Hola. Enhorabuena por el foro, es muy instructivo.
Os comento.
Mi mujer está cobrando el subsidio de mayores de 52 años, estamos casados en gananciales.
Obtuve unas ganancias patrimoniales por la venta de un piso privativo.
En una primera visita al SEPE, antes de venderlo, nos indicaron que mi mujer tenia que declararlo como incremento de rentas, cuando se produjera la venta.
Tras la venta, fuimos a declararlo, tal y como nos dijeron.
Nos dicen que no procede incremento de rentas, que no se declaran las ventas, se declaran los alquileres.
Por lo que he visto, es así, en el beneficio de la venta de bienes privativos, el dinero obtenido también es privativo.
¿Estoy acertado en considerarlo privativo y por tanto la segunda información del SEPE, es correcta?
Muchas gracias.