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Hipoteca en prestamos convenidos VPO (Plan antiguo vs Plan nuevo)

237 respuestas
Hipoteca en prestamos convenidos VPO (Plan antiguo vs Plan nuevo)
Hipoteca en prestamos convenidos VPO (Plan antiguo vs Plan nuevo)
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#25

Re: Hipoteca en prestamos convenidos VPO (Plan antiguo vs Plan nuevo)

Pues por lo que yo tengo entendido si la calificación provisional es de antes del 24/12/2008 y el promotor ya hubiera soliticado el préstamo acogiendose al plan 2005-2008 si te subrogas pues te acoges a las condiciones de dicho plan.
A partir de enero de 2009 todos los prestamos solicitados se supone que se basan en el plan 2009-2012 que es cuando indica que entró en vigor.
Tu estarás probablemente en mi mismo caso, promotor cuyo prestamo está acogido al plan antiguo y que por las circunstancias ahora mismo nos interesa más el plan nuevo.
Por lo visto la solución está en no subrogarte al prestamo del promotor, pedir uno libre por tu cuenta (asumiendo los costes que ello conlleva y que no tienes al subrogarte en uno del promotor) y posteriormente pasar dicho préstamo a convenido habiendo solicitado las ayudas que te pudieran corresponder. Y por tanto ya estarías bajo las condiciones del plan 2009-2012. Imagino que mientras se hacen los trámites pues igual estas pagando 2 o 3 meses el prestamo libre y posteriormente se convertiría a convenido con euribor +0,65.
Si alguien sabe algo más al respecto, bienvenido sea.
saludos.

#26

Re: Hipoteca en prestamos convenidos VPO (Plan antiguo vs Plan nuevo)

Hola trayetes
gracias por responder. me alegro de ver otra alma en mi misma situación, jeje, ya me siento más acompañada. sin embargo, yo creía que el ministerio de vivienda iba a marcar una fecha a partir de la cual todos los préstamos, incluso los subrogados del plan antiguo iban a pasar al nuevo. he preguntado al ministerio de la vivienda pero no me han respondido.
en cuanto a la hipoteca nueva no entiendo por qué hay que hacer una hipoteca "puente" libre. creo que directamente puedes constituir una hipoteca nueva de VPO con una de las entidades convenidas a la financiación cualificada y ya desde el principio entras con todas las condiciones, ayudas, etc de VPO
en principio el banco me dijo que sí aunque estoy pendiente de ir para que me dé todos los detalles y me confirme que quieren hacerla.
En cuanto a los gastos extra en el notario me dijeron que entre 150 y 250 euros más y en el registro salía más o menos igual que la subrogada. Luego está Hacienda, donde me dijeron que seguía estando exenta del IAJD.
Si todo esto es así, merece la pena totalmente. La cuestión es que el banco quiera hacerlo y que no haya alguna sorpresita por ahí de gastos ocultos o complicaciones posteriores.
Si alguien sabe algo más o alguna fuente de información fiable por favor que lo diga.
Saludos a todos y buen fin de semana.

#27

Re: Hipoteca en prestamos convenidos VPO (Plan antiguo vs Plan nuevo)

Hola de nuevo
acabo de hablar con alguien del Ministerio de Vivienda, tel 900 900 707 y me ha dicho que para finales de este mes se prevé que se firmen los convenios con los bancos y se empiece a aplicar el plan nuevo tanto para los préstamos subrogados como los directos.
pero atención amigos, que en el nuevo plan hay dos opciones para el interés: Euríbor + 0,65 o un interés fijo a convenir
ojalá me equivoque pero mi temor es que los bancos nos obliguen a coger el interés fijo más alto

#28

Re: Hipoteca en prestamos convenidos VPO (Plan antiguo vs Plan nuevo)

Hola Soniama,
El plan salir saldrá y lo que debe salir tambien es en las comunidades donde tienen transferidas las competencias de vivienda como es en mi caso en la comunidad valenciana. Pero otra cosa muy distinta es que sea con caracter retroactivo, es decir se aplique dicho plan para prestamos YA FIRMADOS acogidos al plan 2005-2008. En el plan nuevo no pone en ningun sitio que para prestamos ya firmados se puedan acoger al euribor +0,65. Sólo hay una disposición transitoria pero si mal no recuerdo es para los que se firmen a partir de 2009 que puedan beneficiarse del interes del plan nuevo pero en las condiciones del plan antiguo. En definitiva, ojala sea con caracter retroactivo para los préstamos ya firmados, pero creo que no va a ser el caso.
En cuanto a que el banco te de directamente un préstamo convenido, ¿el banco te ha asegurado que eso se puede hacer?. Siento ser tan pesimista pero creo que el banco no puede hacerlo directamente, porque es algo que depende muy mucho de la consellería de vivienda que es la que debe dar el visto bueno, por eso te digo que debes pasar por un préstamo libre y, posteriormente cuando la consellería te de el visto bueno (osea que reunas las condiciones), se puede convertir a convenido.
Lo ideal es que fuera como tu dices porque parece una tontería abrir un préstamo libre para posteriormente hacerlo convenido, pero es lo que tiene la burocracia de este país. Ojala me equivoque y alguien que sea mejor conocedor de estos temas nos ilumine un poco.
Saludos.

#29

Re: Hipoteca en prestamos convenidos VPO (Plan antiguo vs Plan nuevo)

Hola trayetes
yo soy de Aragón y en mi Comunidad Autónoma me dijeron que yo podía hacer el préstamo con otra entidad convenida acogiéndome a la financiación cualificada y ellos no pedían ningún requisito adicional. Lo único que tengo que hacer es llevar el papelito de las ayudas al nuevo banco. Acabo de estar en el banco y en principio también me han dicho que se puede hacer aunque no me han dado todos los detalles.
Creo que en este caso lo más importante es lo que ponga en tu contrato de compra-venta del piso. Lo que yo firmé daba la opción de subrogarse en el préstamo de la promotora o constituir un préstamo nuevo. Además por ley deben darte esta opción, sin imponerte la obligación de subrogarte a ellos para despue´s cambiar la hipoteca de banco (con los gastos que ello conlleva), sino directamente constituir un préstamo nuevo con muchos menos gastos que cambiar una hipoteca de un banco a otro.. Aunque antiguamente algunas promotoras te obligaban a esto, esto no es legal y si miras los R.D. que contienen los planes de vivienda verás que esto es así.

En la Comunidad Valenciana no se si vuestra consellería os pone otros requisitos, así que no puedo hablar.

Cuando hablaba en mi anterior mensaje de los préstamos subrogados me refería a firmar uno nuevo, como es mi caso, que no he firmado todavía.

Yo también pienso que si has firmado con el plan antiguo, a no ser que saquen alguna norma nueva en principio te quedarás con lo de IRPH *0,9175. Este era el miedo de firmar ahora subrogándose antes de que se aplique el plan nuevo a todos los préstamos, que te dejen ya con el timo del IRPH para 20 años.

Espero haberme explicado. Perdón por el rollo.

Muchos saludos desde Zaragoza.

#30

Re: Hipoteca en prestamos convenidos VPO (Plan antiguo vs Plan nuevo)

Hola de nuevo,

Para que te den un préstamo convenido directamente, el promotor deberá cancelar previamente el que tuviera firmado con la entidad. Si logras convencerles para que lo hagan podrás hacerlo.

Así lo dice el articulo 29, apartado 2.b:

b) Si el vendedor hubiese recibido un préstamo convenido
para la misma vivienda, deberá cancelarlo previa
o simultáneamente a la formalización del préstamo al
comprador, salvo en el supuesto contemplado en el artículo
70.2.b) de este Real Decreto.

#31

Re: Hipoteca en prestamos convenidos VPO (Plan antiguo vs Plan nuevo)

Hola
Sí, en mi contrato pone eso. Si el comprador decide no subrogarse en el préstamo de la entidad, el promotor cancelará la hipoteca a su propia costa.

En otro banco me dijeron que eso era lo legal aunque no todos lo hacían.

¿A ti te dicen otra cosa?

Un saludo

#32

Re: Hipoteca en prestamos convenidos VPO (Plan antiguo vs Plan nuevo)

Pues en una clausula del contrato me pone que el promotor tiene un préstamo con financiación convenida a la que el comprador se subrogará.
Sin embargo en la cláusula donde dice cuales son los gastos del comprador indica que uno de los gastos serán los gastos de cancelación del préstamo en el supuesto de no haber comunicado en tiempo y forma la voluntad de no subrogarse al préstamo.
Lo que no se ahora mismo qué es lo que considerarán "en tiempo y forma". Imagino que habrá que decirlo por escrito pero mi duda está en cual será el tiempo de antelación que consideraran oportuno.
Saludos.