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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#2551

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola, una pregunta con respecto a eso 

Si hay un acuerdo de prejubilaciones entre comités y empresa desde el año 2018 para irse con 58 años... la gente que se prejubile en el año 2027( en base al acuerdo del año 2018) , y se jubile anticipadamente en el año 2034 con 64 años, ...podria acogerse a esto?

Perdón que no me deja borrar el mensaje anterior 
#2552

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pienso que si. La situación que describes encaja con una de las condiciones para que pueda ser de aplicación la DT34-3. Si ese pacto colectivo es de 2018, anterior por tanto al 1 de enero de 2022, y tiene estipulado que la duración del plan de “salidas” de ese acuerdo ampara hasta, por lo menos, el 2027, no veo porque no…
#2553

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

En tu planteamiento hay situaciones que me generan dudas:
  1. Si existe un acuerdo entre empresa y Trabajadores, con un acuerdo colectivo, como entiendo planteas, siendo este anterior al 1 de Enero de 2022, entiendo que se aplicaría el apartado 3 de la DT34.
  2. Jubilándote en el año 2034, es decir un año después de finalizar el periodo transitorio,:
    1. El periodo transitorio, habría finalizado, por lo que la DT34.2 ya no existiría como tal y se aplicarían los coeficientes "totales"
    2.   Mi Duda. Al finalizar el periodo transitorio, la DT34.3 se seguirá aplicando?.
      1. Por un lado, es posible que continúe en el tiempo hasta......como de hecho ha sucedido con situaciones, que ahora no recuerdo bien y que el Gobierno ha tenido que prorrogar, hasta que, creo, se ha integrado en la ley. No recuerdo que situación era.
      2. Por otro, que al finalizar el periodo transitorio, pasados 11 años de la entrada en vigor de la Ley, con la intención clara de esta, de penalizar las jubilaciones anticipadas, que sentido tendría la DT 34.3?, teniendo claro que esta es una salvaguarda para la situación que planteas.

Yo no lo se, deseo se continúe aplicando, la lógica (desde el punto de vista de la salvaguarda) me dice que si, pero..... Solo el tiempo y/o los jueces lo dirán