Acceder

Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

4,06K respuestas
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Página
244 / 278
#3646

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si ves la firma, el oficio no es del SEPE siquiera. Es alguien desde más arriba dando instrucciones poco claras sin haber hecho un subsidio en su vida.
El resultado es el que conocemos, incertidumbre.
#3647

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola, Buenos días. Felicidades por el foro y toda la labor que estáis haciendo.
Tengo una par de dudas que seguramente son obvias pero me gustaría asegurarme. 
Si hago un depósito bancario (por ejemplo 60000 al 2% a fecha de hoy) entiendo que los intereses que reciba el 12/02/27 se  dividen entre doce y se imputarán en los meses entre Marzo de este año y febrero del siguiente. Es decir, en este caso 100 euros cada mes a partir de Marzo. Es correcto? 
Por otra parte, si vendo una parte de un fondo de inversión con unas ganancias de unos 2000 euros y en el mismo mes vendo también unas acciones con pérdidas también de unos 2000 euros,  se compensan esas ganancias a efectos del SEPE, o hay que calcular un pago único de 2000 euros?
Gracias de antemano y felicidades de nuevo por vuestra ayuda.
#3649

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Pues ahora mismo y según las últimas instrucciones del SEPE todavía calentitas, la pregunta es: ¿De cuando es el subsidio?
Si es anterior al 01/11/24 el cómputo del subsidio es como dice.
Si es posterior, se divide entre 12, pero solo se imputa al momento de la venta.
Las ganancias y perdidas patrimoniales en el mismo mes se pueden compensar en cualquiera de los dos casos.
#3650

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Pues si, es anterior a esa fecha. Del 2020. Supongo que no cuenta la fecha de reanudación cuando se suspende durante un mes.
Muchas gracias por la respuesta. Saludos
#3651

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola. Enhorabuena por el foro, es muy instructivo.
Os comento. 
Mi mujer está cobrando el subsidio de mayores de 52 años, estamos casados en gananciales. 
Obtuve unas ganancias patrimoniales por la venta de un piso privativo. 

En una primera visita al SEPE, antes de venderlo, nos indicaron que mi mujer tenia que declararlo como incremento de rentas, cuando se produjera la venta. 
Tras la venta, fuimos a declararlo, tal y como nos dijeron.
Nos dicen que no procede incremento de rentas, que no se declaran las ventas, se declaran los alquileres. 
Por lo que he visto, es así, en el beneficio de la venta de bienes privativos, el dinero obtenido también es privativo. 
¿Estoy acertado en considerarlo privativo y por tanto la segunda información del SEPE, es correcta? 
Muchas gracias. 





#3652

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

A su mujer no le repercute para nada a efectos de cómputo de rentas si UD tiene un bien de su propiedad y lo vende,  ya que la venta no constituye un rendimiento derivado de la explotación de un bien (sólo en este caso aún siendo de su propiedad y en régimen de gananciales, sí le afectaría  en un 50 % de ese rendimiento). Correcta la información de SEPE.
#3653

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Una pregunta más si no es molestia. 
En caso de tener un depósito bancario a 3 años con pago al vencimiento, como se distribuye la imputacion de rentas? 
Se sigue dividiendo por 12 y prorrateando a los 12 meses anteriores al vencimiento? 
O se distribuye entre todo el periodo del depósito, es decir los 3 años?
El nacimiento del derecho es anterior al 11/24
Gracias de nuevo
#3654

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias. 
#3655

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Se distribuye entre los 36 meses.
#3656

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola,muchas gracias por vuestro asesoramiento en este tema.
Tengo concedido el subsidio de mayores de 52 años desde principios del 23.
Durante este mas febrero me he visto en la obligación de vender una cartera de acciones,una parte de la cartera ha generado buenas ganacias pero la otra parte fuertes perdidas ,neteando los importes he generado una plusvalia bruta de unos 2500 euros.La duda que me se surge es si debo notificar al sepe solo los importes de la cartera que han generado plusvalias o bien puedo restar la cartera en pérdidas,en cuyo caso ,al ser 2500 euros la ganancia patrimonial no superaría el tope de rentas ni tendría obligación de notificar nada al sepe,es asi?.
muchas gracias de nuevo

#3657

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Franjgr, perdón por mi ignorancia, pero ... Porque si es antes de 2024 se imputa a cada mes, y si es posterior solo al mes donde vence?
Entendia que la nueva norma iba acumulando prorrateos de pagos únicos. 
Gracias. 

#3658

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

La pregunta que he hecho está muy mal formulada. Me refería a qué a parte de que se van acumulando, el que solo se impute al mes del vencimiento es más favorable para el perceptor del subsidio, cuando lo normal es que se vaya poniendo más difícil. 
#3659

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Le pondré un ejemplo:
Si recibe dos pagos únicos, durante el mismo año natural, uno de  de 10656€ y otro de 12€.
Para un subsidio anterior, existe la posibilidad de que el SEPE los trate como rentas periódicas o no.
Para un subsidio posterior, suspensión.
#3660

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Lea la respuesta de frangjr a una consulta de Spots sobre este particular, un poco más arriba.

Por lo demás, si como describe y aplicando ese criterio de cálculo, no supera un mes el límite de rentas BRUTAS, NO hay obligación de decir nada a SEPE puesto que no se trata de un supuesto de suspensión del subsidio.