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Clausula Suelo BBVA responde mal

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Clausula Suelo BBVA responde mal
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Clausula Suelo BBVA responde mal
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#331

Re: Clausula Suelo BBVA responde mal

Hola, he visto q eres abogado y q debes estar bastante informado del tema de clausulas suelo. Quería preguntarte, si mi expareja tiene derecho a reclamarme la mitad de la devolución de clausula suelo después de haber firmado una extinción de condominio en noviembre de 2014 donde pone "los aquí presentes ya se dan por pagados en todos los derechos q se deriven de esta comunidad de bienes". Me serviría de gran ayuda la respuesta. Muchas gracias!

#332

Re: Clausula Suelo BBVA responde mal

Muchas gracias por su comentario, después de Agosto volveré a la carga. Feliz verano

#333

Re: Clausula Suelo BBVA responde mal

Buenas tardes,

Una duda. He enviado hoy el escrito para reclamar la CLAUSULA SUELO. Yo firmé la hipoteca en el año 2000.

Después hice una novación (de lo que no teng ni un papel), pero en el año 2005. Entiedo que no puede decirme que ya sabia lo que firmaba porque es anterior al 2009, verdad?

lo digo porque en las novacaciones posteriores al 2009 he visto que se acojen a que la gente cuando lo firmó, ya sabía que exisitia esa claúsula.

saludos y gracias.

#334

Re: Clausula Suelo BBVA responde mal

Mi marido firmó una hipoteca en 2007 con el Bbva con un suelo del 2,5% y un techo del 15%. Por valor de 97.654€. En 2013 eliminaron la clausula suelo pero nos gustaría reclamar lo cobrado de más durante estos años. En la oficina nos han dado un correo electrónico para mandar por ahí la reclamación. ¿Sabeis donde puedo descargarme un modelo de reclamación? Muchas gracias!

#335

Re: Clausula Suelo BBVA responde mal

Buenas :

Estoy en misma situación con misma carta , que decisión has tomado ? Solo nos queda via judicial ? . Gracias de antemano .

#337

Re: Clausula Suelo BBVA responde mal

Hola Robertorie,

Estoy en el mismo caso que tu, solo que estoy aun dentro del plazo para devolver el dinero que me depositaron sino estoy de acuerdo con la liquidación que me han presentado como solución a mi reclamación de la cláusula suelo.

Coincido contigo, hay 2 cosas que el BBVA no ha querido considerar y no las ha considerado con nadie para todos los casos que resuelven como "a devolver": 1. el efecto en el capital amortizado al variar la proporción capital/interes en las cuotas ya pagadas y afectas a la cláusula suelo, esto tiene un efecto importante y no es poco dinero, aprox. un 70-75% de la difencia en las cuotas que si aceptan "a devolver", y 2. el tema del interés, ellos han considereda el "interés legal" mas no el de demora que firmamos en nuestras hipotecas, un especialista en estos temas me ha dicho que la diferencia es mucho dinero, a mi me han calculado 1mil euros de interés y me dice que con el cálculo que sería correcto hablamos de unos 6mil euros. El detalle de la amortización, intereses, etc., si que me los han facilitado, es mas, además del cuadro resumen, a mi solicitud me dieron un detalle, mes por mes y las diferencias, %s, además yo previamente tenía todos los datos y los cálculos que hacen son correctos pero como te digo coincidimos en que es un tema conceptual en lo que fallan al considerar esas 2 temas que comento. Me gustaría ponerme en contacto contigo porque también me estoy pensando no aceptar su propuesta e ir a juicio si es necesario. Creo que sería interesante para los 2 comentar nuestros casos.

Gracias y saludos,

 

#338

Re: Clausula Suelo BBVA responde mal

Buenas tardes,

El interés que conseguiras en un procedimiento judicial es el interés legal del dinero, no hay ninguna Sentencia que condene a pagar intereses moratorios según escritura. En todos los casos, sólo puedes reclamar el interés legal del dinero, por ese motivo es correcto la propuesta de abono del interés legal del dinero.

En cuanto a la restitución de cantidades se puede hacer de 2 maneras.:

-Devolver 100% intereses indebidamente cobrados.

-Hacer un nuevo recalculo del préstamo como si no hubiera existido suelo y devolver intereses indebidamente cobrados y amortizar capital.

Te pongo un ejemplo para que veas que en ambos casos el resultado es lo mismo.

Supuesto 1 te devuelven 20.000€ de intereses indebidamente cobrados + interés legal del dinero. 

Supuesto 2 te devuelven 12.000€ de intereses indebidamente cobrados + 8000€ de amortización de capital (como en el reclaculo sin suelo se amortizaba más capital) + interés legal del dinero. En este caso como amortizas más capital porque no había suelo, se te devuelve menos intereses.

 

Saludos,

 

Federico Wahnich

 

#340

Re: Clausula Suelo BBVA responde con carta tipo

Tengo buenas noticias.  Hemos recibido ya la devolución de los importes de la claúsula suelo sin tener que ir a juicio a pesar de que inicialmente nos los denegaron con la famosa carta con el mensaje "hemos observado que la aplicación de dicho suelo fue el resultado de un acuerdo individualizado de refinanciación o novación".

En nuestro caso lo más parecido a una novación que teníamos era una carta en la que, unos años después de firmar la hipoteca, se reducía un poco la claúsula suelo.

Os cuento los pasos que hemos seguido por si os sirven:

1) Reclamar una copia del supuesto acuerdo de novación/refinanciación y ya de paso del cuadro de amortización por si hubiera que reclamarla judicialmente (en nuestro caso no ha hecho falta).  Modelo:

Muy Sres. míos:

Me dirijo a Vds. como cliente titular del préstamo hipotecario n.º XXXXXX, con número de cuenta XXXX, y con número de referencia de reclamación XXXXX relativa a la cláusula suelo.


En relación a su respuesta del XX de XXXX de 2017,

LES SOLICITO:

  1. Una copia del supuesto “acuerdo individualizado de refinanciación o novación” al que hacen referencia en su respuesta

  1. Me hagan llegar el cuadro de amortización del préstamo hipotecario, desde su fecha de inicio hasta su vencimiento, incluyendo todas las cuotas del préstamo, así como las amortizaciones parciales y la total. En este documento deberán venir reflejados y desglosados los siguientes conceptos:

  • capital amortizado, intereses por cada cuota y capital pendiente

  • el tipo de interés aplicado en cada periodo de revisión


Que esta petición está basada en diferentes Resoluciones del Departamento de Conducta y de Reclamaciones del Banco de España, así como de Sentencias del Tribunal Supremo (Sentencias número 277/2006, de 24 de marzo, y número 1046/2001, de 14 noviembre), que dicen:

”Que la remisión de un extracto histórico de movimientos no se limita sólo a los apuntes de antigüedad inferior al plazo arbitrario de 6 años, que “recomienda” el artículo 30 del Código de Comercio; es de especial interés el siguiente dictamen del banco de España:

..Resolución 358/07 de Departamento de Conductas y Reclamaciones del Banco de España: La Caixa d’Estalvis de Catalunya, manifestaba que la cuenta del reclamante había sido cancelada en el año 1998, pero no justificó la disposición final de los fondos, mediante la conservación del oportuno documento de reintegro o similar.

Les recuerdo la consideración del servicio de Reclamaciones del Banco de España citada en su web que dice textualmente:


sin perjuicio de que dejando a salvo que las entidades no están obligadas a practicar una información o comunicación general relativa a los movimientos y operaciones de un período largo de tiempo, como consecuencia de peticiones concretas de los clientes y, teniendo en cuenta los principios de claridad y transparencia, se deben proporcionar a sus clientes los extractos o duplicados de estos que les sean solicitados, y se percibirá por tal servicio la comisión que se tenga tarifada al efecto".

El servicio de reclamaciones del Banco de España recoge en diversas memorias pronunciamientos contra entidades por no facilitar tales extractos o duplicados solicitados por causa justificada, aún manteniéndose el cliente en situación de mora, en lo que supone un quebrantamiento de las buenas prácticas bancarias y del principio de transparencia.

Que el motivo de esta solicitud es el estudio por parte de servicios jurídicos, concertados por esta parte solicitante, de cláusulas y comisiones, que pudieran ser abusivas y/o ilegales.

Todo ello sin perjuicio del ejercicio de las acciones que hubiera lugar en derecho de no ser atendida la presente comunicación.

Y PARA QUE ASÍ CONSTE

Les remito el modo de contactar conmigo en el encabezamiento.

Les adjunto copia de mi DNI en vigor.

 

2) A esta carta nos respondieron con otra carta en la que  "le informamos de que no existe escritura de novación o refinanciación realizada en su préstamo hipotecario".

3) De su respuesta queda bastante claro que el argumento inicial de que hay una novación/refinanciación no se sostiene y por eso les enviamos otra carta con este contenido:

Muy Sres. míos:

Me dirijo a Vds. como cliente titular del préstamo hipotecario n.º XXXXX, con número de cuenta XXXXX, y con número de referencia de reclamación XXXXX relativa a la cláusula suelo, y

EXPONGO:

  • Primero: Que el XX de XXXX de 2017 les solicité la devolución de las cantidades pagadas de más por la claúsula suelo, en la reclamación registrada con el número XXXX

  • Segundo: Que en su respuesta fechada el XX de XXXXX de 2017 me denegaron la devolución en base a un supuesto “acuerdo individualizado de refinaciación o novación”.

  • Tercero: Que el XX de XXXXX de 2017 les solicité una copia del supuesto “acuerdo individualizado de refinaciación o novación”, en la reclamación registrada con número de referencia XXXXXX

  • Cuarto: Que en su respuesta fechada el XX de XXXX de 2017 reconocen que “no existe escritura de novación o refinanciación realizada en el préstamo hipotecario objeto de reclamación”.

Por todo lo anterior

SOLICITO:

  1. Me remitan por escrito un cálculo de la cantidad a devolver por la aplicación de la cláusula suelo, desglosando en este cálculo las cantidades que corresponden a intereses y dejando constancia de las bonificaciones que me fueran de aplicación.

  2. Incluyan en el desglose las cantidades en concepto de intereses legales.

  3. Me remitan una propuesta de pago mediante ingreso en cuenta, sin condiciones.

  4. Me hagan llegar el texto completo del contrato con la aceptación de la nulidad de la cláusula, restitución de cantidades, y cualesquiera otros efectos jurídicos que pretendan, es decir, el texto definitivo del acuerdo.

Todo ello sin perjuicio del ejercicio de las acciones que hubiera lugar en derecho de no ser atendida la presente comunicación.

Este escrito tiene el carácter de reclamación extrajudicial expresa y requerimiento fehaciente y justificado de pago, conforme a lo previsto en el artículo 395 LEC.

 

4) A esta carta inicialmente nos volvieron a responder diciendo que "tras analizar nuevamente" nos volvían a denegar la devolución.  Pero lo bueno es que unos días después de esta respuesta, y sin hacer nada más por nuestra parte, nos llegó otra carta en la que aceptaban la devolución e incluían el acuerdo para que lo firmáramos y tramitarla.  Unos días de enviarlo hicieron el ingreso.

Esto es nuestro caso y lógicamente no sé si esto mismo aplicará a otros, pero creo que vale la pena intentarlo teniendo en cuenta que no supone ningún coste de abogados y que solo se trata de enviar 2 cartas, una pidiendo el supuesto acuerdo, y la otra insistiendo en la devolución una vez que nos digan que no existe tal acuerdo.

Espero que os sirva!

 

 

 

#341

Re: Clausula Suelo BBVA responde mal

Muchas gracias por tu respuesta Federico. Lo del interés legal me queda bastante claro y siendo que no hay jurisprudencia previa que avale una reclamación por el "interés de demora" indicado en la escritea, la reclamación por este tema no tendría recorrido.

Por lo que toca a la amortización del principal, el BBVA lo que ha hecho en mi caso y me parece que es lo que está utilzando como modelo estandar para todos los casos que resuelve "a devolver", es definir estos conceptos como cabeceras en las columnas (con sus respectivos totales) del cuadro que presenta:

  • Año liquidado
  • I nterés abonado (pagado efectivamente en su momento, aquí se suma SOLAMENTE el interés, no el capital).
  • Nuevo cálculo de interés (aquí no sé si lo hacen teniendo en cuenta el efecto sobre la amortización del capital, pero la sola definición del concepto pareciera que no.. )
  • Cantidades abonadas de más (que es la diferencia entre las 2 columnas anteriores y que se periodifican en totales por años, en mi caso y en el de todos, desde el 2009 al 2013).

Entiendo entonces por lo que explicas que el BBVA estaría aplicado, en el mejor de los casos, el "Supuesto 1" que indicas en tu ejemplo, es decir incluir la parte diferencial de la amortización del capital dentro de la devolución de los intereses indebidamente cobrados. En cualquier caso, se haga el calculo con el supuesto 1 ó 2, se entiende que ya está incluida la parte de amortización, es así verdad?. Sin embargo, la pregunta del millón es, ¿como puedo saber si el banco realmente está incluyendo el efecto de amortización del capital en los cálculo que me presenta?, es decir, ¿como sé yo que el banco ha calculado esa parte de la amortización en la devolución?, cuando en realidad no lo menciona por ninguna parte o es que solo está haciendo el cálculo del interes pagado de mas obviando el efecto sobre la amortización del capital.

El banco me ha enviado un detalle del cuadro, mes a mes, con el " plan de interés al tipo aplicado" (pago real con suelo) y " el interes al tipo correcto" (sin el suelo) y define la diferencia de estos 2 conceptos como "compensación", pero en ningún momento explica que se tenga en cuenta el efecto sobre la amortización del principal; eso a mi parecer abriría la posibilidad de reclamarlo de manera judicial, ya que el banco de mutuo propio parace no estar dispuesto a reconocer esta parte. Pero por supuesto no soy un especialista por eso prefiero preguntarlo.

Gracias anticipadas por su amable respuesta.

 

 

 

 

 

#342

Re: Clausula Suelo BBVA responde mal

Buenos días,

 

Por lo que explicas la devolución que te estan ofreciendo es la diferencia de intereses indebidamente cobrados, supuesto 1 del ejemplo, ya que en caso contrario tendrías que tener también otra liquidación de capital e intereses del préstamo como si no hubiera existido la cláusula suelo.

 

Saludos,

 

Federico Wahnich

#343

Re: Clausula Suelo BBVA responde mal

Gracias Federico, entonces no cabría una reclamación por amortización, es así?, por lo que explicas en el ejemplo de los supuestos me parece entender que no porque ya estarían considerados dentro del cálculo del diferencial de intereses en el supuesto 1.

 

#344

Re: Clausula Suelo BBVA responde mal

Buenas tardes,

 

Efectivamente, de esta manera no hay amortización, aunque en realidad es lo mismo ya que si destinas una parte de ese dinero a amortizar capital pasarías tu mismo al supuesto 2, aunque el banco te haya hecho el pago del supuesto 1.

 

Saludos

 

Federico Wahnich

#345

Re: Clausula Suelo BBVA responde mal

Gracias nuevamente por tu respuesta Federico. Me surgió la duda porque veo otros foristas que están en el mismo caso que yo y piensan ir por la vía judicial para reclamar este efecto sobre el principal pero según lo que explicas sería caso perdido entonces.

De todos modos el BBVA a partir de mayo del 2013 dice que a devolver "0" porque a partir de esa fecha quitó la cláusula suelo, sin embargo entiendo que el efecto sobre el principal al cambiar la proporsión intereses/capital hace que el capital baje por lo que los intereses a calcular de TODAS las cuotas posteriores a la modificación también cambian (hasta la fecha de hoy), bajando la cuota; esa diferencia de cálculo posterior al 2014 no la han considerado, eso si que se sería reclamable a mi entender, vez recorrido en eso?

Saludos,