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"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos
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franjgr 03/05/26 08:52
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Como le he dicho, este tipo de situaciones son opinables y la única opinión que importa es la del juez. Pero es mejor no llegar a eso.No va a pasar, con casi total seguridad, solo me limitaba a reflejar la posibilidad para que la información fuera completa
franjgr 02/05/26 23:38
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si fuera algo que estuviera claramente establecido en la Ley, nadie podría invocar el fraude de Ley. No digo que vaya a pasar porque en estos casos lo que a alguien le parece que es un fraude de Ley a otro puede parecerle que no y el SEPE debe pensarselo mucho antes de invocar el fraude de Ley. Lo que digo es sólo una posibilidad.En la remota posibilidad de que ocurra, tendrá que pelear en el juzgado el reconocimiento del subsidio.Me limito a comentar que sí que cumple los requisitos, pero que existe esta posibilidad. ¿Ocurrirá? Con un 99,9% de probabilidad, no.
franjgr 02/05/26 15:48
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
En principio si.Pero el SEPE puede cobsiderar que se pone voluntariamente en situación de necesidad. No creo que rebusquen tanto viniendo de un trabajo que se ha terminado, pero es una posibilidad que existe
franjgr 01/05/26 08:55
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El SEPE es incapaz a conseguir que todos sus gestores apliquen las mismas instrucciones, aunque las hayan puesto por escrito.Mucho menos van a conseguir que apliquen un criterio del tribunal supremo que el organismo no ha puesto por escrito.Por otro lado se produciría un gasto de tiempo y recursos y la ralentización de todo el sistema, que no creo que al organismo le interese.
franjgr 30/04/26 23:12
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Las instrucciones del SEPE siguen como estaban, las leyes que afectan al SEPE siguen como estaban.Todo esto que se comenta es, de momento, un caso particular que ha llegado al tribunal supremo y una interpretación que hace el tribunal supremo de ese caso concreto, hasta donde yo sé no es una sentencia que cree jurisprudencia.Si creara jurisprudencia, habría que ver que interpretación hace el SEPE de una sentencia que contradice al RD 625/1985 y como gestiona esa contradicción.Actualmente, como antes, el beneficio de una herencia se divide entre 12 y el cociente se imputa al momento de la adjudicación de herencia.
franjgr 30/04/26 15:24
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Nunca se ha actualizado el ultimo día del mes.Las nóminas se van actualizando a lo largo del mes y cuando se abre el siguiente mes (no antes de cerrar el mes en curso), se envía la nómina al banco y se abre la del mes siguiente
franjgr 29/04/26 22:43
Ha respondido al tema ¿Sabeis si se puede traspasar un plan de empleo una vez jubilado?
Esto es lo que se entiende en otros ámbitos por plan de empleo ¿Qué es un Plan de Empleo?Los planes de empleo son un instrumento de las políticas activas de empleo pensado para aportar experiencia laboral a aquellos colectivos que están en situación de desempleo y que tienen mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.Facilita experiencia laboral adecuada a aquellas personas que acaban de finalizar una formación, o a aquellas otras que, aún teniendo un oficio, llevan mucho tiempo en situación de desempleo. La adquisición de la práctica profesional o bien la reactivación de la vida laboral, implica una mejora en las posibilidades de acceso al empleo en el futuro. De ahí mi comentario y que no entendiera nada de lo que comentaban.Sobre planes de pensiones creados por una entidad bancaria para sus trabajadores, no me atrevo a hablar. Si fuera un plan de pensiones normal si que se podría movilizar a otra entidad.
franjgr 29/04/26 17:24
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Por un comentario de Brandeau y tras releer la Ley y consultarlo con otras dos personas, rectifico mi mensaje.Efectivamente el derecho al subsidio para mayores de 52 años ya no se extingue por superar rentas 12 meses si el subsidio no ha llegado a reconocerse y tampoco se establece un plazo máximo para solicitarlo como pasa en el resto de subsidios
franjgr 29/04/26 12:55
Ha respondido al tema ¿Sabeis si se puede traspasar un plan de empleo una vez jubilado?
¿Perdon?¿Habláis de un plan de pensiones?De un plan de empleo seguro que no. Un jubilado no lo necesita ni puede acceder y no lo gestiona ninguna entidad financiera.
franjgr 28/04/26 22:50
Ha respondido al tema - Incapacidad Permanente Total
Una Prestación que usted no ha solicitado.Reclame, el único organismo competente para reconocer la Prestación por desempleo es el SEPE. El INSS debe reconocer la Prestación por Incapacidad Permanente y no está ligada a la duración de una prestación que da otro organismo y que usted no ha solicitado. 
franjgr 28/04/26 22:46
Ha respondido al tema Cobro subsidio por finalizacion por prestancion de desempleo.
Igual que la Prestación que ha agotado.
franjgr 28/04/26 09:38
Ha respondido al tema - Incapacidad Permanente Total
Si la empresa le despide estando de baja médica, lo que debe hacer es reclamar contra ese despido, en la mayoría de casos se gana. Estar de baja médica, por si mismo, no es causa de despido.En cualquier caso, el INSS seguirá pagando la situación de incapacidad temporal hasta que haya reconocimiento de la incapacidad permanente o denegación de la misma.
franjgr 28/04/26 09:33
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El subsidio no se puede pedir cuando la persona elija, hay que tener una causa de acceso al subsidio.Si en el momento de tener esa causa de acceso (terminar un trabajo teniendo 90 días trabajados, agotar el paro o cumplir los 52 habiendo permanecido apuntado al paro desde que se dio una de las circunstancias anteriores) se superan rentas, el derecho al subsidio quedará extinguido si no es solicitado y reconocido en los 12 meses posteriores a esa causa de acceso.Si se pasa de rentas imputando sólo el interés presunto del valor catastral de una segunda vivienda, veo complicado que no las supere con el interés presunto del dinero obtenido por la venta que, en teoría, será mayor. El interés presunto no es de ahora ni será futuro, existe desde hace tanto tiempo que no conozco su origen (o sea que desde antes de la crisis de 2008).Si tiene causa de acceso no extinguida y efectivamente con la venta de la segunda vivienda no supera rentas, quedará el último escollo que le dice Wediehard, el SEPE puede considerar que se pone voluntariamente en situación de necesidad. Estamos hablando de una prestación asistencial, debe cubrir una situación de necesidad, no es una prestación contributiva como el paro.
franjgr 27/04/26 22:51
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El criterio que en esa sentencia usa el tribunal supremo no lo defiende ni el SEPE. Es curioso.Lo normal es que no le extingan el subsidio, si lo hacen que en reclamación previa le den el subsidio, si no lo hacen, en primera instancia se lo daría el juez...
franjgr 27/04/26 15:20
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Lo más básico, como el caso que comenta, está el el RD 625/1985, ahí dice que los pagos únicos se dividen entre 12 y se imputan solo al momento de la percepción, solo una Ley podría contradecir esto.¿El resto está disperso en mil instrucciones, oficios y criterios? Muchos de ellos no públicosEl oficio al que hace mención había de acumular pagos únicos de la misma naturaleza durante el año natural. Una herencia no se puede repetir, si se repite es de otra persona. Por lo que no se le aplica este oficio
franjgr 24/04/26 22:56
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Pues vaya con la declaración de renta, acompañada de un escrito en el que declara que no tiene ningún inmueble alquilado y con eso debería ser suficiente.Para poder suspender el subsidio tienen que tenerlo claro y no limitarse a sospechas, así que no le suspenderán el subsidio salvo que tengan algo que desmienta su escrito y , por lo que cuenta, no lo hay.
franjgr 24/04/26 17:14
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Esta es  una pregunta para hacer a la empresa de la que tiene las acciones.La empresa no le dará ninguna información porque les da igual como se impute en un organismo de la administración, el SEPE le mandará a hablar con la empresa porque ellos no tienen información de a cuantos meses corresponde cada dividendo. Y en medio estará usted sin saber que hacer.Mi opinión es que ambos dividendos deben dividirse entre 12 y así lo hará el SEPE, probablemente, cuando lo vea en la declaración de renta del año siguiente. Pero aquí puede haber casi cualquier interpretación.
franjgr 24/04/26 14:45
Ha recomendado Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años de Gino68
franjgr 22/04/26 12:36
Ha respondido al tema Embargo pensión
Si le embargan la cuenta corriente le están embargando un patrimonio (como si le embargarán el coche o la casa), aquí no operan los limites del SMI.Esos límites operan cuando le embargan el sueldo/pensión, que seguro que ya lo intentaron y no pudieron.Lo que suele hacer la gente es sacar el dinero de la cuenta el mismo día de cobro para evitar que se convierta en un patrimonio susceptible de ser embargado.Si ya no puede hacer eso, tendrá que esperar a que el juez dictamine si aplicar ese embargo, por esa cantidad, en este momento, es adecuado o no.
franjgr 21/04/26 15:20
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Hay una Ley, un reglamento y unas instrucciones  que no dicen ninguna de esas dos cosas.Un dinero que ya es suyo no es una ganancia.Cualquier suspensión que le hagan, reclame y que sean los letrados del organismo (que son los que deberían saberse la Ley) los que se pronuncien.O muy perdidos andan en su provincia o no le están entendiendo, o somos nosotros los que no le entendemos.
franjgr 20/04/26 22:38
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No existe ninguna particularidad para juegos de casino en las instrucciones del SEPE, ni en la Ley de Seguridad Social, ni en el RD 625/1985.Todos los premios se tratan igual y, por supuesto, si no hay ganancia patrimonial no hay premio.Lo que le han dicho no tiene ningún sentido
franjgr 19/04/26 21:50
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Que quede claro, solo es obligatorio comunicar cuando hay ganancias patrimoniales que superen el límite.¿Perdidas? Ni hay obligación de comunicarlo ni de dar ningún tipo de explicacion.Si quieres comunicarlo hágalo diciendo que perdió 500 euros y no de más detalles.
franjgr 15/04/26 23:08
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Está devolución de impuestos lo único que hace es aumentar una herencia que sin ello ya había sido causa de suspensión y no le pueden suspender dos veces por la misma herencia.Solamente habria que comunicarlo en el improbable caso de que el interés presunto de estos 1000 euros le hiciera superar rentas.
franjgr 15/04/26 09:07
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Pues habré entendido yo mal.Si el IRPF ya forma parte de los 300 euros, entonces hay que declarar 300 euros.
franjgr 14/04/26 22:36
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Estaba respondiendo al supuesto planteado por Brandeau en el que la persona cobraba 300+IVA y ya decía en el mensaje que si estoy es lo que figura en la factura...Si son estas otras entonces lo que se debe imputar son 300 euros.