Acceder

Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

3,38K respuestas
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Página
223 / 231
#3331

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Siendo una indemnización por un siniestro, no representa ninguna renta, no supone un incremento real de tu patrimonio, sino una compensación por una perdida y se supone que este importe te lo tendrás que gastar para reparar el siniestro.
Por tanto no te afecta al subsidio para mayores de 52 años ni lo tienes que comunicar.
Saludos.
#3332

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Me interesaría consultarte unas dudas sobre mi situación personal, es posible? 
#3333

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Sigo sin tenerlo nada claro:

SEPE: Las rentas se imputarán a su titular cualquiera que sea el régimen económico matrimonial aplicable.

Vosotros: En gananciales, las rentas al 50%. Igual que el artículo 11 de la LIRPF.

Yo: Igual que el SEPE.

SEPE: Las rentas derivadas de la explotación de un bien de uno de los cónyuges, si el régimen económico matrimonial es el de gananciales, se imputarán por mitad a cada cónyuge.

Vosotros y yo: Igual que el SEPE y que la LIRPF: Artículo 11, al titular del elemento patrimonial. Todos de acuerdo.

Por otro lado tenemos al C.C. que en el artículo 1347 dice que, serán gananciales las rentas tanto de los privativos como de los gananciales. Igual que vosotros.

Digo yo que habrá que ponerse de acuerdo. ¿A quién le hacemos caso, Al SEPE, a vosotros o hay que hacérselo a la LIRPF o al C.C? Lo que no creo que valga es coger esto porque me interesa o esto otro por el mismo motivo. Es que por lo que decís ¿Qué es que el SEPE no aplica lo que dice en sus instrucciones? Y si es así ¿Qué aplica el C.C y la LIRPF? Que es lo que decís vosotros.

El SEPE no puede ir por libre. Es evidente que es como decís pero entonces ¿Qué sentido tiene la instrucción, volverme loco?


#3334

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Bueno, sería mejor si además de no tener trabajo, ser pobre, vulnerable y venir de otro país a vivir de paguitas, no tuviesen que aguantar comentarios absurdos y fuera de lugar.
Lo que seguramente es peor es mendigar likes y ver que la cuenta no sube.
#3335

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Sin entrar en disyuntivas de SEPE, yo, vosotros, siempre había tenido claro que hablando de rendimientos de explotación de bienes ( intereses de un depósito) y con un régimen matrimonial de gananciales, se aplica la segunda frase de la Instrucción Cuarta (Imputación Subjetiva de las Rentas): "... pero las rentas efectivas derivadas de la explotación de un bien
de uno de los cónyuges, si el régimen económico matrimonial es el de gananciales, se
imputarán por mitad a cada cónyuge."
De hecho, desde que llevo en este foro, jamás he leído un testimonio de suspensión del subsidio por este motivo. Pero bueno, es SEPE quien aplica la normativa y emite resoluciones, y el interesado quien tiene a su disposición los derechos de reclamar previamente a la vía jurisdiccional para hacer valer su interpretación al respecto del asunto. 

#3337

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En este punto, sí que siempre he tenido claro sin ninguna duda, que una cosa es la normativa SEPE y otra la de AEAT.  
#3338

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Entonces el SEPE, en gananciales, debería imputar las rentas al titular únicamente, que es lo que dice en su instrucción y no, como comentan aquí, al 50%.
#3339

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Otra duda .
Efectivamente esa indemnización debe destinarse a reparar lo dañado. 
Si el gasto mío es más , pues me j... Pero y si es menos? Supongamos que de los 5000 que me dan , solo gasto 4000 en la reparación, entonces? Hay que decirle algo al SEPE?
#3340

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No.
#3341

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Por si no sabes esto.
Normalente las indemnizaciones por daños en el hogar son sin IVA. Así que puedes gastar hasta 5000+IVA y luego tendrás que reclamar ese IVA, que están obligados a abonarlo. Si gastas menos de 5000 y te han cobrado IVA no lo puedes reclamar.
#3342

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En el finiquito pone 5000+iva y que pagaran el iva cuando les presente factura.
Entonces lo que me dices es que si despues de reparar les presento una factura de 4000+iva no me va a pagar ese iva??

Perdon por el offtopic al foro.
#3343

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Efectivamente si tú factura es menor no te abonaran el IVA de una base de 5000 €.
#3344

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Así es. Con el IVA al 21% serían 4840 , con lo que al ser menos de lo indemnizado, 5000, estariais en paz. Para reclamar el IVA la factura tiene que ser de al menos 6050 con IVA incluido. Y si es un poco más también lo aceptan pero háblalo antes con el perito.
#3345

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Pero hay que hilar tan fino para que sea 6050 ?  Osea si es menos no te pagan y si es más hay que pedir permiso?

O si presento una factura de 7000 solo me pagarían el IVA de 5000?