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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#3316

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Son rentas derivadas de la explotación de un bien que puede ser ganancial o no. A nombre del perceptor del subsidio, de su cónyuge y de los dos. Y por lo tanto se imputan a su titular, como dice la instrucción.

Y la segunda parte, se refiere a la explotación de un bien de uno de los cónyuges, es decir un bien privativo fuera de la sociedad de gananciales. Por lo tanto no puedes responder a la primera parte de la frase con parte de la segunda ya que se refieren a cosas distintas.

En la primera parte se habla de rentas y no de bienes, con independencia del régimen. Y en la segunda se habla de la explotación de un bien de uno de los cónyuges y por lo tanto no es un bien ganancial.

Espero que veas la diferencia.
#3317

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola,sí trabajo a media jornada Y cobro más de 888 al mes,me suspenden el subsidio?lo cobro desde el 2022,lo preguntó más que todo por la cotización a la seguridad social
#3318

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Al superar el limite de los 888 € mensuales, te suspenderán el subsidio.
#3319

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Pues si pasas de los 888 euros claro que te lo suspenden.
En este pais , aun llamado España, es mejor no trabajar, declararse pobre, vulnerable o bien venir de otro pais y a vivir de las paguitas.
#3320

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola el día 6 de noviembre me jubilo 
Si para diciembre rescato plan de pensiones me afecta para el calculo de renta aunque esté ya jubilado.
Gracias 

#3321

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Entonces que suspendan la ayuda
#3322

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No.  
#3323

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Lo siento, pero lo de retorcer el lenguaje para que diga lo que quiero que diga no me va. Prefiero dejarlo aquí.
#3324

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No es por nada, pero ¿me puede decir cual es esa paguita y donde se regula?
#3325

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Un matrimonio en gananciales, por definición, no tiene bienes de un cónyuge o del otro.
Sí el cónyuge contrata un depósito, lo hace con dinero ganancial y las rentas son suyas por ser el titular, como indica la instruccion en la primera parte. 
Dudo mucho que el SEPE responda diciendo que el bien es del cónyuge, a ver como lo demuestra en gananciales, y que las rentas son de los dos, como indica la segunda parte.

Pensar eso no tiene sentido aunque, por supuesto, eres libre de seguir en tu error.
Sólo he intentado que lo razonases.

En gananciales las rentas son del titular y sólo en caso de que el cónyuge tenga bienes privativos, sus rentas serán de los dos.

#3326

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muy buena puntualizacion. 
Si has seguido la conversación con franjgr habrás visto que hay que hacer una distinción en la instrucción. En la primera parte habla de las rentas y a quien se le imputan y en la segunda de cómo se ha de imputar la renta que genera la explotación de un bien de uno de los cónyuges.

En la instrucción nos dice que "se considerarán como rentas o ingresos computables cualesquiera bienes, derechos o rendimientos derivados del trabajo, del capital mobiliario o inmobiliario, etc." Así que hay que distinguir, por ejemplo, entre un bien o un derecho.
Los bienes son posesiones materiales, (vivienda, vehículo, dinero, etc) de los cuales somos titulares
Los derechos son las obligaciones que tienen terceros con nosotros.

El dinero en cuenta corriente es un bien, el dinero en cuenta remunerada es un bien, si abrimos un depósito en cuenta corriente es un bien. Podemos disponer del dinero libremente y en cualquier momento ya que el banco solo nos lo guarda.
¿Qué ocurre cuando el dinero está en una cuenta de depósito a plazos? Qué deja de ser un bien y se convierte en un derecho.
Otro ejemplo, un banco que te pignora un dinero como garantía, tiene la obligación de devolverlo si no se ejecuta la garantía. Es tu derecho.

Volvemos a la instrucción. La primera parte, rentas sin distinguir de donde proceden y la segunda parte únicamente para la explotación de un bien de uno de los cónyuges, por ejemplo el alquiler de una vivienda privativa pero no los intereses de un dinero a plazo, ya que sería un derecho.


Dale una vuelta a ver que te parece.

#3327

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

He estado siguiendo el tema y he visto que no ha sido posible poneros de acuerdo con franjgr.
Le he estado dando una vuelta al tema y he llegado a la conclusión que estando en gananciales, si estamos de acuerdo en que el dinero en una cuenta corriente es un bien y por tanto los intereses generados por esa cuenta aun estando a nombre de uno solo de los cónyuges se considera comunes imputando el 50 % a cada uno, la diferencia de si están en una cuenta a plazo fijo que tú comentas de que se convierte en un derecho es hilar muy fino.
El SEPE cuando accede a la declaracion de la renta para su comprobación, no puede saber si los intereses pagados por un determinado banco proceden de una cuenta corriente remunerada o de un plazo fijo.
He encontrado una resolución del tribunal supremo STS 17/10/2019 que establece que en régimen de gananciales, las rentas se imputan por mitad a cada cónyuge, con independencia de quien figure como titular del bien o de la cuenta.
Concluyendo diría que si el depósito a plazo está a nombre del beneficiario, pero está casado en gananciales, solo se le imputará el 50 % de los intereses obtenidos a efectos del calculo de rentas para el subsidio.
Saludos.

#3328

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Genial , las tres C
Claro
Concreto
Conciso
#3329

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias por tu comentario Tres Cantos.
#3330

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenas, ayuda.
Voy a recibir una indemnización de 5000 euros del seguro de hogar, por un siniestro ocurrido en la cocina.
Afecta al subsidio+52?
Matrimonio en gananciales.
Gracias compañeros.