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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#3796

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

A ver si me podéis ayudar,
soy perceptor del subsidio para mayores de 52 años. el año pasado falleció mi madre y comuniqué al SEPE la aceptación de herencia. el SEPE me suspendió la percepción del subsidio durante un mes. Luego la reestableció y sigo cobrando con normalidad. Ahora, en 2026, he entrado a hacer la declaración de renta de mi madre, que murió en abril de 2025, y sale a devolver. le tienen que devolver algo más de 1000€. Mi pregunta es si esto hay que comunicarlo al Sepe. Hoy he hecho los trámites en la delegación de hacienda de mi ciudad. Hemos entregado el documento H-100 de devolución a herederos junto con la información relacionada. Supongo que la AEAT se tomará su tiempo y luego nos devolverá el dinero. Mi pregunta es si hay que declarar eso al SEPE. Esto es también herencia?, o qué es esto, no me queda claro. gracias por vuestra ayuda.  Por cierto le he preguntado al gpt y al gemini y cada uno me dice una cosa distinta. O sea apelo a vuestra veteranía humana. saludos.
#3797

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

La devolución de la renta no es un ingreso nuevo, sino dinero que tú madre había pagado de más, no necesitas comunicarlo al SEPE, porque ya comunicaste la herencia en su día, la devolución corresponde a impuestos pagados, no un rendimiento nuevo.
#3798

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En mi opinión, una devolución de la campaña IRPF de un sujeto pasivo fallecido sí constituiría una renta para un heredero beneficiario del subsidio de mayores. No obstante, por el importe que se cita, no supondrà ningún inconveniente para seguir percibiendo el mismo.
Salvo mejor opinión.
#3799

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Está devolución de impuestos lo único que hace es aumentar una herencia que sin ello ya había sido causa de suspensión y no le pueden suspender dos veces por la misma herencia.
Solamente habria que comunicarlo en el improbable caso de que el interés presunto de estos 1000 euros le hiciera superar rentas.
#3800

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

De hecho, me reafirmo en mi anterior comentario: beneficiario de subsidio de mayores que en su día, notificó aceptación de herencia con su correspondiente suspensión y reanudación y a los años ha visto satisfecha su acción (como heredero) ante AEAT con motivo de cumplimiento de STS a propósito de mutualistas, que por elevada cantidad de abono de devolución en la regularización de ejercicios anteriores, ha recibido resolución de suspensión de subsidio.
#3801

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Asi es, si después de un tiempo aparece más dinero o bienes de esa misma herencia (lo que se conoce como una herencia sobrevenida o adición de herencia), el procedimiento se repite, eso incluye dinero extra por devolución IRPF, etc

Comunicación al SEPE, recalculo, posible suspensión de un mes, operan presuntas rentas
 
Ingresos en fechas distintas, son hechos imponibles distintos para el subsidio.

#3802

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Pero esos 1000€ se dividen luego entre 12? , se prorratean? Por que si no otro mes de suspensión por un dinero retenido que estaba retenido por hacienda.
#3803

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Es el mismo cálculo que con cualquier otro ingreso puntual. 

Se divide entre 12, su resultado se suma a las rentas que ya tiene, si la suma excede el límite de 915€, se suspende un mes

El siguiente mes, esos 1.000 € computan como presunta renta, si sumado a su renta excede el límite, queda suspendido hasta que vuelva a cumplir requisito de renta, con plazo de un año para reanudar ayuda, de otro modo tiene que iniciar desde el principio el acceso a la ayuda.

Si con el presunto no supera rentas, reanuda la ayuda pasado el mes de suspensión. 

Comunique al SEPE lo sucedido.

#3804

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Y cómo puede saber el sepe que es renta? Me refiero a que a mi cuenta vendrá un abono por devoluciones AEAT. A mí cuando me devuelve la Aeat evidentemente no le digo nada al sepe. Y ahora sí?, probablemente sea como dices. Aunque también veo sensata la valoración de Franjr. 
#3806

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años



Son conceptos diferente, su irpf procede de sus rentas.

El irpf (del difunto) que procede de una herencia, es un ingreso sobrevenido, que emerge sin relación con sus rentas pasadas

Le digo como actuar, el SEPE se entera de lo que se entera.

Cuando se entera y considera que hubo omisión  de información que suponía superar rentas, sanciona.
#3807

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Yo, en el segundo comentario que he realizado sobre este particular, he hablado de una cantidad importante (tal y como me ha comentado el interesado). Esa cantidad de por sí y tras realizar una simple división entre doce, arrojaba un cociente superior al límite mensual bruto. El interesado ha optado por comunicar a SEPE y ha obtenido resolución suspendiendo el subsidio por un mes. 
En el otro supuesto, hablamos de un cociente de 83, 33 euros mensuales, en cuyo caso, y no habiendo   otras rentas mensuales recurrentes que harían superar ese mes del abono de la devolución del IRPF del difunto el límite, no diría nada a SEPE puesto que sólo hay obligación de comunicar a dicho organismo aquellas situaciones que supongan incurrir en un supuesto de suspensión del subsidio.
#3808

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Claro, no comunicar cuando no ha habido superación de rentas.  En este caso, Wedlehard, sería por ejemplo como un interés más de un depósito a plazo de un año que ha dado esos rendimientos.  Aquí el detalle es que, como heredero para acceder a la devolución que la AEAT tenía para mi madre y solicitarla mediante el documento H-100, previamente tuve que realizar una declaración complementaria al impuesto de sucesiones (presentado en su momento para la herencia).  En esta declaración complementaria se ha añadido la "adición de un nuevo bien". O sea, que parece que de esa complementaria de sucesiones se desprende un cierto "tufillo" a herencia. Y como las herencias hay que declararlas siempre...., ahí está el detalle, no lo declaro por ser 84€ al mes que no son rentas, o por el contrario, es una herencia en toda regla...
gracias por vuestras aportaciones
#3809

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Disculpa por mi ignorancia. Es que hay  transferencias que superan el 75% del SMI ( retiros o recuperación de pérdidas) . El SEPE como lo interpreta? . O se fija en el global de depósitos y retiros brutos y al ver que hay pérdidas netas  no me reclama nada. O si se lo comunico, pueden abrir una investigación y es peor… No estoy en situación de pierde el subsidio. Los juegos online son una adicción de la que estoy en tratamiento para dejarla definitivamente. Muchas gracias 
#3810

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Según SEPE, todo ingreso que reciba un subsidiado mayor de cincuenta y dos años en forma de premio, lotería, herencia en dinero...(por simplificar), ha de tenerse en cuenta de cara al cumplimiento mensual de rentas brutas mensuales (importe total dividido entre doce) Los cálculos siempre son MES a MES. Si un mes ha compensado ganancias con pérdidas procedentes de juegos/apuestas o similares, desconozco cómo los trata el organismo. En caso de venta de acciones, por poner un ejemplo, con pérdidas y ganancias producidas en un mismo mes, al tratarse de productos de la misma naturaleza sí que se compensan. Espere a que otro compañero pueda aclararle. Y en última instancia, dado lo que significa para todos seguir siendo perceptores de este subsidio, pida cita previa en su oficina de prestaciones y haga la consulta pertinente.