Para proximas convocatorias os recomiendo por experiencia un par de cosillas por si alguien os sirve, esta ayuda hay que declararla en la declaración de la renta y aunque no estéis obligados a realizarla yo os aconsejo a todos que la hagáis y deis el consentimiento para que os la puedan ver ellos sin necesidad de que vosotros la presente, en cuanto a los recibos siempre por banco y con la mayor información posible sobre el mes que se paga, el año que se paga, la situación del inmueble sobre la que se paga el alquiler y los datos del arrendador y arrendatario y siempre dentro de las fechas que pone el contrato, es decir la inmensa mayoría pone en un período de pago del 1 al 7 por poner un ejemplo, y tratar de presentar en el momento de la solicitud presentar todos los documentos para que luego no haya opción a subsanaciones que es donde está habiendo el mayor problema, yo no sé si es que no les llegan, yo no sé si es que se traspapelan, no tengo ni idea pero después de llevar años leyendoos me da la sensación de que es donde está la mayoría de los problemas, después dentro de las posibilidades que cada uno tenga yo os aconsejaría que tuvierais un certificado digital y lo presentaráis todo a través de él, de esta manera es más fácil que podáis demostrar que si habéis adjuntado toda la documentación, pero importantísimo muy importante es que aunque no tengáis que hacer la declaración de la renta la hagáis ya que esta ayuda hay que declararla, Un saludo