva.Respecto a bajar la cotización del subsidio del 125% al 100% de la base mínima, sí puede pasar y de hecho ya pasó.Por último, poner periodos transitorios no es obligatorio.