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La regla de los dos meses, minusvalias

725 respuestas
La regla de los dos meses, minusvalias
30 suscriptores
La regla de los dos meses, minusvalias
Página
69 / 92
#545

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Buenas,

Para simplificar el tema, la finalidad de la AEAT con la regla de 2 meses o regla de antiaplicación, es (buscar consulta AEAT 1121-04 del 29/04/2004): "no permitir la integración de las pérdidas patrimoniales en tanto el patrimonio del contribuyente permanezca constante, de tal forma que la desinversión que, en principio, conlleva la transmisión de un elemento patrimonial se reponga con la adquisición, en un determinado plazo temporal, de esos mismos elementos patrimoniales u otros homogéneos.

En consecuencia, para que la pérdida patrimonial originada pueda ser integrada a medida que se produzcan las posteriores transmisiones de los elementos patrimoniales que fueron recomprados, estas transmisiones, con independencia de que determinen ganancias o pérdidas patrimoniales, deben ser también definitivas, en el sentido propugnado por el artículo 31.5 de la Ley, de tal forma que en el plazo marcado por la misma, dos meses en el supuesto de valores o participaciones que coticen, no se produzca la recompra de éstos. A estos efectos, deberán observarse los mismos criterios que los señalados anteriormente para valorar si se produce la recompra."

Por tanto, si vendes toda la posición puedes compensarte las pérdidas que te correspondan si no vuelves a recomprar en los dos meses siguientes. La minusvalía queda "bloqueada" hasta que vendes la posición y transcurren 2 meses.

Dicho esto: alguien sabe en que casilla de la declaración de deja constancia de esa minusvalía pendiente de aplicación?
En el programa de la cartera IRPF, simplemente se eliminan las ventas relacionadas?
#546

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Casilla encontrada, para quien le sea de interés.

#547

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

No había leído esta parte:

No hay otra compra de la empresa A ni anterior ni posterior a la del día 2 de diciembre.

En ese caso, sí que puedes compensar la minusvalía del 27/12 en su totalidad.

#548

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Hola Putzi,

Efectivamente, esa es la casilla.
Lo malo es que, si tienes una venta "parcialmente bloqueada", no te da opción de especificar que se aplica la regla de los 2 meses a sólo una parte de la venta.

Por ejemplo:
  • Tengo 1000 acciones
  • 4 meses más tarde, vendo 200, con pérdidas
  • Compro al día siguiente otras 100

En ese caso, se podría compensar la mitad de las pérdidas que se produjeron en la venta, pero en la renta no te deja especificarlo.
A mi me pasa eso y no se cómo debo declararlo.

También te recomiendo que en esa ventana de "ganancia/pérdida 1/4" te hagas un pantallazo de las 4 ventanas, porque no se si el año que viene esas cantidades vendrán reflejadas en la renta o no.
Lo que sí que aparece en la "vista previa" de la renta es la suma total de las pérdidas no compensadas (guardadas para los 4 años siguientes). Pero, si en el futuro puedes compensar sólo una parte de ellas, deberás saber las cantidades que aparecen en esas ventanas (desglosadas).

Saludos.
#549

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Perdonad si se ha respondido en el foro pero voy un poco pillada de tiempo. Entiendo que la regla de los 2 meses se aplica solo para compensar las minúsvalias de la venta de un valor, pero no si hay plusvalias. Ejemplo, tengo 100 acciones del Santander que vendo con plusvalias, y vuelvo a comprar acciones del SAN dentro de los 2 meses de la venta. ¿Las plusvalias que se han generado en la venta de las 100 acciones las puedo compensar con las minúsvalias generadas por la venta de acciones de Endesa, por ejemplo? Gracias
#550

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

La regla de los dos meses es siempre con valores iguales (Santander-Santander...Endesa-endesa)
Es decir si que puedes compensar plusvalias de Santander con minusvalias de Endesa
Saludos
Guillermo
#551

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Aclaración......
Si tienes 100 Accs de San y las vendes con perdida...recompras 100 Accs de San...tienes que marcar en la declaración de IRPF la casilla de recompra y por tanto la minusvalia no se computará en la suma global de ganancias-perdidas 
#552

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Perdonad si ya está preguntado ... tengo el siguiente caso
- Compro acciones de SAN y vendo con plusvalias en su totalidad, en un plazo inferior a 2 meses compro acciones de SAN y vendo en su totalidad con minúsvalias... Mi pregunta es , en la primera venta no hay que marcar recompra porque se ha vendido con plusvalias, y en la segunda venta entiendo que tampoco, porque aunque son valores homógeneos cuando he hecho la segunda compra no tenia SAN ... no estoy muy segura que sea asi, sobre todo en el segundo caso, porque compras el mismo valor en un plazo inferior a 2 meses . Ante la duda... a ver si alguien me puede contestar . Gracias