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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#2536

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo que puede hacer, es suscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social que le permitiría seguir cotizando, durante el tiempo que crea necesario. Puede suscribirlo por la Base de Cotización, en principio la que desee, entre la Base mínima y la máxima, lo tendría que pagar de "su bolsillo" si deja el trabajo de forma voluntaria y también mantenerlo hasta que la concedan la jubilación una vez la haya solicitado. El convenio especial (CESS) le serviría para alcanzar el tiempo de cotización que desee, pues cuenta como tiempo cotizado.
En el caso de solicitar el CESS, es MUY importante, cuando vaya a solicitar la Jubilación,  el CESS lo mantenga hasta que le concedan la Jubilación, ya se encargará la Seguridad Social de darlo de baja, pues un requisito para conceder la jubilación es ESTAR DADO DE ALTA en alguno de los REGIMENES de la SEGURIDAD SOCIAL y el CESS es uno de estos REGIMENES. También le sirve para mantener la cobertura medica, y lo tiene que solicitar antes de que pasen tres meses desde que abandono el trabajo, de esta forma le contaría desde el día siguiente a la finalización del trabajo anterior
En el CAISS la pueden informar mejor. Espero te haya servido ayuda
#2537

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo la conozco, de hecho la sigo casi desde que se fundo. A la pregunta de si conseguirán su objetivo de eliminar los coeficientes de penalización por jubilación anticipada, solo el tiempo lo dirá, de momento han conseguido que el Parlamento Europeo, solicite al estado español información sobre la discriminación que existe entre diferentes colectivos, que NO tienen penalizaciones por jubilación anticipada y el Régimen General, pero la respuesta que les dieron en una reunión, creo que con un Director General del Ministerio, de que eliminar los coeficientes era MUY COSTOSO, no da buenas sensaciones, ya veremos en que queda.
Por otro lado, esta asociación, si consigue eliminarlos, esta solicitando la eliminación para los 800 o 900 k afiliados, el resto quedaremos a la espera de lo que suceda, al menos yo asi lo entiendo
#2538

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Baltoro, esa vieja reivindicación del colectivo ASJUBI 40 no sé si se conseguirá alguna vez… Siendo realista, de aquí a diciembre, en que se jubilaría tu pareja, no lo creo…
Y como si se lograra alguna vez me sale imposible que fuera retroactivo, dile a tu pareja que si le salen las cuentas diga hasta luego Lucas y que ni curre ni un mes mas, ni se complique la vida con el Convenio Especial con la Seguridad Social por ese 0,05…
#2539

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Todo amor del mundo y mi más profunda admiración hacia el colectivo ASJUBI40. Dicho esto lo veo un imposible!!! Desgraciadamente lo que se aplaude ahora en Europa es ir en dirección totalmente opuesta. Este tren pasó hace muchísimos años y tampoco nadie (sindicatos mayoritarios) lucharon por ello.
#2540

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias por vuestras respuestas, Jalcper, Panconqueso e Icens