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Interpretación Disposición Transitoria 34

5,74K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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393 / 395
#5881

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Según la BR que tengas, quizás te apliquen 8,5% sobre PM, porque te sale mejor que 19% sobre BR
#5882

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

3743
#5883

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Te aplican la DT34.2 porque te sale mejor que la DT34.3. 

Con la .3:   3.743x19% menos= 3.031,83
Con la.2: 3.359,60x8,5% menos= 3.074,03

En la .3 no te aplican un 15% como tu decías, esa penalización es la trimestral, que se aplicara anteriormente, ahora las penalizaciones generales son mensuales y con 23 meses de anticipo, con tus años cotizados es un 19%
#5884

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Perdona, con 24 meses de anticipo.
#5885

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Está claro que te han aplicado la retención sin la bonificación. El 21'71% es lo que pagamos en la península, pero tú con la bonificación del 50% de la cuota deberían retenerte en torno al 8'5%. 
#5886

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ya pero la DT 34 3 precisamente lo q hace es dar la posibilidad de escoger entre la mejor opción entre lo q saldría en 2021 y ahora y en 2021 no era el 19%, el 19% a partir de 1/1/22
#5887

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No es así!!!
Si te jubilas en 2026, lo haces con las normas vigentes en 2026, no de 2021.
Y lo dicho , con 24 meses y tus años cotizados:
BR - 19%
o
PM-8,5%
Te sale mejor la segunda
#5888

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Frnvb: Tiene toda la pinta de que la retencion que te hacen es sin aplicar el 50% por error o por lo que sea. 

Pendiente de que te lo solucionen, que seria lo primero, no te pongas nervioso porque sea como fuere, las retenciones solo son pagos a cuenta del IRPF, o sea que si la tributacion es al 50%, de lo malo malo en la declaracion te devolverian un pastizal. Aunque evidentemente lo correcto es que no lo pagues ahora.

Esto es, claro está, si no hay otras rentas que tengas que ellos conozcan y puedan afectar. Teoricamente la retencion deberia ser sobre todas las rentas, si bien es cierto que normalmente si no les indicas tu que te suban la retencion porque tienes rentas que no conocen, no te la suben "motu proprio" y te revientan en la declaracion.
#5889

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias Paco, eso es lo que imagino y espero que me lo rectifiquen con la solicitud de revisión del IRPF que he hecho porque aunque yo apenas entiendo nada de esto, salvo por lo que os he ido leyendo, no lo veo nada lógico y si es cierto que debe andar al 8,5% ,de hecho fue un 8,21% la anterior. Así que me toca esperar la respuesta que no se lo que tardaran. Un saludo
#5890

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola es la primera vez que escribo en este foro. Como habéis dicho que ya funcionaba el simulador he entrado pero a mí no me funciona. Yo me di de baja voluntaria en la seguridad social el 27/2/26 para solicitar la pensión de jubilación puesto que cumplo con los requisitos de edad y años cotizados. Com todo este lío, y dado que tenemos 3 meses para solicitar la pensión, hasta ahora no la había solicitado. Ahora cuando he entrado en el simulador indico que me quiero jubilar en 27/2/26 de forma voluntaria y me sale un mensaje diciéndome que NO puedo. Alguien más tiene este problema?
#5891

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Por si te sirve, para más fiabilidad :

A mi me aplicaron la DT34.3 en mi resolución, en ese momento nos habíamos quedado sin la DT34.2, Enero del 26.
Me penalizaron con un 17%, con 24 meses de antelación y con un periodo de cotización de 43,5 años , si me hubieran aplicado la penalización de 2021 habría sido un 14%.
Menos mal que "volvió" la DT34.2 !!!!
En tu caso, como en el mío, también sales ganando con la .2
#5892

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

¿Has probado con el 28/02/26?. Normalmente te puedes jubilar al día siguiente de haber causado la baja. 
#5893

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Creo q la redacción literal del punto 3  DT apartados  a o b tienen, a mi juicio, argumentos para presentar reclamación a la seguridad social, o judicial, por eso decía lo de pelearme con ellos, y está claro q la DT 34 2 es una estupenda noticia.
#5894

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ciertamente toda la DT34, es controvertida, por no decir otra cosa !!!! 
#5895

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Jejeje, creo que ha sido un lapsus con el nombre.... Te estabas refiriendo a Pntrpb.
Yo no vivo en Ceuta ni tengo el problema de la bonificación. 

Un saludo